El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que España contraviene la normativa comunitaria al excluir a las trabajadores del hogar, mayoritariamente mujeres, del derecho a la prestación por desempleo, un situación que afecta directamente a cerca de 400.000 personas.
La corte con sede en Luxemburgo ha argumentado que la normativa española contraviene el Derecho de la Unión ya que sitúa a las trabajadoras del hogar en desventaja particular con respecto a los trabajadores y no está justificada por factores objetivos y ajenos a cualquier discriminación por razón de sexo.
De esta manera, el Tribunal se alinea con las conclusiones emitidas en septiembre pasado por un abogado general de la corte que subrayó que a la hora de regular el sistema de Seguridad Social y en particular las prestaciones por desempleo, los países de la UE deben respetar el principio de no discriminación por razón de sexo.
El caso hace referencia a la denuncia que presentó ante el juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Vigo una trabajadora del hogar, a quien la Tesorería General de la Seguridad Social denegó su solicitud de cotizar para recibir el paro.
Su empleador estaba dispuesto a abonar la cotización que solicitó la trabajadora, pero la Tesorería la rechazó porque la protección que confiere el sistema especial de seguridad social para empleados del hogar no comprende la protección por desempleo. En España, y según los últimos datos correspondientes a enero, 378.805 personas cotizan en el régimen especial de empleados de hogar, la gran mayoría mujeres.
Los afiliados en este sistema especial, aprobado en 2011 y puesto en marcha en 2012, no cotizan por desempleo, ni para el Fogasa (fondo de garantía salarial) ni por formación profesional, por lo que tampoco tienen derecho a beneficiarse de estas contingencias.
Cambios en la ley general de la Seguridad Social
"Ahora le toca al Gobierno dar el siguiente paso legislar y regularizar el derecho al desempleo eliminando toda discriminación por razón de género", ha señalado el abogado laboralista Javier de Cominges, del despacho Vento, que ha llevado el caso ante la justicia europea.
Los cambios pasarían por una reforma de la Ley General de la Seguridad Social y, previsiblemente, por modificaciones en las cotizaciones sociales correspondientes. El Ministerio de Inclusión y Seguridad Social ha señalado que aún no ha habido comunicación oficial de la sentencia y que cuando se mande "se estudiará y decidirá cómo procede".
El Ministerio de Trabajo ha apuntado que está analizando un fallo que "refuerza y permitirá acelerar la línea en la que ya está trabajando desde el principio". Y detalla entre las medidas para avanzar la modificación del texto refundido de la Ley General de La Seguridad Social, en materia de desempleo, "que permitirá incorporar la prestación por desempleo para este colectivo". En paralelo, recuerda, está tramitándose la ratificación del Convenio 189 de la OIT, sobre trabajadores domésticos.
CCOO y UGT han valorado el fallo y han urgido a corregir la discriminación que sufren las empleadas del hogar. "Es tiempo de abordar esta cuestión de forma inmediata y corregir esta discriminación evidente", ha destacado CCOO, al tiempo que recuerdan que esta reivindicación ya estaba recogida en un compromiso incumplido de la reforma de la Seguridad Social de 2011 y en el convenio de la OIT sobre trabajadores domésticos que "los sucesivos gobiernos se han negado" a suscribir.
UGT ha reclamado que se aceleren los trámites para ratificar ese convenio de la OIT y ha instado al Gobierno a iniciar el proceso de diálogo social para atender al dictamen del TJUE.
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