El jefe de gabinete de Isabel Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, ha entregado al Tribunal Supremo los mensajes que él recibió de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid en relación a su caso por el fraude fiscal. El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, está imputado por un delito de revelación de secretos al haberse hecho públicos los correos internos entre el fiscal y el abogado de Alberto González Amador (novio de Ayuso) en este asunto, pero fuentes jurídicas consultadas señalan que el hecho de que Miguel Ángel Rodríguez terminara difundiendo un primer email puede amortiguar la investigación para García Ortiz. Este es uno de los argumentos que la Abogacía del Estado utilizará en defensa del fiscal.

"Buenos días Alberto. He recibido correo del fiscal. Parece que todo sigue en pie. Le voy a llamar al fiscal para ir concretando. La idea mía es que al final solo haya un condenado. Y multa mínima", indica el WhatsApp enviado del letrado Carlos Neira a su cliente Alberto González Amador. Es la mañana del 12 de marzo de 2024 cuando el fiscal del asunto, Julián Salto, le acaba de recordar a Neira que no hay problema en llegar a un pacto si así lo desean ("parece que sigue en pie") y le envía copia de la denuncia que la Fiscalía ha interpuesto en el juzgado por el fraude a Hacienda.

González Amador lo remite tal cual lo ha recibido al jefe de gabinete de Ayuso y le reenvía también el correo íntegro de su abogado con el letrado Carlos Neira a las 9:09 de la mañana, es decir, pocos minutos después de que el fiscal Salto lo haya enviado.

La tarde del 13 de marzo, un día después, 'El Mundo' publica que la Fiscalía ha ofrecido un pacto a la pareja de Isabel Díaz Ayuso y es entonces cuando se activa el equipo del Ministerio Público para desmentir esa noticia. Son exactamente las 21:29 de la noche. La proposición de un acuerdo ha salido del letrado de González Amador y no al revés y en ningún momento ha habido "órdenes de arriba" para frustrarlo como empiezan a publicar después algunos medios en ese momento.

Los periodistas de 'La Sexta' o de la 'Cadena Ser' publican entonces que el pacto ha nacido de la Fiscalía, pero lo hacen después de que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se haya hecho con dichos correos. El fiscal del asunto, Salto, se los remite tanto a él como a la fiscal Superior de Madrid, Almudena Lastra, a las 21:59, mientras que las noticias de esos medios de comunicación salen después de las diez de la noche.

Para el juez del Tribunal Supremo, Ángel Hurtado, es clave que la literalidad de los correos se empezara a conocer cuando ya estaban en poder de García Ortiz. De hecho, a pesar de que los periodistas han manifestado que los tenían desde antes, él ha expuesto en su escrito para llamar a declarar al jefe del Ministerio Público que el indicio más revelador es que los emails no se conocen hasta después de que le lleguen a él.

En los Whatsapp que Miguel Ángel Rodríguez ha aportado hay otro dato relevante y es que él envía a una lista de difusión de periodistas ese 13 de marzo a las 22:27 horas otro mensaje insinuando que algunos medios mienten. "Mirad la realidad del email que recibe el abogado del señor González" y a partir de ahí entrecomilla la literalidad del correo.

Para distintas fuentes jurídicas consultadas el hecho de que sea el propio Amador el que exponga su intimidad a Rodríguez y luego éste lo rebote a un grupo de difusión con muchos periodistas deja claro que el propio afectado es el que saca del ámbito privado sus comunicaciones. Así las cosas, consideran que el delito de revelación de secretos puede menguar con este argumento jurídico.

Algunos magistrados, como Miguel Pasquau Liaño --juez del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía-- ya apuntaban esta teoría jurídica hace unos días. "Cuesta argumentar el carácter delictivo de la conducta del FGE [fiscal general del Estado], aunque se probara que 'filtró'. Lo revelado no supone un salto cualitativo, pues es sólo respuesta o aclaración a lo (falsamente) sugerido por la revelación anterior de MAR", indicó en sus redes sociales.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo

Por otro lado, fuentes jurídicas señalan a este periódico que la jurisprudencia del Tribunal Supremo también podría jugar un papel a la hora de amortiguar el posible delito de revelación de secretos de García Ortiz. En concreto, en una sentencia del año 2008, la Sala de lo Penal del alto tribunal estableció que, en el momento que informaciones reservadas son divulgadas a periodistas, pierden su carácter secreto, y su difusión a partir de entonces no puede ser constitutiva de un delito de esta naturaleza.

En dicha resolución, el Supremo argumentó que, en casos como el de una doble filtración de información a dos medios de comunicación, no cabe considerar que haya una continuidad delictiva. "[...] salvo que en sucesivos actos de revelación se fueran incorporando nuevos datos reservados, lo cierto es que a partir del primero de ellos ha de entenderse que el secreto ya no es propiamente un secreto, la reserva respecto de la información ya ha desaparecido, y, por ende, que el delito no puede reiterarse".

Precisamente, fue este razonamiento el que llevo a la Sala Segunda a archivar la querella que interpuso la Asociación Liberum contra la vicepresidenta primera y Ministra de Hacienda del Gobierno, María Jesús Montero, por revelar información sobre González Amador. En un escrito, el juez explicó que cuando Montero efectuó las manifestaciones sobre la pareja de Ayuso que se denunciaban, la denuncia de la Fiscalía (en la que figuraba el informe de la Agencia Tributaria a cuyo contenido aludió la vicepresidenta) ya había trascendido a terceros y se había hecho público, por lo que no pudo revelar ningún dato que en ese momento debiera permanecer secreto.

El Supremo recordó que las declaraciones de la titular de Hacienda se produjeron a las 17:30 horas del 12 de marzo de 2024, y que esa información había sido previamente publicada por 'eldiario.es' a las 6:01 horas, por lo que no reveló ningún dato que debiera permanecer oculto.