Casi un año después de que Pedro Sánchez anunciara el inmediato traslado de los restos de Franco, cinco magistrados del Tribunal Supremo deciden este martes si dejan en suspenso la exhumación como han pedido los nietos del dictador y tres partes más -el prior de la abadía, la Fundación Nacional Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos- o si, por el contrario, allanan con su decisión el camino para que el Gobierno pueda consumar su deseo de enterrarlo en el cementerio de Mingorrubio-El Pardo (Madrid) el próximo 10 de junio a partir de las 10 horas.
Aunque el alto tribunal desestimara la medida cautelar de paralización hasta entrar a analizar el fondo del asunto y dictar sentencia, la opción menos probable en estos momentos, el traslado de la momia desde la basílica de Cuelgamuros al futuro emplazamiento difícilmente podría consumarse en la fecha anunciada por el Ejecutivo de Pedro Sánchez. El Ejecutivo carece tanto de la preceptiva licencia urbanística para llevar a cabo los trabajos necesarios -la Abogacía del Estado ha interpuesto un recurso de recusación contra el magistrado de lo Contencioso-Administrativo que acordó la suspensión y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no lo ha resuelto aún- como del permiso de la orden benedictina que se encarga de la custodia del tempo para acceder al interior.
El Independiente pone sobre la mesa las principales cuestiones a tener en cuenta antes de que el Supremo determine si la exhumación puede materializarse ya o, por el contrario, habrá de esperarse a que se dicte sentencia.
- ¿Qué tribunal decide sobre la citada medida? Lo harán los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo Antonio Fonseca Herrero, Jorge Rodríguez-Zapata, José Luis Requero, Celsa Pico y Pablo Lucas. Según ha podido saber El Independiente, la mayor parte de los jueces cree que debe estimarse la medida cautelar, ya que, si se trasladan los restos de Franco de actual sepultura en el Valle de los Caídos en contra del criterio de los descendientes, se causaría un perjuicio irreparable a los mismos en caso de que finalmente el tribunal les dé la razón cuando estudie el fondo del asunto. Sin embargo, en la Sala también hay quien piensa que no cabe estimar la citada medida. No obstante, se tratará de dar una respuesta unánime a la cuestión.
- ¿Por qué ha tardado tanto el Supremo en pronunciarse sobre la medida cautelar? El pasado mes de abril, en una decisión promovida por el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez Picazo, la Sala decidió sacar este asunto de la campaña electoral para no interferir en los comicios generales, a lo que se ha unido la ampliación de los recursos por parte de las partes. Concluido el ciclo electoral con las municipales, europeas y autonómicas en varias comunidades, la decisión ya no puede demorarse dado que se avecina la fecha que ha marcado el Gobierno para llevar a cabo la exhumación, traslado y posterior reinhumación del dictador. Ha llegado la hora de que la Justicia diga si se puede abrir ya la losa de granito de tonelada y media que tapa el sepulcro de Franco en Cuelgamuros o, por el contrario, esa posibilidad ha de posponerse hasta que el Tribunal Supremo entre en el fondo y dicte sentencia.
- ¿Qué significa que se estime la medida cautelar? Pues que el Ejecutivo de Pedro Sánchez -actualmente en funciones- no podría sacar los restos de Franco de la basílica de Cuelgamuros hasta que el alto tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto, es decir, hasta que dicte sentencia y diga y si dicha exhumación es acorde, o no, a derecho. Las fuentes jurídicas consultadas por este diario no tienen dudas de que, en ese escenario, la resolución no se produciría hasta 2020.
- Si desestima la medida cautelar, ¿podría el Gobierno llevar a cabo la exhumación en la fecha anunciada? Probablemente tampoco. Motivo: no dispone de la preceptiva licencia urbanística, preceptiva para llevar a cabo las tareas de retirada de la tapa y su sustitución por otras losetas idénticas a las adyacentes. El pasado 25 de febrero, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 3 de Madrid acordó medidas cautelarísimas y suspendió provisionalmente el informe por el que el Ayuntamiento de San Lorenzo del Escorial (Madrid) -el 26 de noviembre de 2018- declaraba admisibles las obras urbanísticas que el Gobierno pretende ejecutar en el interior de la basílica del Valle de los Caídos. Será el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el órgano que tendrá que resolver si dicho juzgado debe seguir tramitando el procedimiento después de que la Abogacía del Estado recusara a su titular, el magistrado José Yusty Bastarreche. Los servicios jurídicos consideran comprometida la imparcialidad de este magistrado después de que en 2007 hubiera redactado un artículo titulado Gobierno y armada española en la monarquía absoluta. A finales de la pasada semana, el tribunal ha dado traslado de las actuaciones a la Fiscalía para que informe antes de dictar una resolución.
- ¿Tiene el Ejecutivo autorización para acceder a la basílica? No. La congregación religiosa que se encarga del culto y la custodia del templo ha negado por escrito la autorización al Gobierno para llevar a cabo la exhumación con el argumento de que la familia del dictador se opone al traslado. Los benedictinos interpretan que, si se materializara ya la exhumación, se produciría una "clara vulneración" del principio de inviolabilidad y de la competencia exclusiva de la Iglesia sobre un "lugar sagrado", consagrados en el Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos y en el Canon 1213 del Código de Derecho Canónico. La orden entiende también que el Gobierno vulneraría su libertad religiosa y de culto y violaría el derecho a la intimidad y vida propia y familiar de los nietos de Franco si se ejecutara la medida sin su aprobación, como sentenció el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) el pasado 20 de septiembre a cuenta de la exhumación de dos ciudadanos polacos -fallecidos en un accidente de avión- en contra del criterio de las familias (sentencia Solska y Rybycka). La Corte de Estrasburgo obligó al Estado a indemnizar a cada viuda con 16.000 euros.
- ¿Cómo pretende llevar a cabo el Gobierno el traslado? El acuerdo por el que el Consejo de Ministros puso fecha el pasado 15 de marzo a la exhumación de los restos de Franco -el próximo 10 de junio, después de las elecciones generales del 28 de abril- incluye detalles precisos sobre el modo en que el Gobierno pretende sacar el cuerpo embalsamado del dictador de la basílica del Valle de los Caídos, donde permanece desde el 23 de noviembre de 1975. Con la asistencia del titular de Justicia como notario mayor del Reino, el Ejecutivo ha fijado para las 10 horas del 10 de junio el inicio de las "operaciones de exhumación", antes de que los restos se trasladen hasta el panteón que la familia tiene en el cementerio madrileño de Mingorrubio(distrito de El Pardo) para su reinhumación. El Ejecutivo pretende adoptar medidas a fin de evitar que se puedan emplear dispositivos de captación y reproducción de imagen y sonido para inmortalizar una escena que sería histórica.
- ¿Cuándo anunció Pedro Sánchez que sacaría a Franco de Cuelgamuros? En una conversación informal con periodistas mantenida en el patio del Congreso de los Diputados el 27 de junio de 2018, tan sólo unas semanas después de llegar a La Moncloa, Sánchez dejó entrever su intención de exhumar los restos cadavéricos de Franco antes de agosto del pasado año. La improvisación y haber subestimado las dificultades que entrañada la materialización han obligado al Ejecutivo a ir anunciado nuevas fechas y a que, casi un año después, el traslado siga sin ejecutarse.
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