Los videojuegos, los catálogos de subastas y los marcapáginas deberán ser remitidos para su depósito legal, según la reforma de esta figura legal aprobada hoy por la Comisión de Cultural, en la que también se reconoce como centro de conservación a la Filmoteca Española.
Con 30 votos a favor y cinco en contra (VOX), esta iniciativa ha salido adelante hoy en la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados. Una nueva norma que, por una parte incorpora nuevas tipologías documentales objeto de depósito legal, y, por otra, elimina aquellas que, contempladas en la ley vigente, carecen de valor bibliográfico nacional, sin que ello impida que puedan ser conservadas por otros canales alternativos.
Entre las nuevas tipologías de publicaciones, según el cuerpo del proyecto de ley, "destaca sin ningún género de dudas" las publicaciones de impresión bajo demanda, que se encontraban excluidas de la obligación de depósito legal, y que representan una cuota considerable del presente del mundo editorial.
Otras publicaciones de indudable valor bibliográfico excluidas hasta ahora de la obligación de depósito legal y que pasan a contemplarse son los catálogos comerciales de librerías, editoriales y subastas, así como los marcapáginas.
Situación particular representan los videojuegos que, si bien se entendían comprendidos entre los documentos audiovisuales, no estaban ingresando en las cantidades que el mercado de estos productos representa, por lo que se "considera necesaria" su identificación individualizada y mención expresa.
Entre las novedades de esta nueva norma, destaca también el reconocimiento como centro de conservación a la Filmoteca Española, cuyos objetivos son desde su fundación la "recuperación, investigación y conservación del patrimonio cinematográfico español y su difusión". Con este reconocimiento, según el cuerpo del proyecto de ley, se "corrige la laguna existente sobre las películas cinematográficas, que, si bien tenían la condición de publicaciones objeto de depósito legal, carecían de centro de conservación expresamente identificado en la ley".
Asimismo, dentro también del ámbito de la administración del depósito legal, la modificación normativa establece una detallada enumeración de los ejemplares que la Biblioteca Nacional de España está obligada a conservar.
En concreto, además de los ejemplares físicos de las publicaciones, los editores deberán depositar en el servidor de la BNE la copia en versión digital previa a la impresión de las publicaciones en soporte físico de libros, revistas y periódicos; modalidad que redunda en una sustancial mejora de la gestión del patrimonio por parte de la BNE.
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