Un recurso del Partido Popular ante el Tribunal Constitucional contra la aprobación de la reforma laboral en el Congreso de los Diputados tendría más recorrido en el Alto Tribunal que un recurso de amparo del diputado popular Alberto Casero cuyo voto favorable a la reforma -por error- desempató el resultado por 175 apoyos frente a 174 rechazos.

La formación de Pablo Casado presenta como una injusticia que la Mesa de la Cámara se negara a modificar el voto telemático de su diputado, de ahí que hayan anunciado que recurrirán ante el Alto Tribunal. Sin embargo, fuentes expertas en Derecho Constitucional consultadas por El Independiente trasladan que un recurso de amparo presentado por el propio diputado Casero por que no se le permita anular su voto telemático y autorizarle que votara presencialmente tiene menos posibilidades de prosperar que un recurso de inconstitucionalidad de 50 diputados o más de su partido contra el decreto-ley de la reforma laboral que fue convalidado precisamente gracias a su voto alegando que la mayoría con la que se ha aprobado en el Congreso es dudosa puesto que el voto del desempate es "discutido".

Artículo 23 de la CE

Tanto el Partido Popular como Vox han anunciado que recurrirán la situación -que no tiene precedentes- ante el Constitucional. Existe una sentencia de 2006 del tribunal de garantías que podría considerarse doctrina para el caso, pero tiene evidentes diferencias con la escena del jueves.

En aquél momento, con el fallo ponencia de Pascual Sala los magistrados dieron amparo a la diputada socialista Irene Novales. Ésta quiso votar en contra del Proyecto de Ley de presupuestos generales del País Vasco del año 2005 pero, cuando pulsó el interruptor para emitir el voto electrónico presencialmente en el Parlamento, no funcionó. La diputada alertó "con ostensibles gestos" de lo que había ocurrido al presidente de su Grupo Socialista Rodolfo Ares, quien a su vez avisó a los miembros de la Mesa.

En la sentencia de la Sala Segunda se concluyó que "de los datos que constan en el expediente, y de las alegaciones hechas por las partes, se deduce que no se ha podido probar, de manera irrebatible, que la Sra. Novales cometiera un error durante el desarrollo de la votación". De ahí que le dieran la razón frente al Presidente de la Cámara, Juan María Atutxa (PNV) y la Mesa de la Cámara que decidió seguir adelante con el resultado de la votación.

Tres equivocaciones

La diputada recurrió en amparo apelando a que, al no poder votar, se había vulnerado su derecho a la participación política del artículo 23 de la Constitución Española, como finalmente estimó el Alto Tribunal. Pero el diputado Casero tendrá difícil ampararse en dicho artículo para recurrir porque sí pudo votar telemáticamente.

Lo que ocurrió fue, según la información de la Cámara Baja, que el diputado votó sí a la convalidación de la reforma laboral cuando debería haber votado no (según la disciplina de su partido). Votó no a la tramitación del Proyecto de Ley por el procedimiento de urgencia del Real Decreto sobre la reforma laboral cuando el resto de miembros de su partido votaron sí y, finalmente, votó en contra de uno de los puntos de la moción de su partido sobre la observancia constitucional del programa legislativo del Gobierno, votación que contó con el respaldo del resto de parlamentarios del PP.

Según esta información, el argumento del PP de que la reforma laboral del Gobierno ha salido adelante por un error informático se sostiene difícilmente y un recurso de amparo ante el TC tendría muchas dificultades para prosperar.

"Quebranto al ejercicio de mi derecho a voto"

En todo caso, antes de llegar al Alto Tribunal el partido de la oposición tiene que agotar la vía política. Por un lado, el diputado Casero presentó la noche de este jueves un escrito a la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, en el que denunció el "quebranto al ejercicio de mi derecho al voto" por parte de ésta.

Por otro lado, la portavoz del Grupo Popular en la Cámara Baja, Cuca Gamarra, presentó un escrito en nombre de los representantes populares en la Mesa, Ana Pastor y Adolfo Suárez, en el que solicitan la convocatoria urgente de la Mesa del Congreso "para tratar el que no se convocase por parte de la Presidenta una reunión de la Mesa conforme al apartado 6º de la Resolución de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 21 de mayo de 2012 tras la solicitud de miembros de la dirección del Grupo Parlamentario Popular y miembros de la Mesa para abordar la petición del diputado D. Alberto Casero de anular el voto telemático realizado por él y recibir la consiguiente autorización para votar presencialmente la derogación o convalidación del Real-Decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo que tuvo lugar en la tarde de 3 de febrero de 2022".

A raíz del escrito de los populares consultado por este diario, la Mesa de la Cámara deberá convocar una reunión, tomar una decisión y transmitirla oficialmente por escrito. Sólo después, el PP podrá recurrir ante el TC.

Los populares sostienen que el Reglamento prevalece sobre el procedimiento de votación telemática por el Covid

Los populares sostienen que el Reglamento aludido -en el que se dice que la Mesa de la Cámara debe comprobar el sentido del voto no presencial- prevalece sobre el protocolo de votación telemática que se puso en marcha en 2020, con motivo de la pandemia, por el que se incorporó una doble verificación informática en la pantalla del ordenador y la obligatoriedad de que el diputado en cuestión introduzca sus credenciales.

Precisamente uno de los magistrados que firmó la sentencia de 2006 sobre la votación del Parlamento del País Vasco aludida señala a El Independiente que ve más posibilidades de que prospere un recurso de inconstitucionalidad de 50 diputados o más del PP contra la ley de reforma laboral por el modo en que salió adelante con una votación "dudosa" en el Congreso que un recurso de amparo en nombre del diputado Casero por los motivos a los que alude su formación en los escritos presentados.

Tribunal con mayoría progresista

Si finalmente PP o Vox deciden recurrir por esta última vía ante el tribunal de garantías, la resolución llegaría muy probablemente pasada la renovación de un tercio del Tribunal Constitucional que debe ocurrir en junio.

El presidente del tribunal, Pedro González-Trevijano, el vicepresidente Juan Antonio Xiol y los magistrados Antonio Narváez y Santiago Martínez-Vares cumplen entonces su mandato. Si se produce la renovación de los cuatro -salvando el escollo de que el CGPJ no pueda nombrar a los dos magistrados que le corresponde al tener sus funciones limitadas por la falta de acuerdo político para su renovación- la composición del Tribunal será de mayoría progresista, lo que también podría suponer una dificultad para las intenciones del Partido Popular con este recurso.