El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos del expresidente de la Generalitat Artur Mas y los ex altos cargos catalanes contra la sentencia del Tribunal de Cuentas que les condenó a pagar 4,98 millones de euros por la organización de la consulta ilegal del 9 de noviembre del 2014 (9-N).
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado una providencia en la que acuerda la inadmisión de los recursos de casación interpuestos por Artur Mas y los miembros de su Govern Joana Ortega, Josefina Valls, Francesc Homs, Jordi Vilajoana, Ignasi Genovés, Jaume Domingo y Teresa Prohias i Ricart contra la sentencia del Tribunal de Cuentas, de 26 de julio de 2019, que les condenó por responsabilidad contable por los gastos de la consulta.
La Sala indica que la inadmisión a trámite se debe a que los recurrentes no han justificado el interés casacional alegado en sus recursos y por falta de fundamentación suficiente.
Entre los argumentos expuestos por los recurrentes y que los magistrados César Tolosa (presidente de la Sala Tercera), Antonio Jesús Fonseca-Herrero, Inés Huerta, Ángel Ramón Arozamena y Dimitry Berberoff rechazan está que hay "contradicción en la sentencia recurrida con la doctrina constitucional que sostiene que la declaración de inconstitucionalidad no lleva aparejada necesariamente la declaración de nulidad, argumentando que la sentencia se extralimita al declarar la nulidad de actos que expresamente el Tribunal Constitucional no declaró nulos". La Sala considera que estos argumentos no encajan con ninguno de los motivos de interés casacional previstos en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
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