La Audiencia Provincial de Madrid ha sobreseído provisionalmente la pieza en la que el juez de Instrucción número 31 de Madrid Antonio Serrano-Arnal investigaba al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por los dos millones de dólares que recibió del banco de inversiones Lazard, en el que trabajó antes de ser nombrado presidente de Bankia, y su posible relación con las contrataciones que la entidad nacionalizada efectuó posteriormente con el citado fondo, según informa Europa Press.
La Audiencia ha estimado parcialmente los recursos de apelación interpuestos por la representación de Lazard Asesores Financieros S.A. y por el director general de esta entidad, Pedro Antonio Pasquín, al no considerar "más que una coincidencia" la existencia de los pagos a Rato y la existencia posterior de las contrataciones realizadas por Bankia.
La Audiencia no ve indicios de delito, sino coincidencias
El expresidente de Bankia reconoció ante el juez en octubre de 2015 haber recibido de Lazard, donde trabajó antes de su nombramiento como presidente de Caja Madrid, un "crédito puente" de dos millones de dólares que devolvió cuando vencieron unas obligaciones sobre acciones incluidas en su contrato.
Negó haber favorecido la concesión de contratos de Bankia a Lazard y precisó que el banco de inversiones era asesor de Caja Madrid antes de que él fuera presidente. Tras su nombramiento, Lazard participó como asesor en la fusión de las siete cajas que conformaron Bankia y en su salida a Bolsa.
En el auto dado a conocer este miércoles, la Sala integrada por los magistrados María Riera, Celso Rodríguez y María de los Ángeles Montalvá señala que "de todo lo actuado no se desprende mucho más que una coincidencia entre una operación sobre acciones restringidas y la contratación de los servicios de la misma entidad, confluyendo en ambas tanto Lazard Asesores como su Consejero Delegado y el señor Rodrigo Rato".
La Sala añade que la citada coincidencia entre los pagos a Rato y los contratos que Bankia formalizó con el banco de inversiones "podrá suscitar diferentes lecturas, pero cuando se trata de enmarcar su proyección en el ámbito penal, no puede hacerse ningún análisis completo sobre ella -ya en la fase de instrucción- si se prescinde de la valoración de los llamados contraindicios". La toma en consideración de estos contraindicios, según los jueces, les obliga a concluir que "no puede considerarse suficientemente acreditada la perpetración del delito" que ha dado lugar a la tramitación de esta pieza separada del caso Rato.
El tribunal coincide con los recurrentes en que "ni el señor Rato pasó a trabajar para ninguna entidad mercantil haciendo competencia a su antigua empresa, ni menoscabó en absoluto la clientela de ésta restándole clientes", y que así es como deben entenderse los requisitos y obligaciones que arrastraba el nuevo presidente de Caja Madrid/Bankia tras su ruptura con Lazard.
En consecuencia, la Sala entiende que los recursos han de ser parcialmente estimados, y por lo tanto habrá de decretarse el sobreseimiento provisional de la pieza separada en cuanto afecta concretamente a las relaciones del señor Rodrigo Rato con la entidad Lazard Asesores y su Consejero Delegado Pedro Antonio Pasquín.
Justifica el incremento de la facturación de Lazard
Igualmente, el incremento del volumen de facturación por parte de Lazard durante los años 2011 y 2012, "encuentra una explicación aceptable" según la Sala, en "la complejidad del proceso de fusión de entidades y salida a bolsa en cuyo estudio participó el banco de inversión. Añade la Audiencia de Madrid que "con absoluta independencia del resultado fracaso de la operación de salida a bolsa de Bankia, "no puede olvidarse que Lazard no fue la única consultora que asesoró al banco español en este complejo proceso de fusión de Cajas y cotización".
A esto debe añadirse que Lazard ya venía prestando servicios de asesoría para Caja Madrid desde el año 2010, como se constata en el cuadro resumen de movimientos contractuales en el área de asesoría que ha aportado el propio Ministerio Fiscal en su escrito de oposición a los recursos presentados por los investigados.
Por todo ello, concluye la Sala que deducir que el préstamo de 2,2 millones de dolares sobre las acciones restringidas implica un beneficio o ventaja que recibe el señor Rato como contraprestación directa por favorecer la contratación de Lazard como entidad asesora en el proceso de Bankia, "excede de cuanto resulta de la causa desde una perspectiva objetiva" .
Por este asunto ahora archivado declararon en su día tanto Rato como su socio Domingo Plazas además de otras cuatro personas, entre ellas el secretario general y del consejo de administración de Telefónica, Ramiro Sánchez de Lerín, y el consejero delegado de Lazard Asesores Financieros, Pedro Pasquín. Sánchez de Lerín fue quien firmó el contrato entre Telefónica y Kradonara, empresa propiedad de Rato que se halla en el centro de la investigación judicial por ser clave en el patrimonio presuntamente irregular del exdirector del FMI, para la realización de informes de asesoramiento por los que recibió 726.000 euros entre enero de 2013 y abril de 2015.
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