La Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha aprobado este viernes las restricciones que propuso la Generalitat para después del estado de alarma. El Govern pidió el aval judicial para mantener el límite a seis personas de los encuentros sociales y la restricción de aforos en actos religiosos y civiles.
En su auto, el Contencioso acepta ambas medidas y argumenta que "la levísima repercusión que esas medidas pueden tener en el derecho fundamental de reunión y en el de libertad religiosa" permiten avalarlas.
"En en el contexto y con las limitaciones a las que se halla sometido el procedimiento urgente en el que nos encontramos" concluye el TSJC, la Generalitat "ha acreditado la legalidad, la necesidad, la idoneidad y la proporcionalidad de las dos medidas". Y recuerda que la resolución no prejuzga lo que pueda resolverse en un proceso propiamente dicho, de ser impugnadas estas medidas.
El jueves, la Fiscalía envió al TSJC su informe sobre la cuestión, en el que se mostró favorable a que los jueces ratifiquen las medidas que propone el Govern porque son una restricción "proporcionada a la necesaria preservación de la salud".
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