Renting, leasing o coche por suscripción. Cada vez surgen más alternativas para disponer de un vehículo sin tener que abonar la gran cantidad de dinero que supone su adquisición y posterior mantenimiento.

Estas, tanto la del renting, leasing y otras son fórmulas que hoy ya toman forma en España de una manera considerable, si bien el concepto de propiedad sigue estando muy arraigado.

Tener un coche en propiedad ya no es algo prioritario

De hecho, como sabemos, lo que se observa es una tendencia irresistible en la actualidad es la de que, cada vez más, la propiedad de un vehículo ya no es una prioridad para muchos.

Eso no quiere decir que haya cada vez menos conductores, sino que hay cada vez menos propietarios de vehículos… y todo debido a florecer otras alternativas a la compra como el renting, pero también el leasing o el coche por suscripción.

Cada vez hay menos propietarios de coches / Shutterstock
Cada vez hay menos propietarios de coches / Shutterstock

En la actualidad debemos hablar de varios procesos para adquirir un coche: leasing, renting o coche por suscripción. Claro que siempre podemos afrontar un pago al contado, pero dependerá de cuan boyante sea nuestra economía.

Pero antes de optar por uno de estos sistemas que ofrecen las propias marcas, debemos saber qué son, qué ofrecen, qué ventajas tienen y, sobre todo, qué inconvenientes nos pueden presentar a nosotros como particulares.

Coche por renting o leasing, qué es cada uno

Con todo, la principal diferencia entre el renting y el leasing es que el leasing es un alquiler de un vehículo con opción a compra obligatoria y el renting no.

Un contrato de leasing es un contrato de arrendamiento financiero en el cual la empresa arrendadora está obligada a ofrecer la compra del vehículo pasados determinados años desde el inicio del contrato.

El leasing se caracteriza por estos aspectos:

  • Pago por cuotas. Normalmente, el leasing tiene inicialmente la intención de finalizar en la adquisición del bien. Es decir que las cuotas que se han pagado durante el contrato de alquiler, se descontarán del precio final cuando el contrato acabe y se decida comprar.
  • Gastos tributarios. Al ser una cuota de amortización, debe aparecer en el ejercicio fiscal de la empresa y se debe contabilizar como un gasto tributario.

A diferencia de lo que ocurre en el contrato de renting, este no cubre los servicios que conlleva un vehículo o un bien inmueble, por lo que debe pagarlos el cliente.

En el renting no se fija opción de compra final

Mientras, en el renting no se contempla la opción de compra obligatoria (aunque la empresa de renting puede llegar a ofrecer esta posibilidad de compra transcurrido cierto tiempo).

En lo que se refiere al contrato de renting, este es un contrato de arrendamiento mercantil por el cual una empresa pone a disposición nuestra un vehículo a cambio de una cuota mensual, como se ven con las opciones disponibles de Flexicar.

Se trata de un contrato que no transfiere la propiedad del vehículo, sino que cede el derecho de uso al arrendatario y en el que suelen incluirse otros servicios como el mantenimiento o el seguro del coche.

Por tanto, si el cliente financia un coche con renting, el contrato incluye el seguro, la inspección técnica de vehículos (ITV), las revisiones o el cambio de neumáticos, entre otros. No obstante, se debe tener en cuenta que otros costes como el combustible no entran en dicha cobertura. Otras características del renting son:

  • Amortización periódica. El contrato de renting funciona como un alquiler, es decir, se va pagando el bien mensualmente, no hay que pagar todo al contado.
  • Ventajas fiscales. En el balance de la empresa, este contrato cuenta como un gasto adicional, ya que a efectos fiscales solo figura como un servicio y no como un activo o un pasivo. Además, si el bien se destina a la actividad laboral, es posible deducirse el impuesto sobre el valor añadido (IVA), así como el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Diferencias entre renting y leasing

  • En el renting no se fija opción de compra final, aunque, en ocasiones, el cliente puede optar por quedarse con el bien abonando una cantidad.
  • El renting va más encaminado a garantizar la funcionalidad en todo momento y tener la necesidad de un vehículo cubierta. En el leasing el objetivo es tener el vehículo al final. Podemos decir que uno soluciona la necesidad y el otro financia el bien.
  • En el renting se contemplan los impuestos, revisiones, seguros y otras necesidades adicionales del vehículo. En el leasing puedes decir que van aparte. Una avería de un vehículo en leasing va a cuenta del arrendatario.
  • El leasing es más rígido, ya que tiene que ser fiel a los plazos estipulados y marcados por la ley. El renting es más libre, puesto que te permite la negociación de las cláusulas, según los intereses de las partes.
  • Las posibilidades al finalizar el contrato en el caso del renting son dos: devolver el vehículo o prorrogar el contrato. Y en el caso del leasing se incluye una tercera opción, que es hacer efectiva la obligatoria opción de compra. Solo en algunos casos, el renting también incluiría el cambio de propietario abonando una cantidad residual.

La conclusión es clara; si necesitamos una mayor flexibilidad a la hora de disponer de un coche, la modalidad del renting sea la mejor opción. En cambio, si necesitamos un alquiler de mayor duración, siempre te será más rentable el leasing.

Además, si por otra parte nuestra prioridad es la de cambiar de vehículo cada poco tiempo para disfrutar de un mejor etiquetado de la DGT, debemos decirte que la modalidad más viable es la del renting.