La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera demostrado que Renfe y Deutsche Bahn se repartían el mercado del transporte de mercancías en España y habían pactado no competir de facto, impidiendo así la efectiva liberalización del negocio.
Las multas a una decena de filiales de ambos grupos ascienden a 75,6 millones de euros (sendas multas de 49,9 millones y de 15,1 millones para Renfe, y 10,5 millones para Deutsche Bahn). Y las sanciones podrían haber sido mayores, pero el supervisor ha considerado prescritas varias de las actuaciones ilícitas investigadas.
El Grupo Renfe y el Grupo Deutsche Bahn tradicionalmente han sido, y lo siguen siendo, el primer y segundo operador de transporte de mercancías por ferrocarril en España por volumen de facturación. Entre las dos compañías tienen una cuota conjunta superior al 80% del transporte de mercancías por ferrocarril en España, que en caso de los grandes negocios de transporte de automóvil y el siderúrgico se eleva hasta el 100%. Así que pactar entre sí para repartirse el mercado supone en la práctica que no haya mercado alguno.
Empresas del Grupo Renfe (Renfe Operadora y Renfe Mercancías) y del Grupo Deutsche Bahn (Transfesa Rail, PIF, Hipanauto, Semat, DHIB, DB Ml y DB SR Deutschland) crearon una red de contratos para convertise en clientes y proveedores privilegiados entre sí. Pactaron el alquiler de locomotoras, el reparto de las zonas de almacenaje de los vehículos antes de ser transportados y de otros productos y actividades imprescindible para le negocio.
“Los diversos acuerdos adoptados (…) tuvieron un efecto restrictivo de la competencia. A través de ellos, estos grupos, que teóricamente deberían haber competido entre sí, mantuvieron el statu quo preexistente a la liberalización del sector del transporte de mercancías por ferrocarril en España”, sentencia la CNMC.
Por ejemplo, los contratos entre ambos grupos provocaron que el único competidor de Renfe que disponía de locomotoras propias (Transfesa, propiedad de Deutsche Bahn) las subarrendaba a la propia Renfe y a otra empresa de la propia Deutsche Bahn. Y a nadie más. Con ellas, Renfe prestaba servicios de tracción ferroviaria a filiales del grupo germano.
El grupo alemán, primer operador de transporte de mercancías por ferrocarril de Europa, no llegó a emplear en España tracción propia a pesar de tener locomotoras en propiedad. Y optó por ceder parte de las mismas al Grupo Renfe, a pesar de que este último contaba con locomotoras propias más que suficientes para cubrir sus necesidades.
En paralelo, la CNMC también sanciona a Renfe Operadora y Renfe Mercancías por discriminar comercialmente a otras empresas ferroviarias, en concreta a los miembros de la patronal Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP). Renfe ofrecía a estas compañías condiciones distintas y menos favorables a las acordadas con las empresas de Deutsche Bahn.
Renfe llevó a cabo un tratamiento preferencial a DB SR Deutschland, Transfesa, PIF e Hispanauto a la hora de prestarles servicios de tracción ferroviaria. Además, Renfe no aplicó penalizaciones al Grupo Transfesa, en el caso de que le anulase servicios de tracción ferroviaria contratados para el transporte de mercancías. Un castigo que sí se aplicaba en las condiciones ofrecidas a otras compañías ferroviarias.
Renfe ya ha anunciado su intención de recurrir ante la Audiencia Nacional la sanción, que considera "desproporcionada" y, sobre todo", "injusta e inútil", dado que la compañía ya habría tomado medidas voluntariamente para corregir las antiguas prácticas.
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