Apenas 15 días después de que el Gobierno de Pedro Sánchez empezara a andar, la nueva ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, avisaba de que uno de los principales objetivos de su departamento sería atajar la realización de horas extraordinarias ilegales en las empresas. Por una cuestión de justicia y por ser un verdadero 'agujero' económico para las arcas públicas.
Según los cálculos que maneja el Gobierno, cada semana se realizan hasta nueve millones de estas horas, lo que equivale a unos 300.000 puestos de trabajo que de materializarse aportarían unos jugosos ingresos adicionales a la Seguridad Social. Los socialistas estiman que por esta vía se están escapando a día de hoy nada menos que 2.000 millones de euros.
Medio año después, aquel aviso acaba de tomar forma y, según teme la patronal CEOE-Cepyme, es muy probable que el Ejecutivo aborde esta cuestión por la vía del real decreto. ¿Cómo? De entrada, el Gobierno puso en marcha en el mes de agosto el llamado Plan Director, que lanzó una ofensiva de la Inspección de Trabajo contra la contratación temporal sin causa, y también aquella a tiempo parcial.
En el primero de los casos, los datos de conversión de contratos temporales en indefinidos por el mero hecho de haber enviado miles de cartas a empresas avisando de dicha ofensiva se han disparado, no así la detección de jornadas a tiempo parcial irregulares. Una de las razones es que los inspectores no cuentan con un registro de horas que permita aclarar qué es una jornada a tiempo parcial o a tiempo completo.
Sin embargo, a través del establecimiento de un sistema obligatorio de registro de horas en las empresas, esto es, obligando a que todos los trabajadores vuelvan a fichar en sus centros de trabajo, la Inspección puede acabar de completar su misión. Y esto, no es ya una reforma (previsiblemente por decreto), sino una revolución en el terreno laboral.
El borrador de propuesta de modificación, que Trabajo se apresuró a considerar un documento más en medio de una negociación tras su publicación por el diario Cinco Días, resume, a la espera de lo que luego pueda quedar tras las deliberaciones con patronal y sindicatos, cuál es la intención de Gobierno en este terreno.
El documento, que consta de tres páginas, se apoya en sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo que aconsejan estos cambios, y prevé ocho cambios fundamentales en el Estatuto de los Trabajadores.
Los derechos del trabajador. En primer lugar, el texto reconoce el derecho de los empleados a "conocer la duración y la distribución de su jornada ordinaria de trabajo, así como su horario de trabajo", algo que ocurre cada vez menos, sobre todo a raíz de la proliferación de los llamados empleos bajo demanda, como son los asociados a las plataformas digitales y las empresas de delivering.
El horario, por contrato. Además, deja claro que el horario habitual ha de concretarse "de forma expresa" en el contrato de trabajo. Es decir, que no será suficiente con que aparezca reflejado como "una mera referencia" en el convenio colectivo de aplicación.
Los detalles del horario. Más aún, la propuesta del Gobierno llega hasta el punto de plantea que dicho registro diario de jornada deberá incluir "el horario concreto de entrada y salida de cada trabajador" y que "se totalizará mensualmente".
Por escrito durante cuatro años. Como es lógico, puesto que las horas de entrada y salida del trabajo quedarán plasmadas, para facilitar las labores en una eventual inspección de Trabajo, el borrador prevé que la empresa deberá conservar durante cuatro años estos registros, y que permanecerán en todo momento en el centro de trabajo a disposición de la autoridad inspectora.
La responsabilidad, de la empresa. Las obligaciones para las empresas llegarán incluso hasta llevar la responsabilidad de registrar la jornada de cada trabajador de forma diaria y de entregar a cada persona un resumen escrito del registro en periodos regulares no superiores al mes. Además, los representantes de los trabajadores también deberán ser debidamente informados del cumplimiento de estas obligaciones.
Las horas extra, al descubierto. La consecuencia de todo esto es que las empresas deberán dejar constancia a partir de ahora de cada hora extraordinaria que se realice, que estas horas quedarán registradas durante cuatro años y que los sindicatos y representantes de los trabajadores tendrán conocimiento de todo ello.
Los mayores temores para las empresas
¿Se pueden registrar todos los horarios? No. Uno de los principales temores de las empresas ante esta iniciativa del Gobierno es la imposibilidad de cumplir estas obligaciones en muchas empresas, por su reducido tamaño, que dificulta el registro en sí, o por el sector en el que operan, como es el caso de los medios de comunicación o las actividades comerciales.
Consciente de estas eventualidades, el borrador determina que "el Gobierno, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Trabajo y previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, podrá establecer ampliaciones o limitaciones en la ordenación y duración de la jornada de trabajo y de los descansos, así como especialidades en las obligaciones de registro de jornada, para aquellos sectores, trabajos y categorías profesionales que por su peculiaridad así lo requieran".
Es decir, que el texto contempla la posibilidad de reconocer excepciones.
Régimen sancionador. Pero lo que más temen las empresas son las posibles sanciones por incumplimiento. El texto modifica también la Ley de Infracciones y Sanciones de forma que la falta de registro de la jornada por parte de las empresas conllevará una penalización. Concretamente, "se entenderá que el empresario incurre en una infracción por cada trabajador afectado".
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