El presidente del PP, Pablo Casado, ha mentado este miércoles hasta seis sentencias del Tribunal Constitucional que respaldarían la solicitud de amparo que prevé presentar su partido, apelando al reglamento del Congreso de los Diputados, para frenar la maniobra presupuestaria del Gobierno, con la que pretenden evitar el veto del Senado a la reforma de la Ley de Estabilidad Presupuestaria.
Y es que el uso de iniciativas legislativas como caballo de troya para introducir enmiendas que, en ocasiones, nada tienen que ver con el contenido propio de la iniciativa para hurtar el debate parlamentario de una u otra forma, tal y como supuestamente han hecho los socialistas para poder sacar adelante su nueva senda de déficit, no es una novedad y ya ha sido objeto, precisamente de enmienda, por parte del alto tribunal.
La enmienda presentada a última hora del martes por los socialistas a la proposición de Ley Orgánica que viene a regular la formación de los jueces en materia de violencia de género precisa que, "si aprobados los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública por el Congreso, los mismos fuesen rechazados por el Senado, dichos objetivos se someterán a nueva votación en el Pleno del Congreso, aprobándose si este los ratifica por mayoría simple". Algo así permitiría allanar el camino para aprobar los Presupuestos de 2019.
En el texto, al que ha tenido acceso El Independiente, los socialistas señalan que esta modificación es "especialmente urgente e imprescindible para que puedan seguir desarrollándose, en el ámbito presupuestario, las previsiones de la proposición de ley y el resto de los contenidos del Pacto de Estado en materia de violencia de género, aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados el día 28 de septiembre de 2017".
Pese a esta explicación, la maniobra ha sido interpretada por la oposición como una triquiñuela de dudosa legalidad. De ahí que el PP piense impugnarla.
El TC ya sentenció en contra
Sin embargo, el Tribunal Constitucional ya se ha manifestado en contra en alguna ocasión. Un claro ejemplo es el fallo del Tribunal Constitucional de 2011, en el que tumbó una maniobra similar llevada a cabo entonces por el Gobierno de José María Aznar en 2013 tras la petición de amparo de senadores del PSOE, Entesa Catalana de Progrés, CiU y el Grupo Mixto.
El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó el 20 de noviembre de 2003 el proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de arbitraje, por la que se modificaba la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Posteriormente, el Grupo Parlamentario Popular en el Senado presentó el 28 de noviembre de 2003 dos enmiendas al citado proyecto.
La segunda de ellas introducía una nueva disposición final primera, por la que se añadían nuevos preceptos en el Código Penal para tipificar el delito de convocatoria ilegal de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum, así como el de su promoción o participación como interventores; y para tipificar como delito la utilización de fondos o bienes de naturaleza pública, subvenciones o ayudas públicas de cualquier clase a asociaciones ilegales o partidos políticos disueltos o suspendidos así como a los partidos, entes o Grupos Parlamentarios que los sucedan. El conflicto vasco entonces preocupaba más que el independentismo catalán.
Entonces, los socialistas solicitaron a la Mesa del Senado la no admisión de las enmiendas y solicitaron que no se tramitasen al suponer verdaderas nuevas iniciativas legislativas que, por presentarse en el trámite de enmiendas en el Senado, impedían que los Grupos Parlamentarios del Senado y del Congreso pudieran ejercer la facultad de examen y enmienda de los proyectos de ley.
Además, denunciaban los socialistas que, en este caso, se pretendía "modificar un texto legislativo tan importante como el Código Penal, que no tiene conexión alguna con la iniciativa en trámite". Hasta ahí, el caso es muy similar, con la salvedad de que no se pretende modificar el Código Penal, pero sí una Ley Orgánica, y que el conflicto estalló en el Senado y que, en estos días, la maniobra se ha desarrollado en el Congreso.
Entonces, la Mesa del Senado, desestimó la solicitud, dando la razón al Gobierno del PP. Como consecuencia, las enmiendas fueron finalmente aprobadas, sin que el PSOE pudiera hacer nada más que denunciar una evidente restricción de la facultad de las minorías de presentar sus enmiendas a la propuesta de reforma penal y de discutirlas con el grupo mayoritario.
Tras su paso por el Ministerio Fiscal, el contencioso llegó hasta el Tribunal Constitucional que dictó sentencia en 2011, poco antes de que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero convocara las elecciones que auparon a Mariano Rajoy a La Moncloa. En dicho escrito, el TC acabó por dar la razón al PSOE.
Señalaba el alto tribunal que, aun asumiendo que en determinadas circunstancias pueden existir razones de urgencia que propicien acelerar la aprobación de una concreta iniciativa legislativa, existe la posibilidad de acudir a otros mecanismos, como, cuando resulte jurídicamente viable, al Decreto-ley o a las tramitaciones legislativas por los procedimientos de urgencia o en lectura única.
La tabla de salvación de Sánchez
"Dicho de otra forma, aceptar el ejercicio del derecho de enmienda como mecanismo paliativo o sustitutivo de las insuficiencias que pudieran tener los procedimientos legislativos supondría tanto como hacer caso omiso de la voluntad del constituyente", señalaba.
Y esa es precisamente la tabla de salvación de Sánchez, que en su réplica a Casado ha justificado su maniobra por la necesidad de propiciar precisamente el debate y poder utilizar los mecanismos parlamentarios supuestamente disponibles. "En realidad lo que queremos es un debate que es necesario en la Cámara y que una minoría -PP y Ciudadanos- está bloqueando en el Congreso", ha argumentado, lo que abre el camino de otras interpretaciones jurídicas.
Con estas diferencias, el TC sentenciaba entonces que la decisión de la Mesa del Senado de obviar la falta de homogeneidad entre las enmiendas y el contenido de la norma supuso una infracción de la legalidad parlamentaria, y añadía que, de esa forma, la oposición vio restringidas sus posibilidades de deliberación sobre un nuevo texto que planteaba una problemática política por completo ajena a la que hasta el momento había rodeado al debate sobre la Ley de arbitraje, frente a la que no pudieron tomar una postura que se concretase en propuestas de enmienda o veto.
Por ello, ochos años después declaró la nulidad de los acuerdos de la Mesa del Senado y acabó dando la razón al PSOE que, sin embargo, ha vuelto a usar la misma estrategia fundamentándola, en cambio, en el bloqueo por parte de Ciudadanos y PP a la reforma de la Ley de Estabilidad Parlamentaria.
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