El PSOE de Pedro Sánchez se caracteriza por su falta de escrúpulos a la hora de amoldar las leyes a sus intereses como partido, siempre al servicio del presidente.
Sin ningún rubor, los socialistas derogaron el delito de sedición, modificaron el delito de malversación y se sacaron de la manga una ley de amnistía de dudosa constitucionalidad para obtener el apoyo de los independentistas catalanes.
Ahora el PSOE pretende, mediante ley orgánica, cargarse la esencia de la acusación popular, que está jugando un papel destacado en casos de corrupción como, por ejemplo, los que afectan a la esposa de Sánchez, a su hermano y al que fuera hombre clave de su gobierno, José Luis Ábalos. Y, además, quiere que la aplicación de esta ley sea retroactiva. Es decir, que, si se aprueba, tengan que retirarse de los procedimientos ya citados las acusaciones que están presentes en los mismos. Por pedir, que no quede.
Con esta ley, el PSOE busca matar dos pájaros de un tiro. Porque no sólo abocaría al casi seguro archivo de algunas de las causas de corrupción ahora en fase de instrucción, dado que la acusación quedaría en exclusiva en manos de la Fiscalía, sino que evitaría la entrada en prisión de Carles Puigdemont, al ser Vox quien ejerce como acusación popular.
Para aprobar la ley, el PSOE necesita de todos los apoyos del bloque de investidura. Parece obvio que tanto Junts como ERC votarán a favor sin rechistar. Al igual que lo harán Bildu, Sumar y Podemos. Si, en los próximos días, el partido de Puigdemont cambia de opinión sobre los presupuestos generales ya sabemos a qué se debe.
Vayamos a la miga de este bodrio jurídico. La proposición de ley se presenta como la "protección de los derechos fundamentales frente al acoso de acciones judiciales abusivas". La palabra clave es "acoso". En reiteradas ocasiones, el presidente Sánchez ha afirmados sentirse "acosado" por un conglomerado al que bautizó como "máquina del fango". Esta ley está, pues, diseñada para él mismo y su entorno más cercano.
La ley que limita la acusación popular está diseñada para beneficiar al presidente Sánchez y a su entorno
En su exposición de motivos, el texto reseña la "aparición de sectores manifiestamente autoritarios... con estrategias abiertamente lesivas para las personas y organizaciones enfrentados a esos sectores". De ahí, concluye, el uso abusivo de la figura de la acusación popular. Un diario afín al gobierno la ha bautizado como "ley antiultras".
De un plumazo, la ley elimina como actores de la acusación popular a los partidos políticos y a todas aquellas organizaciones ligadas de alguna forma a los partidos. Por eso Vox quedaría fuera de la causa contra Puigdemont, así como el PP tendría que abandonar la que se sigue contra Ábalos, Koldo y Aldama.
Es discutible que los partidos estén legitimados para ejercer la acusación popular y tiene cierta lógica pensar que su acción estará siempre motivada por el beneficio electoral que obtienen al atacar ante un tribunal a su contrincante político, pero hacerlo ahora, con la que está cayendo, y sin el consenso del principal grupo de la oposición, deslegitima al PSOE para llevar adelante la reforma. Cuando el PP pretendió hacerlo, en 2017, con Rajoy en el Gobierno, y con Sánchez liderando ya el PSOE, los socialistas montaron en cólera acusándole de querer abortar el caso Gürtel, en el que el Partido Socialista de Valencia ejercía como acusación popular. El PP cedió y se echó para atrás. Meses después se dictó la sentencia sobre Gürtel y acto seguido Sánchez presentó la moción de censura que le llevó a la presidencia del gobierno. Era el mes de mayo de 2018.
La proposición de ley no sólo se quita de encima a los partidos y a las asociaciones ligadas a ellos (cómo se va a determinar esa ligazón será una cuestión que va a dar mucho juego), sino que limita al máximo la acción de la acusación popular, hasta el punto de desnaturalizarla.
Por ejemplo, la acusación popular sólo podrá intervenir de manera plena una vez concluido el periodo de instrucción. Es decir, que mientras se lleva a cabo la investigación de los hechos, las acusaciones populares no tendrán acceso a las diligencias y documentos que sirven de base para cimentar la acción acusatoria. De esa forma, además, se evitan las filtraciones que tanto preocupan al Gobierno, pero que en sumarios que afectaban a otros partidos se deleitaba en airear.
Asimismo, se inadmitirán las querellas "basadas en informaciones periodísticas" sin otros datos o elementos fácticos que sirvan para acreditar los hechos denunciados. Los jueces ya tienen la capacidad de inadmitir querellas sin base, pero ahora el listón se eleva aún más, requiriendo que las informaciones publicadas en las que se base la acusación popular no sólo cumplan los requisitos de veracidad, sino que aporten pruebas, lo que se corresponde con la instrucción del caso y cuyo peso recae habitualmente en la policía judicial.
Como remate, cualquier juez que haya dado su opinión sobre un asunto de debate público (pongamos por caso, la amnistía) podrá ser recusado si el acusado cree que su veredicto puede estar contaminado. Los acusados de corrupción y los independentistas sediciosos pueden brindar con champán.
Como colofón, esta ley, nefasta para la democracia, deroga el delito de ofensas a los sentimientos religiosos (artículo 525 del Código Penal), algo que alboroza a la progresía. Veremos si Lalachus se atreve este año con Alá.
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1 Comentarios
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hace 5 horas
Sí, sí, sr. GArcía Abadillo, todo muy bien; lo que usted dice se repite en todos los periódicos, todos los dias desde hace ya tiempo, pero ni una sola palabra de cómo impedir que un golpista se salte todas las leyes, invente unas nuevas y nos acerque cada vez más a un conflicto civil entre españoles.
Espero de los medios de comunicación algo más que lamerse las heridas lacrimonicamente y cruzarse de brazos.a verlas venir.