Con ya cuatro años de andadura, en 2020 el Gobierno introdujo el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. En 2024, el Gobierno ha aprobado que el IMV se revalorice un 6,9%.
Como tal, el objetivo del Ingreso Mínimo Vital es reducir la pobreza, la desigualdad y la exclusión social y mejorar la protección. Esto se hace apoyando con una prestación económica periódica a personas que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.
Ahora bien; antes de que finalice el año, la Seguridad Social va a revisar la situación particular de cada una de las personas beneficiarias de la prestación. Es por eso que hay uno de los requisitos clave que, si no se cumple, puede suponer la pérdida del derecho a esta prestación.
¿En qué consiste el Ingreso Mínimo Vital?
Hablamos de una medida aprobada por el Gobierno para ayudar a los hogares más desfavorecidos mediante la concesión de una prestación mensual. Su importe podrá oscilar entre los 462 euros y los 1280 euros.
El mismo forma parte de un programa de rentas mínimas cuyo objetivo es actuar como un mecanismo de garantía de ingresos para la población más vulnerable económicamente. Posteriormente, en 2021, se aprobaría la Ley del Ingreso Mínimo Vital.
En esta ley se define el ingreso mínimo vital como "una prestación económica de periodicidad mensual que cubre la diferencia entre el conjunto de ingresos que ha recibido el hogar unipersonal o la unidad de convivencia durante el año anterior y la renta garantizada determinada por la ley". Para calcular el importe de esa renta garantizada se recurre a un anexo a la propia ley en el que se establecen unos porcentajes en función del número de componentes de la unidad familiar (un adulto solo, uno o más adultos, un adulto con uno o más menores, etc.).
¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?
Para solicitar el IMV es fundamental cumplir con una serie de condiciones establecidas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Tal y como se detalla específicamente en su página web, los requisitos son los siguientes:
- Que la persona que lo solicite tenga 23 años, o 18 años si hay menores a cargo. Además de no ser beneficiario de una pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de una pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
- Poder demostrar que se han solicitado previamente otras prestaciones y no haberlas conseguido.
- Que la persona solicitante haya vivido de forma independiente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- Que se cuente con un año de residencia legal en España y poder demostrarlo.
- En el caso de que hablemos de unidades de convivencia, estas deben haberse formado al menos un año antes de la solicitud.
- Cabe destacar que podrán ser beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o socio-sanitario.
De todas formas, y más allá de cumplir cada uno de estos puntos, para tener derecho al cobro de esta prestación, el servicio público tiene la obligación de comprobar que sus destinatarios son personas que realmente necesitan dicha ayuda.
Se vigilará que los ingresos declarados en la Renta no sobrepasen el nivel exigido
Y para ello la Seguridad Social recurre al condicionante de no sobrepasar determinado nivel de ingresos, cifra que se actualiza anualmente. O lo que es lo mismo; quienes sobrepasen ese tope de rentas se pueden despedir de la ayuda estatal.
Por lo que, debido a que la Seguridad Social revisará los ingresos declarados de todos los beneficiarios de esta ayuda, es posible que en 2025 algunos de ellos la pierdan. La declaración de Renta, que todo beneficiario de IMV está obligado a hacer, es la herramienta que determinarán estas comprobaciones.
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