El Tribunal Constitucional ha avalado su facultad de suspender a los cargos públicos y funcionarios que desobedezcan sus sentencias para "preservar el cumplimiento" de la Constitución de la que este tribunal "es el garante último". La resolución ha sido aprobada con ocho votos a favor y tres en contra. Con esta decisión, los jueces rechazan el recurso presentado por el Gobierno Vasco contra la reforma de la ley de este tribunal que fue aprobada por Mariano Rajoy en el 2015.
Los jueces explican que el Tribunal Constitucional es "un órgano jurisdiccional" y por tanto "tiene potestad para ejecutar sus decisiones". Por ello, les parece acertado que la reforma les permita suspender en sus funciones a los cargos públicos que no acaten sus sentencias. Y es que sostienen que la Carta Magna "no quiso un modelo cerrado, petrificado y congelado en el tiempo" de la jurisdicción constitucional.
La suspensión es una medida "gravosa"
Asimismo, explican que la facultad de suspender a cargos públicos no tiene un carácter "punitivo" aunque pueda ser "gravoso" y rechazan que esta posibilidad "implique una alteración del sistema de controles del Estado sobre las Comunidades Autónomas" que está recogido en el artículo 155 de la Carta Magna.
Para los togados la facultad que les otorga la reforma solo busca "garantizar la defensa de la posición institucional" del Constitucional "y la efectividad de sus sentencias protegiendo su ámbito frente a cualquier intromisión de un poder público que pudiera menoscabarla".
Además, subraya que la facultad de suspender de funciones a los cargos públicos "solo se aplicará cuando el funcionario deba cumplir la resolución y acredite su voluntad deliberada y persistente" de no obedecerla. Esta medida, según los jueces, se prolongará "durante el tiempo preciso para asegurar el cumplimiento" de la decisión judicial y se levantará "tan pronto como cese la voluntad incumplida".
El papel del Gobierno
Los magistrados también señalan que el Gobierno no podrá solicitar que se ponga en marcha este mecanismo aunque los jueces "podrán requerir ayuda" al Ejecutivo. Y recuerdan que hasta la reforma de la ley podían pedir la intervención del fiscal cuando sus sentencias no eran acatadas.
Así ocurrió recientemente en el caso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a la que el fiscal ha presentado una querella por desobediencia por haber permitido que la cámara catalana aprobara los mecanismos para iniciar el proceso de independencia.
Los magistrados Adela Asua, Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol han presentado un voto particular en el que tildan de "superficial" la argumentación de sus colegas y sostienen que la misma es "incompatible con la naturaleza y la gravedad" de los temas planteados en el recurso del Gobierno vasco.
Te puede interesar
-
El Congreso elige diez vocales para el CGPJ tras el pacto entre PSOE y PP
-
El TAD abre expediente a Javier Tebas tras una denuncia de Florentino Pérez
-
Bendodo señala al PSOE por usar el Tribunal Constitucional como "túnel de lavado" de los ERE
-
Un pueblo de Huesca y el máster de Begoña Gómez: las conexiones Sánchez-Barrabés
Lo más visto
- 1 El Independiente | El diario digital global en español
- 2 Mohamed VI: Radiografía de 25 años de reinado en Marruecos
- 3 Convocatoria oficial de la Selección Española de fútbol para los Juegos Olímpicos de París 2024
- 4 El error de cálculo de Pedro Sánchez. Por Casimiro García-Abadillo
- 5 De Reino Unido a Burgos: los ingleses que buscan pájaros en Las Merindades
- 6 Aflora una deuda millonaria en RTVE por viajes y dietas excesivos
- 7 Las meteduras de pata de Kamala Harris que llevaron al traste su campaña en 2019
- 8 Parón de las inversiones de fibra en Telefónica, Orange y Vodafone
- 9 Cuando ruge la marabunta