Cuando el pasado 6 de diciembre Pedro Sánchez comentaba a los periodistas en el Congreso que tenía la certeza de que se consumaría pronto la renovación del Tribunal Constitucional (TC), no estaba expresando un mero deseo o una convicción. No. Lo afirmaba con rotundidad porque en la Moncloa ya estaban preparando la herramienta que forzará el relevo en el tribunal de garantías y que le garantizará el vuelco progresista: se aprobará otro cambio legal y ultrarrápido para que no se demore más la entrada como magistrados del exministro Juan Carlos Campo y la ex alto cargo del Ejecutivo Laura Díez Bueso.
Las intenciones del Gobierno ya circulaban en los últimos dos días y este jueves por la noche elDiario.es adelantaba los detalles de esa modificación exprés (confirmada por este periódico), que se canalizará como dos enmiendas a la proposición de ley de supresión del delito de sedición. Enmiendas que los dos grupos que sostienen al Ejecutivo, PSOE y Unidas Podemos, registran este mismo viernes en el Congreso. El Gobierno actúa en un doble frente: primero, eliminando la exigencia de que el nombramiento de magistrados al TC por parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se haga por mayoría de tres quintos, y dos, haciendo que el tribunal de garantías tenga que admitir sí o sí a Campo y Díez, aunque no le haya remitido el órgano de gobierno de los jueces su propuesta de dos candidatos.
Ocho vocales del sector conservador del CGPJ han ido poniendo excusas para no designar a los dos magistrados del TC desde septiembre
Sánchez sentía que estaba sufriendo un "golpe de Estado" de la derecha judicial y política, por no reconocer la "legitimidad democrática" de su Gobierno. Así que corta por lo sano y fuerza la renovación del TC. Porque no estaba claro que se pudiera acometer. La Constitución de 1978, en su artículo 159.3, impone que los 12 miembros del TC se eligen por un periodo de nueve años y se renuevan por tercios cada tres. El pasado junio venció el mandato de cuatro magistrados, dos nombrados a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del CGPJ. El Ejecutivo cambió en julio la Ley Orgánica del Poder Judicial para devolver al CGPJ su potestad de designar a los dos candidatos al tribunal de garantías, y les fijó la fecha tope del 13 de septiembre de 2022 para que los eligieran. Pero no ha habido forma. Ocho vocales del sector conservador, promovidos todos ellos por el PP, han ido sumando excusas en todos estos meses para no dar esos dos nombres y completar, con los dos que aporta el Ejecutivo, la renovación pendiente.
El pasado 29 de noviembre, un mes más tarde de la ruptura de las negociaciones con el PP para actualizar el CGPJ, la Moncloa se cansó de esperar. El Consejo de Ministros postuló para el TC a Campo y a Díez. Para poder integrarse ambos, necesitaban del visto bueno del pleno del tribunal de garantías. No lo obtuvo porque este entendía que como la Constitución ordena la renovación por tercios, no se podía completar al faltarle los dos candidatos aupados por el CGPJ. Así que el TC optó por esperar al órgano de gobierno de los jueces, que tiene señalado un pleno el 22 de diciembre, sin que haya garantías de éxito. Precisamente porque persiste el bloqueo de los ocho vocales conservadores.
Un total de 11 días hábiles
Para salir del laberinto —y conseguir que el TC pase a tener mayoría progresista—, PSOE y Unidas Podemos firman dos enmiendas. La primera reformará la Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985) para cambiar la mayoría de tres quintos que debe reunir el órgano de gobierno de los jueces para elegir a los dos magistrados al TC que le corresponden. Bastará mayoría simple. Lo que se modifica es el artículo 599.1.1ª, para que en el plazo de cinco días hábiles, "los vocales del Consejo puedan proponer a la presidencia candidatos a magistrado o magistrada del TC". Cada vocal podrá postular a un aspirante y, cerrado el plazo de presentación de candidatura, quien ejerza la presidencia del CGPJ —desde la dimisión de Carlos Lesmes, la ocupa de manera interina el progresista Rafael Mozo—, en el plazo de tres días hábiles, "tendrá la obligación de convocar un pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados". Y ese pleno, sigue la enmienda, "se celebrará en el plazo máximo de tres días hábiles desde su convocatoria".
Si los vocales incumplen, pueden afrontar responsabilidades penales. Al TC se le priva de la facultad de verificar los requisitos de los nuevos magistrados
En ese pleno, sin necesidad de quórum mínimo, las candidaturas presentadas se someterán a escrutinio de los vocales en una votación única que no tendrá carácter secreto —como dispone el artículo 630 de la LOPJ—. Cada miembro del CGPJ solo podrá apostar por un candidato, y resultarán elegidos los dos magistrados que obtengan mayor número de votos, y no los tres quintos que se demandaban hasta ahora.
Es decir, que el desbloqueo del TC se puede producir a los 11 días hábiles de la publicación en el BOE de la reforma. Pero, para evitar otro nuevo capítulo de insubordinación de los vocales, los dos grupos incluyen este inciso: si hay incumplimiento, los vocales incurrirán en responsabilidades "de todo orden, incluida la penal".
La segunda enmienda de PSOE y Unidas Podemos modifica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (2/1979). Y señala que si a los nueve años y tres meses de mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y el Gobierno, "uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta, se procederá a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional". Es decir, que ya no se podría aducir que no se ha cubierto el tercio completo. Además, la enmienda suprime el proceso de verificación, por parte del pleno del TC, de que los nuevos magistrados cumplen con los requisitos exigidos. Se añade un apartado nuevo al artículo 19 de la ley para que sean los órganos proponentes en cada renovación y que prevé la Constitución —Congreso, Senado, Poder Judicial y Gobierno— los que hagan ese examen, los que comprueben que los candidatos promovidos cumplen con los requisitos. Y se añade una nueva causa de cese, "por no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 159.2 de la Constitución" ("los miembros del Tribunal Constitucional deberán ser nombrados entre magistrados y fiscales, profesores de Universidad, funcionarios públicos y abogados, todos ellos juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio profesional").
Saldrán Trevijano y Narváez
Con estas dos enmiendas, el Gobierno se asegura que sus nombramientos salen adelante y que se desbloquea definitivamente el TC. Porque el CGPJ tendrá que designar a sus dos candidatos, y con rapidez, y porque el tribunal de garantías deberá dar entrada a Campo y Díez, incluso aunque los vocales del Poder Judicial incumplieran su obligación.
La reforma quedará aprobada antes de que acabe el año por el Congreso y el Senado
Con el ingreso del exministro de Justicia y de la catedrática de Derecho Constitucional y ex directora general de la Moncloa, la mayoría del TC cambiará y pasará a ser progresista —salen el actual presidente, Pedro González-Trevijano, y Antonio Narváez, ambos nombrados por Mariano Rajoy—. No es nada excepcional, porque todos los gobiernos han designado a candidatos afines que han volcado las mayorías en el alto tribunal. Pero en esta ocasión todo se había enredado por el bloqueo del PP al relevo en el Poder Judicial.
Las dos enmiendas serán votadas en ponencia y comisión la próxima semana. El dictamen de la proposición de ley de reforma de la sedición irá a pleno del Congreso a continuación y luego al Senado. La iniciativa quedará definitivamente aprobada antes de que concluya 2022.
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