En una sociedad cada vez más envejecida, como la española, la viabilidad del sistema de pensiones representa todo un desafío. Son pocos los trabajadores que pueden sentirse hoy confiados en que contarán con una paga acorde a sus necesidades financieras cuando llegue el momento de su jubilación.
Y si ésta es una realidad casi universal, lo es mucho más en el caso de los autónomos. Según los últimos datos del Ministerio de Empleo, correspondientes al mes de octubre, la paga media de las pensiones por jubilación alcanza los 1.213 euros en el caso de los trabajadores por cuenta ajena. En cambio, en el caso de los trabajadores autónomos, esta cantidad es más de un 40% inferior y se sitúa en el entorno de los 712 euros; es decir, cada trabajador por cuenta propia cobra de media 500 euros menos al mes que el resto de trabajadores.
"En lo referente a pensiones, los autónomos son un colectivo muy desfavorecido, pero entre comillas. Porque son ellos los que eligen cómo cotizar", explica José Antonio Cortés, director de GVC Gaesco Pensiones. "El sistema traspasa al autónomo la responsabilidad de decidir cuánto quiere cotizar y éste tiende a ver la cotización como un gasto y trata de minimizarlo", añade.
En este sentido, los datos son reveladores: según un estudio publicado por BBVA, más del 90% de los autónomos menores de 47 años cotiza por la base mínima "y esto, como es lógico, repercute negativamente sobre el cálculo de su pensión", apunta Mar Barrero, analista financiero de Profim.
Más del 90% de los autónomos menores de 47 años cotiza por la base mínima, lo que repercute en su pensión final
Ante esta tesitura, cualquier noticia positiva representa un alivio para los trabajadores por cuenta propia y la reciente aprobación de la llamada Ley de Autónomos arroja alguna buena nueva en lo referente a las pensiones. En base a ésta, los autónomos que lleguen a la edad de jubilación podrán cobrar el 100% de su pensión y seguir trabajando si tienen, al menos, un empleado al cargo.
Según resalta Carlos de Fuenmayor, director de Kessler&Casadevall AF Barcelona, la posibilidad de la jubilación activa es una opción interesante para todos los autónomos, incluidos aquellos que no tienen trabajadores a su cargo, ya que desde 2013 todos los autónomos pueden compatibilizar el trabajo con el cobro del 50% de la pensión.
Soy autónomo... ¿Cuánto cobraré de pensión?:
Pero esto no parece suficiente para que este colectivo pueda afrontar con las máximas garantías la etapa de la jubilación y por eso los expertos insisten en que sería conveniente que los autónomos planificaran con tiempo y cuidado el momento de su retirada para contar entonces con unas rentas que satisfagan sus necesidades.
“Gozar de una jubilación tranquila supone haber calculado con antelación qué gastos será necesario cubrir durante esta etapa, que puede ser la más larga de nuestra vida”, explica Wolfgang Kania, responsable de Fondos de Inversión y Planes de Pensiones de Deutsche Bank España. Para realizar esta estimación hay que tener en cuenta si será necesario pagar hipoteca o no, si se habrán emancipado los hijos, todos los gastos corrientes, seguros (incluyendo seguro médico), etcétera.
Un aspecto en el que coincide la mayor parte de los asesores financieros es la conveniencia de rehuir de la cotización mínima. “Este colectivo elige libremente la base sobre la que cotiza, pero a veces la decisión se toma sin estudiar las consecuencias a largo plazo. Por este motivo es recomendable analizar a fondo qué pensión que se va a percibir tras jubilarse, y así decidir con datos sobre la mesa si conviene subir la base de la cotización", comenta Kania.
Así, los expertos aconsejan aprovechar la situación financiera de su actividad para modular la base de cotización y elevarla en los años más boyantes y recuerdan que a partir de los 47 años la subida de la base de cotización se encuentra restringida.
Si se prefiere cotizar por el mínimo, es conveniente complementar la pensión con ahorro a través de vehículos financieros
En opinión de Cortés, "si el autónomo prefiere no elevar su base de cotización, entonces al menos sería conveniente que ahorre y canalice esas rentas a través de vehículos financieros que le permitan contar con una pensión complementaria cuando llegue el momento de la jubilación".
En la misma línea, Carlos de Fuenmayor se muestra partidario de complementar la pensión, "con ahorro privado a largo plazo eligiendo el producto más adecuado para este fin que, en mi opinión y hoy por hoy es un Plan de Pensiones (pero bien seleccionado por un asesor independiente) o un seguro de ahorro/inversión con las mismas características y siempre modulando el riesgo al ciclo de vida concreto".
Los plazos y los riesgos son herramientas fundamentales a la hora de planificar las inversiones para la jubilación tanto para autónomos como para el resto de trabajadores. “Con aportaciones a partir de los 30 años, las posibilidades de conseguir un suplemento importante para la jubilación aumentan considerablemente con un esfuerzo mucho menor”, comenta Kania. “Un ahorrador que invierte 100 euros mensuales desde los 30 años puede llegar a acumular cerca de 120.000 euros. Si empieza a ahorrar 100 euros a partir de los 50 años, sólo habrá podido acumular cerca de 34.000 euros”, explica el experto de Deutsche Bank.
Asimismo, Mar Barrero apunta que "lo recomendable es utilizar distintos productos que se adapten tanto a la evolución de los mercados como al perfil de riesgo de cada ahorrador y a los años que falten para alcanzar la jubilación". Según explica la experta de Profim, "como norma general, cuanto más lejos quede la jubilación, más se puede arriesgar al invertir con el fin de obtener una mayor rentabilidad (no olvidar que a mayor potencial de revalorización, más riesgo implica la inversión)". Así, "a medida que se vaya acercando la edad de la jubilación (a partir de los 55 años), lo recomendable es apostar por alternativas más conservadoras que ayuden a consolidar lo ganado".
Amplias alternativas
A partir de estas pautas, el autónomo que quiera complementar su pensión a través de inversiones en vehículos financieros debe decidir por qué opciones inclinarse. "Los productos financieros más adecuados son los Planes de Pensiones, que permiten durante la fase de acumulación reducir la base hasta el 30% de los rendimientos del trabajo con un máximo de 8.000 euros", apuntan en Ibercaja Pensión.
Sin embargo, los débiles rendimientos que suelen registran muchos de estos productos y la posibilidad de que esa optimización fiscal que permiten se vuelva en contra del ahorrador si no está convenientemente estudiada llevan a muchos expertos a rehusarlos.
"El único atractivo que le vemos al plan es el ventajoso trato fiscal que tienen actualmente las aportaciones, puesto que estas se deducen en la declaración de la renta (aunque esa ventaja se pierde en el momento del rescate cuando hay que declarar las cantidades reembolsadas del plan como renta de trabajo, lo cual puede, incluso, generar un incremento del tipo impositivo)", observa Mar Barrero.
Frente a esto, Barrero se muestra más partidaria de los fondos de inversión "por liquidez, variedad, costes y por calidad en la gestión". Esta opción también es defendida por José Antonio Cortés: "Creo que es el vehículo óptimo, por profesionalidad, liquidez, diversificación. Además, sus traspasos no tienen impacto fiscal. Son un producto sin parangón".
Los planes de pensiones suponen una vía para optimizar la fiscalidad, pero puede volverse en contra
Obviamente, el universo de los fondos de inversión abre un abanico de opciones casi interminable, en las que bolsa, bonos y otro tipo de activos financieros se entremezclan para dar opción de apostar a los más diversos escenarios de mercado.
En los últimos tiempos han cobrado fuerza también otro tipo de alternativas para complementar la pensión, como son las rentas vitalicias. Éstas permiten obtener una rentabilidad de la venta de activos patrimoniales y son una de las opciones más asequibles para personas que están próximas a la jubilación y no cuentan con un colchón de ahorros suficiente para afrontar esta etapa.
"Son un producto que permite dotarse de una pensión complementaria con un tratamiento fiscal muy ventajoso. El rendimiento obtenido forma parte de la base imponible del ahorro que tributa al tipo correspondiente entre el 19%-23% en 2017, previa aplicación de una tabla de porcentajes de integración según la edad del rentista al constituirse la renta y permanecerán constantes durante toda su vigencia y que son del 20%, cuando el perceptor tenga entre 66 y 69 años y de solo el 8%, cuando el perceptor tenga 70 años o más", observan en Ibercaja, donde añaden que, "además, las plusvalías que se generen por la venta de elementos patrimoniales (acciones, fondos de inversión, viviendas, locales) que se lleven a cabo para constituir una renta vitalicia también está exentas de tributación con ciertos límites".
Estos son sólo algunos ejemplos de las alternativas con las que cuentan tanto autónomos como el resto de trabajadores que consideren oportuno construir un complemento para sus pensiones de jubilación. Planes de previsión asegurada (PPA), planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), los planes conformados por distintos colectivos profesionales a través de sus colegios o mutualidades o las más básicas inversiones directas en activos financieros complementan una gama de opciones casi abrumadora y que hacen casi imprescindible el recurso al asesoramiento financiero profesional. Cuando se trata de garantizarse una jubilación apacible, bien puede merecer la pena.
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