Los diversos intentos para que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no declare en la Moncloa ante el juez que investiga a su mujer no tienen muchas posibilidades de prosperar. En una semana el magistrado se desplazará a la residencia presidencial, por lo que los plazos para que los recursos presentados por la defensa de Begoña Gómez y la Fiscalía, así como la propia Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), apuntan a que Sánchez terminará siendo grabado por los técnicos judiciales.
Este martes, el abogado de Gómez, Antonio Camacho, y la Fiscalía presentaron dos recursos para que no se tomara declaración grabada al presidente del Gobierno. La defensa no ve motivos para citar a Pedro Sánchez y reseña, una vez más, que no conocen los indicios que llevan al juez a hacer esta diligencia. Peinado ha decidido tomar declaración al presidente a raíz de la declaración de Barrabés en sede judicial, quien indicó que se reunió dos veces en Moncloa en presencia de Sánchez.
La disputa está en la declaración grabada del próximo 30 de julio. El juez quiere preguntar a Sánchez en calidad de marido, mientras que la defensa y el Ministerio Público alegan que eso sería incongruente ya que hay "numerosas menciones" en escritos de las acusaciones populares que aluden a actuaciones de Pedro Sánchez "en el marco de la función de presidente del Gobierno".
"¿Qué se espera que declare el testigo llamado sobre la actividad atribuida a su esposa? ¿Que sea la primera persona de los llamados que afirme esa influencia y prevalimiento? ¿Que la conocía o que participó? ¿Que colaboró? ¿Que fomentó la actividad?", se pregunta el fiscal en el recurso presentado este martes.
Los plazos
Las fuentes consultadas señalan que el tiempo que queda hasta la fecha señalada por el juez Peinado juega en contra de las posibilidades de Pedro Sánchez para no recibirle en Moncloa. Desde Javaloyes Legal, despacho especializado en derecho penal, explican que el juez tiene un plazo de dos días para resolver los escritos. Teniendo en cuenta que el 25 de julio es festivo pero sí es hábil, el magistrado podría tomar su decisión final el próximo jueves o viernes.
"Estos recursos se interpretan estériles", explica una segunda fuente jurídica, ya que "los jueces rara vez cambian su criterio a petición de una de las partes". Los expertos consultados consideran una "torpeza clarísima" el paso dado por Camacho ya que se puede considerar una medida "dilatoria".
Los expertos de Javaloyes apuntan que, después de la decisión del juez, en un sentido o en otro, el instructor tendría que dar traslado a las partes, incluidas las acusaciones, para que puedan alegar. Ahí tendrían otros dos días, por lo que el escenario ya estaría en torno al 30 o 31 de julio, demasiado tarde para Sánchez. Si tanto el magistrado como Hazte Oír, Manos Limpias, Vox, Iustitia Europa y Aitor Guisasola quisieran responder lo más pronto posible y se dictaminase que el juez acudirá a Moncloa, la defensa y la Fiscalía podrían apelar a la Audiencia Provincial.
Si se llegase a esa situación, el periodo para presentar escrito es de 5 días, pero "los expedientes es normal que tarden tres meses, fácilmente". "No hay razón jurídica para resolverlo con una premura excepcional", señalan desde el citado bufete". A todo se suma que los recursos no paralizan la realización de unas diligencias de investigación.
¿Qué dice la ley?
La ley tampoco está del lado del presidente en esta ocasión. Por ejemplo, en una resolución reciente de la Audiencia Provincial, a la que ha accedido este periódico, se señala que "contra los autos que acuerden la práctica de prueba, no cabe recurso alguno", y cita dos artículos de la LECrim, el 659 y el 785.1. Es decir, que la Audiencia a pesar de ser una instancia superior no tiene capacidad para enmendar una decisión del instructor.
"Contra los autos de admisión o inadmisión de pruebas no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de que la parte a la que fue denegada pueda reproducir su petición al inicio de las sesiones del juicio oral", se puede leer en el texto legislativo.
La resolución de la Audiencia Provincial de Madrid pertenece a una causa de la que El Independiente ha ido informando en los últimos meses y en la que se investiga a un alto cargo del Ministerio de Justicia por el borrado del audio de un menor dentro de un proceso de divorcio.
La jueza del Instrucción número 7 de Madrid acordó citar al director general de Transformación Digital de la Administración de Justicia, Aitor Cubo, como investigado, ya que su departamento se encarga de grabar las vistas de todos los juzgados de España.
La Fiscalía recurrió la decisión, alegando que en el momento procesal era más conveniente que declarase como testigo, teniendo la obligación de decir la verdad. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ratifica la imputación de Cubo, que está a la espera de tener fecha para ir a declarar como investigado. Entre los motivos, la Audiencia recuerda que no cabe "recurso alguno" contra los autos que acuerden "la práctica de la prueba", algo aplicable a la situación de Pedro Sánchez el próximo 30 de julio.
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hace 4 meses
a ver Peinado, el 412,2 de LECrim está vivito y coleando, existe, no como los que te inventas tú. Solo fata que te atrevas a vulneraldo para que ya el espectáculo sea insuperable.
hace 4 meses
La prevaricación resulta evidente
y, por si acaso,
el fachijuez Peinado,
preocupado, se ha ido de puente.
hace 4 meses
Ya se verá si el juez atiende o no el escrito, porque el juez sabe que si deniega la petición de declarar por escrito le va a atacar toda la jauría mediática de izquierdas con acusaciones de prevaricación.
En este caso la jurisprudencia cuenta poco frente a las herramientas de poder que tienen los investigados.