La Audiencia de Madrid ha rechazado la abstención planteada por el juez que investiga a la anterior cúpula de la Federación Española de Baloncesto (FEB), por lo que el magistrado Juan Antonio Toro tendrá que seguir instruyendo la causa en la que está imputado el ex presidente José Luis Sáez por la posible comisión de siete delitos. El procedimiento se incoó a finales de septiembre de 2016 y permanece prácticamente interrumpido desde hace casi ocho meses por la ofensiva de los dos principales investigados contra el juez.
En un auto notificado este lunes a las partes, del que ha sido ponente Vicente Magro Servet y al que ha tenido acceso El Independiente, los magistrados desestiman la pretensión del titular del Juzgado de Instrucción 36 de Madrid de dar un paso al lado sobre la investigación de los hechos al entender que "no concurre causa concreta y específica de abstención". Esta resolución es irrecurrible.
Como avanzó este diario el pasado 21 de diciembre, el juez Toro planteó su inhibición del procedimiento después de que los dos principales imputados -Sáez y el ex secretario general-director económico Luis Giménez- interpusieran sin éxito contra él una querella por prevaricación, dos incidentes de recusación y dos quejas ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Con su decisión de apartarse de la causa, el instructor pretendía que no quedara sombra de duda sobre alguna actuación.
En la resolución, la Audiencia de Madrid recuerda que la alegación invocada por Toro de que alguna de las partes personadas en el caso pueda dudar de su imparcialidad "no es causa legal" si no está amparada por alguno de las 16 motivos de abstención y, en su caso, de recusación que prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 219.
"La circunstancia de que se hayan presentado quejas ante el CGPJ no constituye una causa legal de abstención, así como la presentación de una querella por una de las partes, ya que ello sería una vía para apartar a un juez de un caso, además de haber sido ésta inadmitida, por lo que no puede estimarse una abstención si no existe una verdadera causa legal", concluyen los magistrados.
Con esta resolución termina el incidente de recusación planteado contra el magistrado Juan Antonio Toro, que retoma el control de la causa y tendrá que seguir adelante con su instrucción. Ésta permanece prácticamente paralizada desde finales de mayo debido a la estrategia judicial desplegada por Sáez y Giménez de arrojar dudas sobre la imparcialidad del juez.
La Audiencia de Madrid dice que la causa alegada por el juez Toro -que se dude de su imparcialidad- "no es causa legal" si no está amparada en un hecho objetivo
Entre los motivos de recusación alegados por Sáez, éste incluía la amistad de Rafael Cortés Elvira -ex Secretario de Estado para el Deporte y antiguo directivo de una empresa (Grupo Aegis) a la que alcanza la investigación y el juez Toro. Éste reconoció esa relación, pero negó que ello tuviera incidencia en los hechos que se investigan. "Don Rafael Cortés Elvira y el hoy recusado son amigos, pero Don Rafael Cortés Elvira no es parte ni como acusación particular, ni como acusación popular, ni como testigo en los hechos que se están investigando", razonó el instructor.
El sumario del caso Soule, en el que se investiga por corrupción al ex presidente de la Federación Española de Fútbo (RFEF) Ángel María Villar, incluye una referencia al magistrado Juan Antonio Toro. Como informó El Mundo, el juez participó en una reunión celebrada en un restaurante de Madrid diez días antes de la detención del destituido mandamás del fútbol en la que también estuvo presente Cortés Elvira.
El papel de la Federación
En la investigación, el titular del Juzgado de Instrucción 36 de Madrid ha dado prioridad a los ingresos millonarios que obtuvo la FEB con motivo de la organización de la Copa del Mundo en 2014. El magistrado Toro está a la espera de recibir el informe que, en labores de auxilio judicial, encargó a un técnico de la Agencia Tributaria. Este trabajo permitirá determinar si la Federación -imputada en el procedimiento como persona jurídica por blanqueo de capitales y fraude fiscal- fue cooperadora necesaria o víctima del detrimento patrimonial presuntamente provocado por la gestión de Sáez.
En la causa se investigan también los gastos personales imputados por Sáez al presupuesto de la Federación, lo que llevó al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) a poner los hechos en conocimiento de la Fiscalía General del Estado al apreciar trascendencia penal, y el desvío a otros fines de la ayuda que el Consejo Superior de Deportes (CSD) otorgó a la FEB a finales de 2010 para la construcción de un centro socio-educativo en Dakar (Senegal). Se trata de la subvención por la que el CSD reclama casi 400.000 euros a la Federación, que ha rechazado devolverlo al entender prescritos los hechos y ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo.
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