El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado nulo e inconstitucional el procedimiento por el que el Gobierno introdujo al vicepresidente segundo Pablo Iglesias en la Comisión Delegada para Asuntos de Inteligencia, encargada del control del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).
Los magistrados han resuelto así el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox con el voto particular del magistrado Cándido Conde Pumpido. La sentencia considera que la aprobación del nombramiento de Iglesias a través de la figura jurídica del Decreto-ley, y en una batería de otras medidas contra el Covid, "vulnera los requisitos exigidos por la Constitución para la utilización de este instrumento legislativo" puesto que no se daban las condiciones de "extraordinaria y urgente necesidad" que exige la ley.
En el fallo, del que ha sido ponente el magistrado Pedro González-Trevijano, se expone que "acudiendo a una jurisprudencia consolidada en esta materia, se pone de manifiesto que el Gobierno no justificó la extraordinaria urgencia de esta medida en el procedimiento de elaboración de la norma; ni la misma guarda coherencia con los motivos generales que determinaron la aprobación del Real Decreto-ley 8/2020, y que no se discuten. Esta disposición contempla una serie de medidas de carácter económico, social y sanitario dirigidas a atender de forma inmediata las consecuencias provocadas por la pandemia del Covid-19, y no resulta posible determinar la conexión de sentido que pudiera existir entre las circunstancias desencadenadas a raíz de la pandemia, y la modificación de la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, que propició la integración en la misma del entonces Vicepresidente Segundo del Gobierno, siendo éstas las razones esenciales que determinan la infracción del mencionado precepto constitucional", trasladan fuentes del TC.
Fuentes del alto tribunal han adelantado el sentido de la sentencia que se hará pública en los próximos días, igual que el voto particular.
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