La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el archivo de la causa a la expresidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes en la operación Púnica en relación con la adjudicación del contrato de servicio de cafetería, cocinas y comedor de la Asamblea de Madrid en los procesos de licitación de 2009 y 2011 y la presunta financiación ilegal del PP de la Comunidad de Madrid.
En un auto, los jueces de la Sección Cuarta desestiman los recursos presentados por ADADE y el PSOE y confirma igualmente el archivo de la causa acordada por el instructor Manuel García Castellón respecto de la Letrada de la Asamblea de Madrid Tatiana Recoder y del presidente del Grupo Cantoblanco Arturo Fernández en relación con la mencionada adjudicación.
Los magistrados consideran que de toda la actividad indagatoria se extraen, de manera clara y contundente, la insuficiencia de indicios racionales de criminalidad en los actos de los tres investigados. En este sentido, explica que no ha quedado acreditado, “ni siquiera indiciariamente, que la adjudicación de los servicios de explotación del restaurante de la Asamblea de Madrid a la empresa Cantoblanco Colectividades SL durante los ejercicios sujetos a comprobación tengan una relación directa con las donaciones, por importes de 100.000 euros y 60.000 euros, que hicieron las entidades Arturo Grupo Cantoblanco SL y la Confederación Empresarial de Madrid, respectivamente, en favor de la Fundación para el Desarrollo Económico y Social de la Comunidad de Madrid (FUNDESCAM), controlada por el Partido Popular”.
Respecto a Cifuentes, la Audiencia señala que del resultado de las diligencias se deduce que no se ha podido constatar que su actuación haya sido determinante para la adjudicación de los servicios de cafetería y restauración de la Asamblea de Madrid en favor del Grupo Cantoblanco. Tampoco, que en tales adjudicaciones hayan sido relevantes las donaciones efectuadas por el investigado Fernández Álvarez a FUNDESCAM.
“Inexistencia de indicios de criminalidad que hemos de extender a la conducta consistente en participar en la financiación ilegal del Partido Popular”, concluye el Tribunal.
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