Los recursos que Partido Popular, Vox y Ciudadanos han anunciado que presentarán contra los indultos de los líderes del procés si el Gobierno los concede finalmente parecen no tener mucho recorrido.
Así lo consideran expertos en Derecho Administrativo y magistrados del Tribunal Supremo consultados por El Independiente. Se refieren a la "falta de legitimación" de los partidos políticos de la oposición para recurrir la medida de gracia, cuya concesión depende sólo del Ejecutivo, aunque tenga el informe negativo del Tribunal Supremo y la Fiscalía, como ocurre en el caso de los políticos independentistas condenados por sedición, malversación y desobediencia por diseñar la ruta independentista de Cataluña.
Esa falta de legitimación para recurrir los indultos -que desde el Gobierno de Sánchez dan por supuestos, falta saber si serán parciales o totales y si para todos los condenados o sólo para algunos- no tiene que ver con que los recurrentes sean partidos políticos, sino con que "no estarían afectados directamente por el perdón de los presos", expone Jesús López-Medel, abogado del Estado, experto en Derecho Administrativo y autor del libro Por una nueva ley del indulto. Medel explica que sólo quienes tienen un "interés legítimo y directo personalmente" pueden recurrir un indulto. Por eso, considera que será muy difícil que un partido político, una asociación o cualquier entidad que sirva como paraguas de los intereses de ciudadanos que defiendan la unidad de España difícilmente podrán justificar por qué les afecta directamente que los líderes del procés salgan de la cárcel.
Tanto Medel como dos magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo consultados por este diario recuerdan que la primera sentencia de 2013 con la que el alto tribunal anuló el indulto concedido por el Gobierno de Mariano Rajoy a un concutor kamikaze tuvo como recurrentes a los familiares del fallecido. La legitimidad activa de quienes presentaron el recurso estaba clara en aquella ocasión. "Difícilmente se va a dar un caso en el que haya un interés tan directo para pedir que se retire un indulto", trasladan las citadas fuentes. Insisten en que la jurisprudencia del Supremo es muy estricta en este aspecto de la legitimación.
La admisión no afectaría a la excarcelación
En el difícil caso de que el recurso superara el trámite de admisión, no afectaría a la excarcelación de los líderes independentistas si el indulto la hubiera facilitado, consideran los expertos consultados. Es decir, si los recurrentes pidieran que los políticos no salgan de prisión (que no se ejecute la medida impugnada) hasta que el tribunal se manifieste sobre el fondo, sobre si se les debió conceder el indulto o no, con alta probabilidad la Sala lo rechazaría.
"A la hora de suspender una ejecución impugnada, hay que ver si ésta causa perjuicios irreparables. En el hipotético caso de que se admitiera el recurso, que insisto no creo que se vaya a admitir, no podría considerarse que la ejecución del indulto cause perjuicios irreparables porque si finalmente se le da la razón al recurrente, los indultados volverían a la cárcel y seguirían cumpliendo lo que les quedara de pena", explica Medel.
Entre seis meses y un año para resolver el fondo
En cuanto al tiempo que podría tardar el Tribunal Supremo en resolver sobre el fondo del recurso en caso de ser admitido, las fuentes consultadas consideran que la decisión podría demorarse entre seis meses y un año.
El Gobierno barajaría conceder los indultos en el mes de julio, por lo que si alguno de los recursos contra la decisión resultara admitido, no habría que esperar una resolución hasta, como mínimo, finales de año.
Precisamente para verano se espera la jubilación de José Díaz Delgado, uno de los magistrados de la Sala que sería la encargada de resolver los recursos que se presenten contra los indultos. Habrá que ver si para ese momento Gobierno y Partido Popular han conseguido superar las diferencias que les impiden, desde hace más de dos años, llegar a un acuerdo para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y permitir que éste siga haciendo nombramientos de la cúpula judicial para cubrir las plazas que van quedando vacantes por jubilaciones como la de este magistrado o fallecimientos tanto en el Supremo como en los Tribunales Superiores de Justicia.
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