"Solicitud de puesta en libertad del agente con T.I.P. 7691". El jefe del área de Rusia del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) acusado de un delito de traición y otro de revelación de secretos por pasar, presuntamente, información a los espías de Estados Unidos ha pedido su excarcelación después de que el Tribunal Supremo se haya negado a dar las órdenes en las que autorizaron la entrada y registro de su casa y la intervención de su teléfono. Este agente asegura que el Supremo no las da porque no existen y que se han laminado todos sus derechos en esta investigación.

Este agente se encuentra en prisión provisional desde el pasado 30 de septiembre de 2023, es decir, hace un año y casi tres meses, cuando fue detenido junto a otro subordinado que quedó en libertad unas semanas después. En un duro escrito, al que ha tenido acceso El Independiente, el espía asevera que el CNI está mintiendo al asegurar que contaba con órdenes judiciales para realizar la investigación en la que se descubrió que estaba supuestamente poniendo en riesgo la Seguridad Nacional.

La titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Madrid, que lleva la batuta de las pesquisas, decidió excarcelar al otro teniendo en cuenta que desclasificar documentación para el esclarecimiento de ciertos extremos de la investigación podría demorarse. Ahora, el jefe de los espías acoge este argumento porque la juez ha requerido al CNI que desclasifique esas órdenes de entrada y registro, ya que el Supremo se ha negado a hacerlo. El agente dice que este proceso, que debe pasar por el Consejo ministerial, puede durar años. "Especialmente en el período de absoluta inestabilidad política que atraviesa el Reino de España en estos momentos, y siendo competencia del Consejo de Ministros, la espera podría durar meses, incluso años, pudiendo recaer en un hipotético nuevo Ejecutivo a la vista de los escándalos políticos y judiciales de rabiosa actualidad".

Pero, además, su tesis pasa porque esas órdenes no existan. Su defensa se está basando en acreditar que la investigación se hizo mermando todos los derechos fundamentales del agente porque se le intervinieron los dos teléfonos móviles sin autorización previa y porque se hicieron varias incursiones en su vivienda sin que ningún juez las hubiera autorizado.

Como ha contado este medio, el Supremo ha rechazado remitir "documentación alguna referente a la causa solicitada toda vez que este Tribunal no es competente para tramitar su exhorto", por lo que para el abogado de la defensa "la respuesta arrojada" evidencia que se desconocen tales autos.

"Deviene razonable inferir que no han atendido al requerimiento de la Ilma. Sra. magistrado por cuanto dichas autorizaciones sencillamente no existen, aún y cuando han sido manidamente reiteradas tanto documentalmente como a través del interrogatorio practicado a altos mandos del CNI en el seno de la presente causa", dice el escrito.

El interrogatorio a la directora de Seguridad

La directora de Seguridad del Centro que declaró hace unos meses aseguró que esas ratificaciones judiciales existían:

-Letrado: Ha dicho usted que mucha de la información se encontró en los dispositivos particulares [de ambos acusados]. ¿Cuántas veces solicitaron autorización para realizar esos accesos al magistrado de enlace del Tribunal Supremo que controla la legalidad de la actividad del Centro Nacional de Inteligencia?

-Directora de Seguridad: Le puedo decir que hemos solicitado autorización al magistrado, pero no cuántas veces porque no me acuerdo, no tengo ese dato.

-Letrado: Bien, ¿Tienen documentado esa solicitud?

-Directora: Por supuesto.

La denuncia inicial que fue rubricada por la directora del Centro de los espías, Esperanza Casteleiro, también iba en esta línea: "Durante la investigación de seguridad, el CNI ha empleado distintos medios humanos y materiales y ha hecho uso de sus capacidades de distintas naturaleza y alcance. En particular se ha de reseñar por su singularidad que el magistrado del Tribunal Supremo competente para ejercer el control judicial previo del CNI, ha autorizado al CNI a practicar entradas en el domicilio en distintas ocasiones y ha autorizado la intervención de las comunicaciones del principal denunciado de estar llevando a cabo, presuntamente, actividades delictivas contrarias a la seguridad nacional".

El abogado dice que de este documento "deviene inequívoco en cuanto a la existencia de varias y hemos de entender que bastantes, autorizaciones atinentes a la entrada y registro domiciliaria, intervención de comunicaciones y, aún y cuando no se manifiesta expresamente, balizamiento del vehículo". Sin embargo, no ha habido éxito con la petición al Tribunal Supremo.

Tampoco el Centro ha colaborado en dar la información de la auditoría interna por la que se detectó que el acusado estaba sacando detalles extramuros que no podía. El letrado requirió que se aportara esta base de datos para ver la huella digital con la que el CNI trabajó y apuntaló la acusación, pero también se ha denegado sobre la base de que es un archivo informático que no puede entregarse. "Este hecho es palmariamente falso, provisto de absoluta mala fe y de un ánimo pernicioso de engañar al órgano judicial y sustraer al arbitrio de la correcta defensa", señala su abogado.

Por todo ello, consideran la "absoluta improcedencia del mantenimiento de la medida" carcelaria "un solo minuto más" y piden a la magistrada del caso que se apiade de las fechas navideñas para acordar la excarcelación del funcionario.