El Gobierno ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado un buen número de medidas que pasaron por el Consejo de Ministros este martes. Estaba previsto que entre los reales decretos que verían la luz estaría el que reforma la prestación del subsidio de desempleo, pero ha llegado con diferentes sorpresas. Por un lado, y tal y como ha publicado en primicia La Información, la percepción de la prestación no será compatible al 100% con el empleo, sino que la cuantía a recibir variará dependiendo de si el empleo es a tiempo parcial o completo, las horas de trabajo y cuándo se perciba. Por otro, la ley ahora recoge la prioridad de los convenios autonómicos sobre los estatales o sectoriales y también que solo podrán negociar convenios de artistas aquellos trabajadores con una antigüedad que, en la práctica, no existe.

"CEOE y CEPYME quieren mostrar su rechazo total a la aprobación, sin preaviso y desde el desprecio al Diálogo Social, de la prevalencia de los convenios autonómicos frente a los nacionales o de empresa, incluida en el paquete legislativo al que dio luz verde este martes el Consejo de Ministros. Desde el punto de vista formal, queremos recordar que la propia Constitución recoge el mandato de consultar a los agentes sociales modificaciones de este calado en la negociación colectiva. El Gobierno, una vez cumplido el mandato de la UE de contar con una reforma laboral pactada con los sindicatos y las organizaciones empresariales, se ha saltado de forma radical los acuerdos alcanzados en el Diálogo Social. Esto demuestra una falta de lealtad y confianza imprescindible para el Dialogo Social", han protestado las principales patronales.

Hay que restaurar las confianzas que en este momento se están viendo quebradas ante las decisiones unilaterales del Gobierno"

unai sordo, ccoo

"Desde CCOO instamos a Pedro Sánchez a que cuanto antes convoque una mesa de diálogo social para definir el perímetro de las reformas a negociar esta nueva legislatura, y para restaurar las confianzas que en este momento se están viendo quebradas ante las decisiones unilaterales del Gobierno como modificar la estructura de la negociación colectiva o propio decreto subsidio que si bien no son medidas que nos parezcan particularmente agresivas (...) están siendo tratadas por parte del Gobierno de una forma muy poco participativa con los agentes sociales. El diálogo social ha dado unos excelentes frutos en la anterior legislatura y creemos que es necesario que cuanto antes el presidente ponga en marcha los distintos espacios de concertación social para evitar situaciones que hemos vivido a lo largo del día de ayer", ha criticado el secretario general de Comisiones Obreras, Unai Sordo.

El subsidio de paro no será compatible con un empleo

En el caso del subsidio de desempleo, esa prestación que cobran los parados a los que se les ha agotado el paro si cumplen ciertos requisitos, la principal sorpresa ha venido del lado de cómo podrá compatibilizarse con un puesto de trabajo. En conversaciones con los periodistas, fuentes de Trabajo han recalcado en diferentes ocasiones la importancia de esta compatibilidad, y también habían dejado claro que no sería un problema con el Ministerio de Economía, cuyas exigencias estaban complicando la negociación. En la propuesta de Trabajo siempre figuró, o así lo contaron desde dicho Ministerio, que el 100% del subsidio debía poder percibirse durante los primeros 45 días en los que el beneficiario empezarse en un nuevo puesto de trabajo.

Finalmente, la norma recoge que encontrar un puesto de trabajo será compatible con el subsidio durante hasta 180 días, pero este experimentará una reducción considerable. Dependiendo de las circunstancias del trabajador, esa reducción será de hasta el 95% de la cuantía del subsidio. Por ejemplo, el mejor de los casos es el de un trabajador a tiempo completo que lleve menos de tres meses cobrando el subsidio: percibirá el 80% del IPREM durante los primeros tres meses de su nuevo empleo, y después la cuantía se irá reduciendo hasta apercibir un 20% del IPREM. En cambio, en el caso de un trabajador a tiempo parcial de menos del 50% de la jornada, empezará percibiendo el 60% del IPREM durante el primer trimestre del nuevo empleo y terminará percibiendo el 5% al final del periodo.

El subsidio se convierte así, en el caso de aquellos que se reincorporen al mercado laboral, en un "complemento de apoyo al empleo", tal y como consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Hay que recordar que los economistas han venido insistiendo en que el principal cambio que debía llevarse a cabo era este, el de compatibilizar el subsidio con el empleo, porque es importante convencer a los parados de que aceptar una oferta de trabajo les interesa para que así puedan reincorporarse al mercado laboral. Sin embargo, si por ley dejan de recibir la prestación cuando empiecen a trabajar y tienen el riesgo de ser despedidos al poco, podrían preferir continuar en el paro, en parte también por las dificultades legales para volver a percibir el subsidio, y por tanto por el riesgo a dejar de recibir ningún tipo de ingreso.  

Prevalencia de los convenios autonómicos

Según el mismo real decreto, los convenios colectivos y acuerdos interprofesionales autonómicos "tendrán prioridad aplicativa sobre cualquier otro convenio sectorial o acuerdo de ámbito estatal", siempre en caso de que "que dichos convenios y acuerdos "obtengan el respaldo de las mayorías exigidas" para constituir la comisión negociadora en la correspondiente unidad de negociación y su regulación resulte más favorable para las personas trabajadoras que la fijada en los convenios o acuerdos estatales".

Así, y tal y como el PSOE pactó con el Partido Nacionalista Vasco (PNV), los convenios autonómicos tendrán prevalencia frente a los nacionales o de empresa, una reforma que no se ha negociado con los agentes sociales y que ha provocado el enfado de las organizaciones de empresarios CEOE y Cepyme. Tan solo no podrán negociarse a nivel regional las siguientes materias: "el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica", como recoge la misma norma.

Los artistas no podrán negociar convenios

En el ámbito de las elecciones para órganos de representación de las personas artistas -las que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad- se establece que no podrán ser elegidas aquellas personas que no tengan una antigüedad en la empresa de al menos 20 días. Pero la mayoría de los artistas tan solo tienen contratos de días, por tanto no son elegibles si se exige dicha antigüedad.

"Las personas dedicadas a las actividades artísticas, así como a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para su desarrollo (...) serán electoras cuando sean mayores de dieciséis años y elegibles cuando tengan dieciocho años cumplidos y siempre que, en ambos casos, cuenten con una antigüedad en la empresa de, al menos, veinte días". A día de hoy, precisamente la corta duración de este tipo de contratos es la que impide llevar a cabo elecciones sindicales en el sector, y a consecuencia los sindicatos CNT, CGT, TACEE y PEATE han pedido que sean los sindicatos con implantación suficiente los que puedan negociar los convenios colectivos como alternativa esa representatividad que no puede darse.