Hace un par de semanas hablaba de Antonin Scalia y de su frase ante el Comité Judicial del Senado de los EE.UU. Decía que, cuando viajaba a Europa, se daba cuenta de que el mayor margen que se tenía aquí para hablar de separación de poderes era la independencia Judicial.

Repito: el mayor margen en Europa a la hora de hablar de separación de poderes es la independencia Judicial.

El PSOE, el Gobierno, Moncloa (hagan su elección), llevan ya muchos meses acusando al Partido Popular de incumplir la Constitución por bloquear la renovación del Poder Judicial, así que les voy a contar una cosa que no creo que deba pasar desapercibida: si hay un concepto extremadamente subjetivo, ése, es el de la opinión política.

Tan subjetivo que podemos limitarlo a un concepto que es “relativismo”, o la valoración de una idea sólo basándola en el marco con la que se impone y con la total asunción de sus motivos.

Vamos, como si argumentar sobre Napoleón sólo se hiciera bajo los parámetros de devolver a Francia su Grandeur, lo que justificaría un expansionismo que llevó a sus tropas a Moscú.

¿En serio que la grandeza de Francia se justifica llegando a la capital de un imperio? Antes de Napoleón, lo único que sabíamos del expansionismo francés era que los normandos saltaban el Canal hacia Inglaterra, que se alternaban los reyes y las conquistas a ambos lados de la costa y que, desde Enrique II a Luis XV, se amplió el territorio con conquistas como las de Metz, Dunquerque, Estrasburgo o Alsacia y Lorena… que todos son Francia a día de hoy.

Bueno, eso y que se importaron al Papa a Avignon durante casi 70 años, pero traer la Santa Sede a tu país puede tener muchos nombres y ninguno sería expansionismo.

(Quiero que conste que he hecho criterio con Napoleón y no con Hitler, lo que me pone a salvo del principio de Godwin: el primero que argumente algo con los nazis, pierde).

Si queremos creer en la separación de poderes, desde luego que debemos mantener al Gobierno fuera de la ecuación de la renovación del Judicial

Así que el relativismo (perseguir que la opinión pública compre el relato tal y como se quiere vender) que aplica la órbita de Sánchez sobre la renovación del Judicial tiene una falla y varias inconsistencias. Primero que la Constitución no habla de que la renovación la ha de liderar el Gobierno.

Segundo que, si queremos creer en la separación de poderes, desde luego que debemos mantener al Gobierno fuera de la ecuación de la renovación del Judicial.

Tercero que, en realidad, la responsabilidad recae en el Legislativo y aquí radica la mayor perversión del relativismo socialista: Sánchez sabe que sólo hay una mayoría posible para renovar el Judicial y es la de los grupos parlamentarios del PSOE con el del Partido Popular.

No hay otra suma. Ya no vale lo de “somos más ” o “mayoría de progreso”. Así que, para presionar, modificó la ley impidiendo la renovación de vacantes, esperando que el vértigo hiciera su trabajo.

Pero ha resultado más un plan del Dr. No acariciando un gato que una solución realista, porque se ha debilitado el Estado de Derecho, el Judicial ha perdido parte de su independencia y Pedro Sánchez no ha logrado su objetivo.

Así que el PSOE debería desandar el camino y dejar de argumentar con agresiones a la Constitución cada vez que algo no le sale bien.

Lo digo porque, por ejemplo, prorrogar los Presupuestos sin haberlos presentado, sí va en contra de la Constitución. No es que la Ley de Leyes tenga un apartado que diga “ante la convocatoria de elecciones en Cataluña el Gobierno podrá disponer de una prórroga automática”.

No. Lo que la Constitución dice es “El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los PGE al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.” (Art. 134).

No marzo, no abril, no mayo… primero presentarlos y, si no se aprueban el primer día del nuevo ejercicio económico, se considerarán prorrogados. Vamos, que no hace falta que el dedo de un demiurgo señale nada ni apriete ningún botón.

Tampoco que, tal y como ha ocurrido esta semana, se utilice una ley de paridad para colar una enmienda que impida al Senado vetar el techo de gasto. Esa actuación también (quiero destacar el adverbio también) es anti-constitucional y, como con el caso de la renovación de las plazas vacantes de los vocales, lo único que consigue es debilitar el Estado de Derecho y que el Legislativo pierda independencia.

En resumen: su relativismo radica en que se crea a ciegas que el principal argumento del PSOE respecto a la renovación del Judicial es “yo sí cumplo con la Constitución y los demás van en contra de las reglas que nos hemos dado todos”. De hecho… no parece, no.

Por lo visto el bueno de Scalia se quedó corto en su valoración de lo que es el debate de la separación de poderes en Europa. Al menos en el Ejecutivo de un país de Europa.