Aunque aún se desconoce cuándo llegará al Consejo de Ministros, Pedro Sánchez prepara ya una reforma de la Ley de Seguridad Nacional que contempla una serie de cambios normativos por los que se permitiría movilizar de forma obligatoria a la población mayor de edad para la realización de "prestaciones personales", así como requisar "todo tipo de bienes" tanto a los ciudadanos como a empresas y entidades jurídicas siempre que se produzca una situación que pudiera derivar en "una declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional", tal y como aparece en el borrador del Anteproyecto de Ley al que ha tenido acceso El Independiente.
La noticia, adelantada por El País el pasado fin de semana, despertó fuertes recelos entre los grupos de la oposición y entre expertos en Derecho Constitucional que, aunque sostienen que la norma goza de la suficiente cobertura legal para llevarse a cabo -se basa en el artículo 30.4 de la Carta Magna-, el texto definitivo debería detallar en qué situaciones de crisis cabría aplicar la nueva Ley de Seguridad Nacional, sobre todo porque la norma alberga plenos poderes para el jefe del Ejecutivo en caso de emergencia.
Los supuestos en que estarían justificadas tales medidas aparecen en el artículo 10 de la actual Ley de Seguridad Nacional, que el Gobierno sólo ha modificado para añadir un escenario más que pueda derivar en la declaración de un estado de crisis. Y van desde la ciberseguridad hasta amenazas que pongan en jaque "la seguridad del espacio aéreo y ultraterrestre", así como mantener la firmeza del sistema económico o financiero, la seguridad marítima, la preservación del medio ambiente y la seguridad energética. En este punto, se añade otro ámbito de interés: "la salvaguarda de la base industrial que suministra recursos de primera necesidad y de carácter estratégico".
Todo el poder, sobre Sánchez
El borrador inicial subraya que, en base a lo ya establecido en el artículo 22.2 de la presente Ley, Sánchez podría ejecutar por Real Decreto -sin pasar por el Congreso ni esperar al dictamen del Consejo de Seguridad Nacional- la nueva normativa. O lo que es lo mismo: el presidente, por medio de las autoridades competentes, puede obligar a la población a realizar determinadas "prestaciones" en aras de la protección de la seguridad del Estado, así como suspender actividades, incautar bienes u obligar a las empresas a cambiar su producción industrial "si existen razones de urgencia o de oportunidad".
El documento recoge también que el Consejo de Seguridad Nacional "estará asistido" por un Comité de Situación, encargado de "elaborar propuestas de las directrices político-estratégicas" y "formular recomendaciones" para gestionar una determinada situación de crisis. Dicho organismo, continúa el texto, puede estar presidido por una "autoridad funcional" que designe el propio presidente del Gobierno.
Además, en el borrador de la nueva Ley se subraya el papel de los medios de comunicación ante una situación de interés para la Seguridad Nacional, hasta el punto en que éstos deberán "colaborar con las autoridades en la difusión de las informaciones preventivas y operativas". Quedaría reforzado, además, el papel del Gabinete de la Presidencia del Gobierno -con Iván Redondo al frente- , ya que lo que en el documento aparece denominado como "red de comunicaciones especiales" del Ejecutivo quedará encuadrado como un mecanismo de apoyo de la Seguridad Nacional, que servirá para la organización de recursos y la coordinación en el "intercambio de información".
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