Los notarios españoles están de aniversario. El 23 de julio se cumplen seis años de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Una norma que amplió sus atribuciones, permitiendo a los ciudadanos casarse, divorciarse, reclamar una deuda o validar un testamento manuscrito ante notario. Esta nueva situación ha ahorrado tiempo a los ciudadanos y recursos materiales a la Administración sin merma alguna de la seguridad jurídica de las partes.
La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria amplió las atribuciones de los notarios en materia de Derecho Civil y Mercantil. Las nuevas competencias en el ámbito sucesorio, matrimonial, de reclamación de deudas y de conciliación, entre otras, dieron respuesta a una demanda social. Se trataba de facilitar y agilizar una serie de trámites encomendados hasta la fecha en exclusiva a los jueces y tribunales civiles. Asuntos que por su naturaleza no requieren ser resueltos en el ámbito judicial, pero que sí exigen de una autoridad mediadora que, con independencia, imparcialidad y conocimiento del procedimiento, ofrezca seguridad jurídica a las partes.
Al servicio de la sociedad
La Jurisdicción Voluntaria no hace sino aprovechar la capacitación y excelencia profesional de los notarios en beneficio de la sociedad. «En estos seis años no sólo se han descargado los juzgados y tribunales de disputas civiles y mercantiles, también se ha beneficiado a los ciudadanos», explica Concepción Barrio, vicedecana del Colegio Notarial de Madrid. «Se ha producido un ahorro de tiempo y, en muchos casos, también de dinero», sin merma alguna de su seguridad jurídica.
Solo en los dos últimos años, los notarios han celebrado más de 43.000 matrimonios y han firmado más de 47.000 divorcios. Asimismo, han dado fe de la aceptación de más de 5.000 herencias a beneficio de inventario –lo que supone que el heredero no está obligado a responder de las deudas de una herencia con sus propios bienes– y han firmado cerca de 25.000 actas de herederos abintestato –sin que haya testamento–, entre otros actos de jurisdicción voluntaria.
Estos son algunos de los 25 actos civiles y mercantiles que desde hace seis años pueden realizarse ante notario.
Matrimonios y divorcios
Hasta la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, toda separación o divorcio, hubiera o no acuerdo, debía pasar por un juez. La reforma legal ha permitido a los notarios firmar separaciones y divorcios de mutuo acuerdo siempre que los cónyuges no tengan hijos menores a su cargo o con discapacidad. Además, desde abril de 2021, a las atribuciones notariales relacionadas con los divorcios se sumó la tramitación del expediente matrimonial.
Sucesiones
Hasta julio de 2015, los parientes o parejas de hecho de personas fallecidas sin mediar testamento debían acudir a un juzgado para la realización de la declaración de herederos abintestato. Hoy, los notarios tienen la competencia exclusiva de realizar cualquier declaración de herederos, incluso la de las parejas de hecho, cuando tengan derechos sucesorios conforme a la ley.
Otra de las atribuciones adquiridas por los notarios en el ámbito testamentario fue la validación de testamentos manuscritos, cerrados u otorgados de manera oral. La acreditación por el notario de su autenticidad y de las exigencias legales necesarias permiten la homologación y elevación a instrumento público de dichos testamentos.
El notario también ha sustituido al juez a la hora de nombrar al contador o partidor dativo. Es la figura encargada de repartir una herencia cuando alguno de los coherederos beneficiarios de al menos la mitad de la herencia paraliza el reparto. Además, el notario puede aprobar la partición del contador y redactar el acta de requerimiento a los herederos para aceptar las herencias.
Reclamación de deudas
Esta es, quizá, una de las nuevas atribuciones notariales menos conocidas. Gracias a la Ley de Jurisdicción Voluntaria, un acreedor puede acudir al notario para reclamar al deudor el pago de una deuda sin recurrir a la vía judicial. El deudor puede consignar también ante notario su voluntad de pago por medio del ofrecimiento de pago y consignación. Si por el contrario el deudor de opone a la reclamación, el acreedor obtiene, en un plazo máximo de un mes, el mismo título ejecutivo que recibiría por el procedimiento jurisdiccional. Es el llamado monitorio notarial.
Conciliación, subastas y peritos de seguros
Los notarios asumieron también competencias de conciliación en el ámbito de los métodos alternativos de solución de conflictos, los llamados MASC. El notario desempeña la función de tercero imparcial que propone las soluciones a las partes con el objetivo de alcanzar un acuerdo y evitar un contencioso ante los tribunales.
A las subastas que los notarios podían realizar antes de 2015, aquellas que tenían lugar en cumplimiento de un disposición legal o resolución judicial, la nueva ley añadió las subastas voluntarias. Son aquellas que puede promover cualquier parte interesada, aun sin estar en un procedimiento de apremio. El objetivo era promover la transparencia y poner coto al fenómeno de los subasteros.
Además, los notarios también adquirieron la potestad de nombrar peritos en los contratos de seguros cuando no hay acuerdo en la designación entre el asegurador y el asegurado.
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