El Consejo General del Poder Judicial se ha puesto por fin las pilas y ha retomado una de las funciones que le encomienda la Constitución en materia de nombramientos. Porque sucede que, puesto que los dos mayores partidos políticos españoles, el PSOE y el PP, no se ponen de acuerdo a la hora de renovar este órgano constitucional, la consecuencia ha sido hasta ahora la paralización de su actividad justamente a la hora de elegir a los presidentes de las distintas Salas del Tribunal Supremo, a los magistrados que las componen y “todos los nombramientos o propuestas de nombramientos y promociones que impliquen algún margen de discrecionalidad o apreciación de méritos”, según establece en su punto 4º el artículo 599 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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