La Fiscalía ha pedido a la Audiencia de Madrid que rechace la recusación presentada tanto por la UEFA como por la Liga de Fútbol Profesional (LFP) contra el juez que tramita el conocido como caso de la Superliga de fútbol, al entender que los motivos alegados "no revelan la relación previa del magistrado con el objeto del proceso".
Así lo defiende el Ministerio Público en un escrito presentado ante la sección vigesimoctava de la Audiencia de Madrid a raíz de la pretensión de UEFA y LaLiga de apartar del procedimiento al titular del Juzgado de lo Mercantil 17 de Madrid. El fiscal no cree que el pleito "le proporcione una ventaja o beneficio" o que le evite un perjuicio para "él o para sus allegados".
Tanto la Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol como la patronal del fútbol español mantienen que existen indicios que ponían de manifiesto la "aparente predisposición hacia las pretensiones de la parte demandante" por parte del magistrado recusado. Entre otras señales, llamaban la atención sobre la "celeridad" (dos días) con la que el instructor adoptó las medidas cautelares propuestas por los representantes de la Superliga "inaudita parte".
También consideran que, en auto dictado el pasado 20 de abril, el magistrado aparentaba prejuzgar "de modo anticipado" el fondo del asunto, así como otras cuestiones como la filtración a la prensa de información con carácter previo a la notificación o la participación del recusado en una mesa redonda sobre Supuestos de abuso de posición dominante: Caso Superliga.
En su escrito, la Fiscalía entiende que las razones alegadas para desplazar del pleito al titular del Juzgado de lo Mercantil 17 de Madrid "no son subsumibles en el motivo de recusación invocado" e insiste en que no se ha encontrado ninguna relación previa del magistrado con el objeto del proceso "o que el pleito le proporciones una ventaja o beneficio o le evite una carga o perjuicio para él o para sus allegados, ni un interés actual, esto es, concurrente en el momento en que se promueve el apartamiento del magistrado mediante su recusación".
Cuestión prejudicial
En este sentido, el Ministerio Público recuerda que los razonamientos expuestos por el juez para sustentar la adopción de medidas cautelares, "se compartan o no", forman parte del trabajo que "necesariamente" ha de efectuar durante la tramitación de la causa "sobre la viabilidad, veracidad, verosimilitud de las pretensiones concretas que se quieran asegurar". De ahí que "en ningún caso resultan reveladoras de un interés directo o indirecto del juez en el objeto del procedimiento".
La Fiscalía también sostiene que no resulta "arbitraria" la decisión del magistrado de suspender el proceso y más tarde alzar dicha suspensión hasta que las cuestiones prejudiciales planteadas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (SJUE) fueran resueltas. "Tampoco puede extraerse la conclusión de que el Juez tenga interés directo o indirecto en el pleito", añade.
En cuanto a las filtraciones a la prensa, el Ministerio Público responde que la acreditación sobre la existencia de las mismas "corresponde a quien la invoca" y añade que en este caso se alude "a determinados indicios que se sustentan en hechos que tampoco se acreditan". De igual modo, defiende, no ha quedado acreditada la participación del magistrado en una mesa redonda programada con el título Supuestos de abuso de posición dominante: Caso Superliga, una circunstancia que incluso llegó a ser desmentida.
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