La baja por enfermedad común, concedida por los médicos, tiene como consecuencia el diagnóstico de una persona, que queda considerada como incapacitada para realizar su trabajo durante un lapso de tiempo. Esta baja puede darse por una enfermedad o por un accidente no laboral, impidiendo acudir al puesto de trabajo y realizar la actividad. Es una incapacidad temporal en la que no se cobran los 3 primeros días, pero, ¿por qué?
Esta baja temporal tiene una prestación económica que cubrirá la pérdida de ingresos del trabajador, que recibe asistencia por parte de la Seguridad Social. Es a partir del cuarto día cuando se empieza a cobrar este dinero y si bien es algo que está asentado en la sociedad española, muchas personas no entienden cuál es el motivo por el que hasta después del tercer día de baja no se cobra.
Durante los 3 primeros días de baja de un trabajador, por enfermedad común, no resulta necesario expedir un parte médico y tampoco se percibe una cantidad económica, en una decisión explicada en el prisma del ahorro y las gestiones administrativas, ya que las estadísticas hablan de que el 80% de los empleados enfermos no acuden a consulta médico de manera inmediata.
Cuánto se cobra por baja y quién la paga
Si se da el caso de tener que pedir una baja por enfermedad común, tienes que saber que los tres primeros días no se cobra nada, pero a partir del cuarto puedes obtener un 60% de la base reguladora, hasta el día 21, cuando se pasa a cobrar el 75%. El convenio colectivo de cada empresa se guarda el derecho a aumentar los porcentajes, si lo cree conveniente.
En cuanto a los pagos de la baja, del día 1 al 3 no se paga, mientras que a partir del cuarto día y hasta el 15º es la empresa la que abona la cantidad al trabajador enfermo, si bien cuenta con la posibilidad de derivar parte del dinero a Seguridad Social o Mutua, a través del pago delegado.
Desde el decimosexto día y en adelante, los pagos se abonan por parte de la Seguridad Social o la Mutua, si bien, en caso de mejoras de los porcentajes de la empresa, por convenio colectivo, este aumento corre a cargo de la compañía privada.
¿Cuánto tiempo puede durar una baja?
La baja por enfermedad común, también conocida como una de las patas de la incapacidad temporal, se puede cobrar si se ha cotizado a la Seguridad Social un mínimo de 180 días en los cinco años anteriores.
La duración de la baja será del tiempo necesario, con un periodo máximo por ley de un año, tras el cual se daría otra situación, bien una prórroga excepcional de 180 días, que puede aumentar a otros 180 si hay circunstancias extraordinarias, o si pasan 545 días, habrá que realizar el trámite de solicitud de la incapacidad permanente.
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