La Guardia Civil ha archivado el expediente sancionador a los dos agentes que aseguraron que estarían dispuestos a "derramar sangre" en contra de la amnistía y en defensa de la unidad de España y la Constitución. Se trata del presidente y el secretario de la Asociación Pro-Guardia Civil (APROGC).
El 13 de noviembre, el Instituto Armado habría expediente por "falta muy grave" y la "suspensión cautelar de tres meses" sin empleo ni sueldo contra los dos guardias, así como contra el portavoz de Jucil, Agustín Leal por expresarse contrario a la ley que perdonaba los delitos relacionados con el procés en Cataluña. En el comunicado de APROGC, recordaron su juramento "ante la Bandera como militares", por el que están "dispuestos a derramar hasta la última gota de sangre en defensa de la soberanía e independencia de España y de su ordenamiento constitucional".
El pasado 11 de marzo, el jefe de la asesoría jurídica de la Guardia Civil proponía el archivo definitivo del expediente, algo que tuvo que refrendar el director general, Leonardo Marcos, después de un recorrido judicial. Los miembros de la asociación recurrieron la sanción por considerarla "grave y dura medida cautelar" contra la libertad de expresión. El Tribunal Militar Central les ha dado la razón "por considerarla absolutamente desproporcionada y no motivada", señalan.
La sentencia, a la que ha tenido acceso El Independiente, señala que ambos agentes poco tuvieron que ver con el comunicado donde aseguraban que "derramarían sangre" por la defensa de España. El Tribunal da por provado que el texto fue redactado por el bufete de abogados Penal Tech y señala que el secretario, además, no tiene responsabilidades en la comunicación pública de la asociación.
En el procedimiento, el fiscal llegó a señalar que la resolución de sanción "adolece de una absoluta falta de motivación" ya que "se limita a exponer unos hechos por los que se acuerda el inicio del procedimiento sancionador sin recoger los elementos y razones de juicio que permitan conocer cuáles han sido los criterios jurídicos que fundamentan la decisión […] y sin incluir la carga que la fundamente en derecho, limitándose a expresar una mera declaración de voluntad que, en ningún caso, es consecuencia de una exégesis racional del ordenamiento, transformándola en una decisión manifiestamente irrazonada que no podemos entender fundada en derecho, dado que la aplicación de la legalidad es tan solo una mera apariencia", según la asociación.
Libertad de expresión
En el mismo sentido se manifestó el Tribunal en diciembre de 2023 cuando tuvo que resolver la medida cautelar de la sanción, diciendo que esta debía ser "clara y contundente" por su gravedad sobre los derechos de los expedientados y por concurrir dos concretas circunstancias en este caso: la protección de un derecho fundamental de "tan especial relevancia" como lo es el de la libertad de expresión y que los hechos "tienen relación con el ejercicio de derechos tan relevantes como el de asociación".
El Tribunal habla de la "altísima relevancia en el orden de los derechos fundamentales del de libertad de expresión" que solo puede ser limitado mediante actuaciones de la Administración realizadas con un "exquisito deber de cuidado", pone de manifiesto que "lo reprochado a los expedientados fue realizado por ellos en su calidad de representantes de una asociación de guardias civiles" y concluye diciendo que ambas cosas están "especialmente protegidas por el ordenamiento jurídico".
En este sentido, la asociación profesional lamenta que en noviembre se informara de la apertura de expedientes con una "celeridad inusitada" tanto del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, como de la Dirección General de la Guardia Civil, motivo por el que los dos agentes expedientados tuvieron que personarse en un cuartel para recibir la notificación.
Expediente contra Jucil
La Dirección General de la Guardia Civil abrió en noviembre otro expediente a Agustín Leal, el portavoz de otra asociación profesional, Jucil, debido a los comentarios en redes sociales en los que se aludía a la "felonía" que suponía, en su opinión, que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, hubiera defendido la ley de amnistía ante el Comité Federal del PSOE.
Al portavoz de Jucil se le abrió en marzo un segundo expediente, en este caso por su discurso en una manifestación convocada en la Plaza de Cibeles de Madrid contra la ley de amnistía y para exigir la dimisión de Sánchez. En su caso, según fuentes de esta asociación, sendos expedientes continúan abiertos a la espera de decisión del Instituto Armado.
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hace 7 meses
Lo que tiene que hacer el Director de la G.C. es proponer en el CONSEJO de la G.C. es la READMISIÓN de los G. C. que fueron EXPULSADOS por un DELITO de sedición, que no cometieron, no lo digo yo, que también, por el cual fueron ENCARCELADOS (ROSA PIÑEIRO) lo dice dos sentencias a su favor la del tribunal Constitucional Nº RA871 y del TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS( ese que su gobierno pierde el culo cuando de etarras e independestistas) se trata la Nº 69966-01 y TRES RESOLUCIONES DEL CONGRESO PIDIENDO SU REHABILITACIÓN, de paso investigue la famosa «OPERACIÓN COLUMNA» donde mandos que siguen a su cargo si pudieron cometer DELITOS( DETENCIÓN ILEGAL, MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS, ALLANAMIENTO DE MORADA y un largo ect. Ya son 38 años de esta INJUSTICIA, uno por desgracia LINDE (D.E.P.) ya fallecido.