La Audiencia de Gipuzkoa ha archivado definitivamente la querella presentada por Vox contra el colectivo de víctimas del terrorismo Covite, al que acusaba de injurias, calumnias y delito de odio.
Vox se querelló contra dos integrantes del Observatorio Internacional de Estudios sobre Terrorismo (OIET) de Covite, y contra el propio organismo, debido a un informe en el que se le citaba en referencia al auge de los partidos nacionalistas y de extrema derecha.
El juzgado de instrucción número 2 de San Sebastián archivó hace un año la querella presentada por Vox al no observar ningún delito y acordó el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.
El partido de Santiago Abascal recurrió esta decisión ante la Audiencia de Gipuzkoa, que ha archivado definitivamente la querella al considerar que los hechos que la motivaron "no son constitutivos de infracción penal alguna", ha informado Covite en un comunicado.
El tribunal recuerda en este auto, al que ha tenido acceso EFE, que el texto objeto de la querella es "un artículo científico publicado en la página web del Observatorio Internacional de Estudios sobre Terrorismo de Covite, cuyo fin es promover proyectos de investigación "enfocados a la prevención de la radicalización violenta y a la difusión de principios democráticos".
En dicho artículo, se dice que "Europa ha visto un aumento de los éxitos electorales para los partidos nacionalistas y de extrema derecha" y "entre ellos menciona a Vox", señala la Sección Primera de la Audiencia.
Pero aclara que, "previamente a esta referencia", el articulista habla de "un contexto en el que las fuerzas de extrema derecha, tanto violentas como no violentas, continúan ganando adeptos…" y lo hace "sin que en ningún caso se mencione a Vox como una de las fuerzas de extrema derecha violentas".
Añade que ocurre otro tanto cuando en el texto se alude a "elementos ideológicos como el antisemitismo y el racismo" que exhiben la extrema derecha y la derecha radical, pues el autor "ni dice que Vox (y su programa) lo contenga", ni incluye a ese partido "entre aquellos que contienen estos elementos ideológicos entre sus consignas".
Tras repasar jurisprudencia del Tribunal Supremo, la Audiencia de Gipuzkoa concluye que en este caso "no se aprecia la existencia de esa incitación al odio o a la violencia, ni, consecuentemente, la presencia de un riesgo real, aun en el marco del peligro potencial, para los bienes jurídicos protegidos".
El querellado, puntualizan, "no ha efectuado imputación de delito alguno a la formación política Vox" y tampoco "le ha atribuido participación alguna en acciones delictivas".
"Las expresiones empleadas en el artículo de tampoco son suficientes para estimar que exista un delito de injurias", afirma el tribunal, que sitúa el contenido del artículo "en el ámbito del ejercicio del derecho a la libertad de expresión en su modalidad de comunicación de pensamientos, ideas u opiniones".
Tras conocer la resolución, Covite ha dicho que la Audiencia Provincial de Gipuzkoa "ha avalado totalmente" su trabajo al constatar que "no cabe incluir las conclusiones vertidas en el artículo en ninguno de los tipos penales mencionados en la querella".
"Quisieron atacar nuestra trayectoria de 24 años en defensa de los derechos de las víctimas", ha sostenido la presidenta de Covite, Consuelo Ordóñez, al tiempo que ha asegurado que si algo ha distinguido siempre al colectivo ha sido su "ejemplo de convivencia y de valores como el respeto y tolerancia a la pluralidad ideológica".
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