La Seguridad Social ya estaba dejando de retener el IRPF de las nuevas prestaciones de maternidad y paternidad después de que el Tribunal Supremo sentenciara el pasado 3 de octubre que estas ayudas no debían tributar.
Con esta base, el Ministerio de Hacienda ha confirmado que la devolución que se realizará para reparar las retenciones realizadas durante los últimos cuatro años no prescritos también afectará a los padres, en tanto que no quedaba claro en la sentencia del Supremo que su decisión fuera extensible.
Por otro lado, la devolución de estas cantidades parece inminente toda vez que Hacienda y la Seguridad Social ha llevado a cabo el cruce de datos previo a la publicación del formulario mediante el cual podrán solicitarse las devoluciones.
No obstante, hay cuestiones que podrían levantar polvareda una vez se ponga en marcha el sistema de devoluciones. En primer lugar, Hacienda prevé devolver estas cantidades con intereses de demora solo en el caso de que las declaraciones de la renta de los años correspondientes resultaran a ingresar. En las declaraciones a devolver, el fisco devolverá cantidades estrictamente retenidas de forma indebida.
Por otro lado, el Consejo General de Economistas ha desvelado que Hacienda no permitirá rehacer las declaraciones pasando de tributaciones individuales a conjuntas, en el caso de que alguien lo solicitar al considerar que en el nuevo escenario tributario sería más rentable.
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