Una sentencia es siempre una interpretación de una ley. Esa labor hermenéutica es esencial para entender la tarea de un tribunal. Sin esa función, los jueces, los tribunales perderían su esencia. Bastaría con un buen programa de inteligencia artificial para dictaminar sobre las faltas y los delitos.

La sentencia del Supremo sobre la ley de amnistía es, básicamente, un trabajo de hermenéutica. En resumen, determinar si la exclusión del delito de malversación que prevé la ley para los que hubieran tenido "un beneficio de carácter patrimonial" es aplicable a los responsables del procés.

Lo que el legislador no pude eludir es el hecho de que esos responsables, entre los que están el ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y su vicepresidente, Oriol Junqueras, utilizaron fondos públicos para promover la declaración de independencia de Cataluña. El matiz que incluye la norma (y que no incluía en una primera redacción) es que la malversación sí es amnistiable si los que incurrieron en ella no se enriquecieron, no obtuvieron "un beneficio de carácter personal".

El párrafo clave de la sentencia, para sostener que el delito de malversación no es amnistiable, y que, por tanto, sigue operando tanto para los ya condenados como para los prófugos, es el siguiente: "A nuestro juicio, quien dilapida los fondos públicos que ha de administrar con lealtad y los dedica a financiar el proceso independentista obtiene incuestionable beneficio personal, que se deriva de no aportar dinero procedente de su pecunio. Un proyecto, en suma, que para el resto de los ciudadanos que quisieron contribuir a hacerlo realidad y sumaron grandes o modestas cantidades sí representó, desde luego, un desembolso que afectó a su patrimonio".

Tanto Puigdemont como Junqueras utilizaron partidas del presupuesto, pagado con impuestos de todos los catalanes, incluidos los no independentistas, para financiar un proceso político para el que no habían sido aprobadas esas partidas presupuestarias. Por tanto, gastaron un dinero que no era suyo, en un proceso del que hubieran sido principales beneficiarios. El "beneficio personal con carácter patrimonial" consiste en eso precisamente.

El Supremo estima que Puigdemont y Junqueras obtuvieron un beneficio personal al impulsar el procés con fondos públicos

Negarle al Supremo su capacidad para interpretar la ley (la hermenéutica) supone desconocer para qué sirve el alto tribunal.

Entiendo el enfado del Gobierno. El Supremo ha dejado en barbecho el intercambio pactado con Puigdemont: apoyo político a cambio de amnistía. Al presidente se le olvidó que las normas tienen que ser interpretadas por los tribunales. No tuvo en cuenta la hermenéutica.

Turull, secretario general de Junts, ha calificado la sentencia como "una decisión política que vulnera las normas más elementales de la democracia". ¿Se refiere a la separación de poderes? ¿O es que su idea de la democracia consiste en que los jueces obedezcan sin rechistar a los otros poderes?

El PSOE, por su parte, opina que los jueces "han opinado sobre las leyes, sobre los pactos entre distintas fuerzas políticas". Tampoco entienden la labor hermenéutica del Supremo. Puigdemont va más lejos y compara a la Sala Segunda con la mafia. "Toga Nostra", proclama en la red social X.

¿Qué harán ahora los afectados por una decisión que mantiene a Puigdemont y a Junqueras fuera de la ley? Pues recurrir al Tribunal Constitucional. Lo harán en los próximos días.

Allí les espera Cándido Conde Pumpido y sus bloque de seis fieles. ¿Qué decidirá el TC? No lo duden ni por un momento: echará abajo la hermenéutica del Supremo. Aunque para eso no está el TC. Pero ya hemos visto lo que ha pasado con la sentencia sobre los ERE, que hoy tendrá una segunda bochornosa parte.

El Gobierno ha convertido al Constitucional en una instancia superior respecto al Tribunal Supremo. Eso es como reinterpretar el Estado de Derecho. El Gobierno no entiende de hermenéutica, sólo actúa en clave de poder.