El Tribunal Territorial Militar Segundo, con sede en Sevilla, ha condenado a tres años, diez meses y 26 días de prisión al sargento de la Legión juzgado meses atrás por delitos contra la eficacia del servicio y de abuso de autoridad debido a la muerte por un disparo de fusil de un legionario mallorquín de 21 años durante un ejercicio desarrollado en marzo de 2019 en el campo de maniobras de Agost (Alicante), de la brigada de la Legión con base en Almería. La familia del fallecido reclamaba para él un total de 34 años de prisión.
La sentencia, emitida el pasado 29 de marzo, de 141 folios y recogida por Europa Press, condena al sargento de la Legión Antonio Saúl Guil a dos años, ocho meses y 26 días de prisión por un delito contra la eficacia del servicio militar, con las accesorias legales de suspensión de empleo, así como a indemnizar a los padres del legionario fallecido con 208,294,82 euros, declarando la responsabilidad civil directa de la aseguradora Plus Ultra hasta la cuantía de 150.000 euros y la responsabilidad civil subsidiaria del Estado.
Además, le condena a 14 meses más de prisión, por dos delitos de abuso de autoridad del artículo 48 del Código Penal Militar, también con la accesoria de suspensión de empleo.
En paralelo, la sentencia le absuelve de un delito contra la administración de justicia, de tres delitos adicionales de abuso de autoridad que se le achacaban y de un delito de asesinato.
Absueltos el resto de acusados
La sentencia absuelve además, y por completo, al resto de los acusados en este procedimiento, que fueron el capitán Antonio Cabello, acusado de supuesta deslealtad, abuso de autoridad, encubrimiento y desobediencia; el teniente Pablo Fernández, acusado de presuntos delitos contra la eficacia del servicio, abuso de autoridad, asesinato, contra los deberes del mando, de encubrimiento, desobediencia y deslealtad; el capitán Ricardo Gascón, acusado de un posible delito contra la eficacia del servicio y deslealtad; el cabo Alejandro Roca, acusado de encubrimiento y de delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas; el cabo Adrián Cóllar, acusado de supuesto encubrimiento; el soldado Abel García, acusado de encubrimiento y de delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas; y el soldado Alejandro Jiménez, acusado de presunto encubrimiento.
La sentencia detalla que en aquellas maniobras desarrolladas el 25 de marzo de 2019 en el campo de tiro de Agost, el pelotón que comandaba el sargento de Brigada de la Legión Antonio Saúl Guil acometió un ejercicio de asalto a un merlón con cuatro blancos, un ejercicio con munición real en el que el sargento participó "efectuando disparos".
Al finalizar dicha maniobra y ser reconocidos los blancos, según la sentencia, el sargento "ordenó continuar subiendo todos a la cresta del merlón", declarando probado que "uno de los disparos efectuados" por el sargento Guil en aquella maniobra "alcanzó al caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz", primero en el culatín de su fusil y después en su cuerpo, ocasionándole un "orificio de bala en el hemitórax derecho" que resultó en su muerte.
Tiro "directo"
El tribunal señala que merced a un informe de balística del servicio de Criminalística de la Guardia Civil y tres especialistas de dicho servicio emisores de tal documento, "ha quedado acreditado que el fragmento de proyectil" que mató al caballero legionario Jiménez Cruz "fue disparado" de manera directa "por el fusil perteneciente al sargento Guil", quien durante el juicio negaba tal extremo y atribuía el disparo mortal a un "rebote" de un proyectil.
Agrega el tribunal que aunque el sargento declarase en la vista que él no disparó desde el merlón asaltado, un estudio de los casquillos localizados en el mismo revela que siete de tales casquillos fueron disparados desde su fusil, destacando la "fiabilidad y validez técnico científica" de las periciales esgrimidas para estas conclusiones.
Por eso, el tribunal concluye que el caballero legionario Jiménez Cruz falleció por "un tiro directo desde una posición retrasada y a una distancia aproximada coincidente a la que se encontraba el sargento Guil". Así, el tribunal señala su "convicción de la autoría del disparo por parte del sargento Guil", extremo corroborado además por el informe forense.
Los "siete disparos" del sargento Guil
Según el prolijo relato del tribunal, ha quedado probado que el sargento, "desde una posición retrasada a los componentes del pelotón, realizó como mínimo siete disparos en lo alto del merlón, no quedando acreditado si los realizó por encima o entre los legionarios que estaban delante suya, alcanzando a uno de ellos, el caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz", fallecido a los pocos instantes.
Guil, como indica el tribunal, "actuó con culpa consciente", protagonizando "una acción imprudente causante del resultado", en este caso la muerte del caballero legionario Alejandro Jiménez Cruz", pero "en la culpa consciente no se acepta como probable el hipotético daño".
En ese sentido, el tribunal precisa que en paralelo a la "plena convicción" de que el sargento Guil efectuó el disparo mortal, "no se puede determinar con absoluta exactitud todos los detalles fácticos de la conducta realizada", señalando "la no absoluta certeza sobre la forma de ejecución del hecho probado", lo que "incide en la determinación de la pena" impuesta, principalmente un delito contra la eficacia del servicio militar, siendo descartado el presunto delito de asesinato.
La sentencia del Tribunal Territorial Militar Segundo, eso sí, es susceptible de recurso de casación ante la Sala Quinta de lo Militar del Tribunal Supremo.
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