El Tribunal Supremo ha decidido, en la mañana de este miércoles, seguir el criterio del Tribunal de Justicia de la UE. De esta manera, ha dado la razón a los usuarios que reclaman a las entidades bancarias la devolución total de las cláusulas suelo que existían en sus hipotecas. El Alto Tribunal ya ordenó en el año 2013 a los bancos que devolvieran dinero por esta circunstancia, si bien en ese momento era a partir del día en que se dictó dicho veredicto.
Los magistrados han establecido este nuevo criterio al resolver las demandas presentadas por BBVA y Caja Rural de Teruel. La primera considera que los magistrados del Tribunal Supremo no pueden cambiar el criterio que marcaron en 2013 por ser cosa juzgada y, por tanto, reclama que no se aplique la doctrina europea.
En cualquier caso, el Alto Tribunal no puede obviar la posición de sus colegas continentales y, de esta manera, han determinado que se deben devolver íntegramente los importes de las cláusulas suelo, consideradas abusivas.
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