El Ministerio del Interior ha unificado los criterios de actuación frente a la okupación tanto de la primera como de la segunda vivienda ordenando a los policías que elaboren atestados más precisos que permitan el desalojo inmediato y la detención sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante. En adelante, dejarán constancia de puertas y ventanas forzadas, coacciones al propietario y vecinos o consumo irregular de luz y agua.
Así consta en la instrucción con el 'Protocolo de Actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la ocupación ilegal de inmuebles' que ha firmado este jueves el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, y que el día anterior avanzó en el Congreso el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Según han explicado fuentes de Interior, el protocolo recoge "pautas sencillas y directas" para las actuaciones operativas de policías, en respuesta a la reciente Instrucción 1/2020 de la Fiscalía General del Estado instando a que se agilicen las medidas cautelares para proceder al desalojo cuando se incurra en un delito de allanamiento de morada.
Para ello será fundamental que la fuerza actuante elabore atestados lo más completo posible y que incorporen testimonios in situ de vecinos o pruebas como fotografías o vídeos de una puerta forzada. También se pedirá una inspección ocular en la finca con detalle y anotar posibles delitos conexos como coacciones y amenazas a vecinos, así como otras irregularidades como apropiarse de luz y agua ajena. El objetivo es limitar la necesidad de aclaraciones posteriores a requerimiento de fiscales y jueces.
Las citadas fuentes entienden que los agentes, a partir de ahora, serán "más proactivos sin descuidar el cumplimiento de la ley o generar otras injusticias". Desde Interior no creen que haga falta un cambio legislativo para actuar contra la "percepción subjetiva de inseguridad" que rodea a la okupación -ha crecido un 5% en el primer semestre de 2020, pero baja si se compara con el dato anual- y que lo que se hace ahora es "generar seguridad y eficacia a la actuación policial unificando criterios en toda España".
"Confusión y alarma social"
El Ministerio del Interior asume que existe "confusión y alarma social", y lo relaciona a las diferencias entre allanamiento de morada y la usurpación. En una nota de prensa, especifica que en los primeros casos se contempla que las Fuerzas de Seguridad desalojen "sin necesidad de solicitar medidas judiciales en caso de delito flagrante, directamente y de forma inmediata", incluyendo la "identificación de los ocupantes y su detención si procede".
Esta respuesta al allanamiento se lleva a cabo a través de los artículos 202 y siguientes del Código Penal y se aplican, según Interior, "tanto en la primera como en la segunda vivienda", por ejemplo en el caso de una residencia para fines de semana o vacaciones.
En cambio, es con la usurpación (artículos 245 y siguientes del Código Penal) donde la actuación policial requiere de pruebas complementarias: "si no es posible detectar la usurpación en el momento en el que se comete, no es posible desalojar el inmueble salvo con una previa autorización judicial".
Interior hace hincapié en que en el nuevo protocolo se redoblan los recursos para mejorar la investigación e inteligencia con el objetivo de prevenir las okupaciones, pensando especialmente en la "aparición o consolidación de grupos criminales dedicados a la usurpación de viviendas con fines como el alquilarlas o venderlas a terceros de manera fraudulenta". "Queremos mapear por barrios la problemática para mejorar la respuesta policial", han señalado las citadas fuentes.
También se vigilará la coordinación con los servicios sociales en el caso de que se vean implicadas personas vulnerables, "sin renunciar a la restitución a su dueño del inmueble allanado". La precaución será mayor cuando haya niños, personas con discapacidad o grupos en situaciones de indigencia o extrema necesidad.
Demanda de los sindicatos policiales
"La necesidad de esta instrucción era un clamor entre los compañeros, tanto en Policía Judicial como en Seguridad Ciudadana. Llevan más de un año trasladándonos su preocupación por el aumento de intervenciones ante ocupaciones y hemos defendido que la seguridad jurídica de ellos debe ser lo primero. Por eso le pedimos a Interior el 30 de agosto este documento que ahora deberá tener un desarrollo operativo dentro de la Policía Nacional. Era necesaria y es bueno que Interior haya reconocido la dimensión de este problema, que provoca alarma social, dando a las fuerzas de seguridad un marco jurídico concreto de actuación", declara Víctor M. Vigil, secretario general de la Confederación Española de Policía (CEP).
También el Sindicato Unificado de Policía (SUP) venía demandando a Interior desde hace semanas que la Dirección ADjunta Operativa (DAO) de la Policía elaborara un plan operativo o instrucción de servicio sobre intervención policial ante delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles, siendo difundido a continuación a todas las plantillas para su general conocimiento y aplicación.
"Si los fiscales ya disponen de esa orientación en sus intervenciones en los procedimientos penales resulta incomprensible que los policías no cuenten con un documento similar", expone la secretaria general del SUP, Mónica Gracia, en un escrito enviado al director de la Policía.
Hasta el pasado 31 de julio, las fuerzas de seguridad han contabilizado 8.987 episodios de okupación, de los que casi la mitad (4.341) se registraron en Cataluña. Le siguieron Andalucía (1.405), Madrid (792) y Comunidad Valenciana (706). En el lado opuesto se situaron La Rioja (6) y Cantabria (27).
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