Economía

¿Facilidades con la nueva Ley Hipotecaria?

¿Facilidades con la nueva Ley Hipotecaria?

El Independiente junto con J.A. Muñoz-Zafrilla Abogados responde a todas las dudas de nuestros usuarios recibidas a lo largo de los últimos días a raíz del artículo sobre la nueva Ley Hipotecaria.

Pregunta.- ¿Con la nueva ley tengo más facilidades para cambiar mi hipoteca de banco?

Respuesta.- Hasta la reforma de la ley hipotecaria aprobada en el pasado mes de Junio, el consumidor dependía de la contraoferta que le hiciera su banco para saber si se podía cambiar o no de banco porque si la propuesta de su banco era mejor que la que le hacía la nueva entidad financiera,  debía quedarse con su banco.

Con la nueva Ley esto se ha modificado y es el consumidor quién tiene la última palabra a la hora de decidir si quiere o no cambiar de banco, con independencia de que la contraoferta realizada por su banco iguale o mejore la ofrecida por el nuevo banco.

Pregunta.- ¿Si cambio de entidad financiera con una hipoteca anterior a la Ley tengo que pagar comisión de subrogación?

Respuesta.- La entidad financiera podrá solicitar una comisión no superior al 0,15% del capital reembolsado anticipadamente durante los tres primeros años de vigencia del contrato de préstamo. Transcurridos esos tres años, no podrá exigir ningún tipo de comisión.

Pregunta.- ¿Cómo cliente puedo elegir la firma tasadora de la vivienda o local ?

Respuesta.- El cliente podrá elegir la sociedad que quiera para tasar su vivienda sin necesidad de que sea la del mismo banco en el que firma la hipoteca.

Si tienes alguna consulta acerca de la nueva Ley Hipotecaria, te ayudamos en: [email protected]

Con la colaboración de:
Muñoz-Zafrilla

 

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