En los últimos tiempos, el escenario de las hipotecas en España ha sido escenario de múltiples batallas legales enfocadas en los costes vinculados a la constitución de hipotecas.

Esta circunstancia ha generado una atmósfera de inseguridad y perplejidad entre numerosos propietarios de viviendas. No obstante, acontecimientos recientes han arrojado claridad sobre esta problemática, señalando una llamada de advertencia crucial para quienes poseen una propiedad y han cubierto dichos gastos.

La ventana para solicitar la devolución de los gastos hipotecarios ha experimentado varias modificaciones y debates a lo largo del tiempo. Se pensaba que el límite para iniciar reclamaciones contra los bancos por los costos de notaría, gestoría, registro, y tasación correspondientes a hipotecas firmadas antes de 2019 expiraba el 23 de enero de 2024.

Sin embargo, una sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha cambiado esta percepción de manera significativa.

Límite para reclamar gastos de la hipoteca

Este fallo judicial ha puesto en cuestión el período establecido anteriormente basado en el derecho nacional, que permitía reclamar hasta cinco años después de que el Tribunal Supremo español reconociera la naturaleza abusiva de ciertas prácticas en 2015.

Contrariamente, el Tribunal de Justicia de la UE ha determinado que, de acuerdo con la legislación europea, el plazo para solicitar la restitución de los gastos derivados de cláusulas abusivas no se limita a diez años, sino que empieza a contar desde el momento en que el consumidor toma conocimiento de la abusividad de estas cláusulas.

Esta decisión judicial ha resuelto las incertidumbres respecto al período para reclamar los gastos hipotecarios y ha introducido una nueva variable: el inicio efectivo de dicho plazo.

Según el Tribunal de Justicia de la UE, este tiempo comienza a correr a partir del conocimiento por parte del consumidor de la existencia de cláusulas abusivas, lo cual sugiere que no hay un límite temporal establecido para presentar dichas reclamaciones.

Este cambio representa un alivio significativo para muchos dueños de viviendas que se veían previamente constreñidos por plazos e interpretaciones legales restrictivas, permitiendo que quienes se sientan afectados por estas condiciones abusivas puedan reclamar en cualquier momento futuro, siempre y cuando estén al tanto de la naturaleza abusiva de las cláusulas en cuestión.

Qué se puede reclamar de la hipoteca

Dentro de este contexto, es esencial comprender qué aspectos de los gastos hipotecarios son reclamables. Basándose en la legislación vigente y sentencias anteriores, los propietarios tienen derecho a solicitar la devolución íntegra de los gastos de registro, gestoría y tasación, además de la mitad de los costos notariales.

Esta cuestión es de gran importancia, ya que, según estimaciones de organizaciones de consumidores, los gastos hipotecarios asumidos por los solicitantes varían entre 1.500 y 3.000 euros. Por lo tanto, la oportunidad de recuperar estos montos supone un relevante desahogo financiero para numerosos propietarios.

Cómo reclamar los gastos hipotecarios

El primer paso para iniciar una reclamación es recopilar todas las facturas asociadas a los gastos hipotecarios, incluyendo aquellas de gestoría, registro de la propiedad, notaría y tasación. Luego, los afectados pueden presentar una queja ante el banco mediante su servicio de atención al cliente.

Si el banco no ofrece una respuesta satisfactoria, es posible acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España o emprender acciones legales. Dada la complejidad de este proceso, resulta aconsejable participar en campañas organizadas por asociaciones de consumidores, las cuales poseen la experiencia y recursos necesarios para defender los intereses de los afectados de forma eficaz.

Cabe destacar que esta posibilidad de reclamación está dirigida a quienes formalizaron sus hipotecas antes de la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria de junio de 2019, la cual estipula que los bancos deben asumir estos gastos para las hipotecas constituidas después de dicha fecha.