La Audiencia Nacional ha condenado a Paradores Nacionales a indemnizar a la totalidad de su plantilla por los pluses, complementos y primas que dejaron de percibir durante el periodo en el que los establecimientos estuvieron cerrados a causa de la pandemia de coronavirus.
En una sentencia fechada el 17 de junio, la sala de lo social estima parcialmente una demanda de conflicto colectivo planteada por los sindicatos UGT y CCOO.
Al comenzar las restricciones a la movilidad por el estado de alarma, la red de Paradores cerró sus establecimientos y, por causa de fuerza mayor, la plantilla quedó en situación de licencia retribuida.
De ese modo, dejaron de percibir ciertos conceptos retributivos, como la manutención en metálico, el complemento de nocturnidad y el de turno partido; ello afectó a la totalidad de la plantilla de Paradores con excepción de los hoteles San Marcos de León y Reyes Católicos de Santiago de Compostela, que cuentan con convenios propios.
Los sindicatos sugirieron que se aplicara un ERTE, pero la empresa lo rechazó alegando que "ninguna empresa pública" había empleado este procedimiento.
Ahora, la Audiencia Nacional entiende que la plantilla debió ser resarcida "por los daños y perjuicios causados por incumplimiento del contrato hasta las cuantías que, por los complementos retributivos concretos que se reclaman, debieron haber percibido de estar prestando servicios".
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