A partir del próximo mes de junio, el subsidio contributivo por desempleo para personas mayores de 52 años en España se someterá a cambios significativos. Estas modificaciones, diseñadas para incentivar el empleo y ajustar las bases de cotización, entrarán en vigor el 1 de junio, marcando un hito en la política laboral del país.
La reforma, promovida por Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo y Economía Social, tiene como objetivo principal brindar mayores oportunidades de reincorporación laboral para los desempleados de más de 52 años, al tiempo que garantiza su futura pensión de jubilación.
Estos cambios se encuentran contemplados en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, actualmente en fase de debate y con la expectativa de ser aprobado antes de la fecha de entrada en vigor.
Novedades en el subsidio para mayores de 52 años
Entre las novedades más destacadas se encuentra la posibilidad de que los beneficiarios continúen cobrando los 480 euros mensuales mientras trabajan a jornada completa o parcial durante seis meses. Esto marca un cambio significativo con respecto al régimen anterior, que solo permitía recibir el subsidio mientras se trabajaba a jornada parcial, sujeto a ciertos requisitos.
Otro aspecto fundamental de la reforma es la actualización de las bases de cotización. A partir de junio de 2024, las cotizaciones de jubilación para el subsidio de mayores de 52 años experimentarán un ajuste progresivo. Durante el ejercicio 2024, la base de cotización será del 120% de la base mínima, reduciéndose gradualmente en los años siguientes hasta alcanzar el 100% en 2028. Esta medida busca garantizar el cobro íntegro de la pensión de jubilación y adaptar las cotizaciones a las condiciones actuales del mercado laboral.
Subsidio y empleo al mismo tiempo
Es importante destacar que estos cambios solo afectarán a aquellos que se conviertan en beneficiarios a partir del 1 de junio de 2024. Quienes ya estén recibiendo el subsidio antes de esa fecha mantendrán la base de cotización del 125%, conforme al régimen anterior.
Una de las innovaciones más significativas es la posibilidad de compatibilizar el subsidio con un trabajo parcial o completo como incentivo para la reincorporación laboral. Según lo establecido en el Real Decreto-ley, aquellos que accedan al subsidio manteniendo contratos a tiempo parcial podrán convertirlo en un complemento de apoyo al empleo, durante un período de seis meses.
En cuanto a los requisitos para solicitar el subsidio para mayores de 52 años, se exige estar desempleado, haber agotado la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, y tener 52 años o más. Además, se requiere acreditar la cotización por desempleo durante un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral, entre otros requisitos.
Por tanto, los cambios en el subsidio para mayores de 52 años representan una evolución significativa en la política de empleo en España.
Estas medidas buscan no solo proporcionar apoyo económico a los desempleados de mayor edad, sino también fomentar su integración en el mercado laboral y garantizar su seguridad financiera a largo plazo.
Con su implementación prevista para el próximo mes de junio, se espera que estas reformas tengan un impacto positivo en la vida de miles de personas en el país.
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hace 7 meses
Me parece que todas las modificaciones a las que se refiere el artículo son las que se contenían en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, que efdectivamente se preveía enrasen en vigor el 1 de junio de 2024 … pero que fueron derogadas pocas semanas después por discrepancias de los socios parlamentarios y que recoge la Resolución de 10 de enero de 2024, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, publicada en el BOE del 12 de enero de 2024.
En resumidas cuentas: me parece que nada de lo que señala el artículo entrará en vigor ya que fue derogado en enero. Toda la prensa se hace eco de esto pero, en mi opinión, es un error. Convendría aclararlo. Hay mucha gente afectada.