La verdadera revolución del autoconsumo está a la vuelta de la esquina. Los hogares y las pequeñas empresas que han dado el paso de producir su propia energía podrán rebajar la factura gracias a volcar a la red la electricidad que no consuman desde principios de 2020. Las estimaciones del Gobierno es que en enero y febrero todo esté listo para que los pequeños clientes empiecen a vender su electricidad y que se les compense por ello.
El secretario de Estado de Energía, José Domínguez, ha desvelado que “en un par de meses” estará en marcha el mecanismo de compensación de excedentes que permitirá a los autoconsumidores ahorrar en su factura eléctrica. Lo ha hecho durante su intervención en el Congreso Nacional de Energías Renovables, organizado por la patronal Appa, ante un auditorio deseoso de que le confirmaran el impulso al autoconsumo.
El largo proceso normativo y técnico ha bloqueado durante meses el inicio del sistema de compensaciones, hasta ahora. Un mecanismo que el Ministerio para la Transición Ecológica hará efectivo tras recibir las instrucciones técnicas de Red Eléctrica de España (REE) y tras la aprobación, hace apenas unos días, por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) de los procedimientos para estandarizar el imprescindible intercambio de información entre las comercializadoras, distribuidoras las comunidades autónomas y los propios clientes.
Unos meses después de tumbara el famoso impuesto al sol como primera paso, el Gobierno aprobó el pasado abril un real decreto con el que allanaba la expansión del autoconsumo en España. Un decreto que abría la puerta a que hogares y pequeñas empresas puedan ser compensados en sus facturas por la electricidad que produzcan y no consuman inmediatamente; hacía posible que varios vecinos de un bloque, varios edificios colindantes o varias empresas cercanas compartan una misma instalación de autoconsumo; y al tiempo se despejaban trabas burocráticas y administrativas que entorpecían la expansión de esta fórmula de generación y consumo.
Con la nueva norma, el Gobierno permitía la implantación de un mecanismo simplificado para que las eléctricas compensen a los autoconsumidores por la energía que generen y que no consuman de manera instantánea. Las comercializadoras descontarán de la factura de los usuarios la electricidad que aporten a la red y no consuman en su propio hogar o en su propia empresa.
Una medida que se realizará con condiciones. Sólo es aplicable a los usuarios que tengan instalaciones de menos de 100 kilovatios de potencia y siempre que la energía sea de origen renovable (para autoconsumo lo normal es que utilicen placas fotovoltaicas).
Además, los autoconsumidores que se acojan a este tipo de compensación (facturación neta) no podrán hacer negocio y obtener una remuneración monetaria por la producción, sino sólo descuentos en la factura. Los hogares y las empresas adscritas a este sistema verán rebajado su recibo hasta un máximo del 100% del componente de energía de su factura, que viene a ser un 35% del importe final.
En caso de que vertieran más electricidad de la que realmente consuman, no recibirían una compensación mayor a ese descuento y en ningún caso la contraprestación sería dineraria. Además, la compensación sólo afecta al componente de energía de la factura, y los peajes y cargos que se pagan como parte del recibo y los impuestos incluidos (en conjunto, aproximadamente un 65% del pago total) se seguirán abonando íntegramente.
Las comercializadoras de las cinco grandes eléctricas -Endesa, Iberdrola, Naturgy, EDP y ahora también Repsol- que ofrecen la tarifa regulada de la electricidad, el denominado Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC), están obligadas a ofrecer estas condiciones a sus clientes y llevar el descuento hasta el 100% de la electricidad consumida. Los hogares con tarifa regulada y que sean autoconsumidores podrán ver rebajada en su factura toda la electricidad que aporten.
En cambio, las comercializadoras del mercado liberalizado –unos dos centenares- podrán pactar libremente con sus clientes las condiciones con que se desarrolla esta compensación. Las eléctricas, por ejemplo, podrán imponer a sus usuarios descuentos en la factura inferiores al 100% de la electricidad aportada previsto con carácter general y no tienen obligación de cumplir los requisitos máximos.
Los autoconsumidores que se acojan a esta modalidad simplificada no podrán obtener ingresos monetarios por verter electricidad a la red, sólo descuentos en el recibo. Los usuarios que sí que pretendan tener ingresos más allá de los descuentos en la factura, deberán constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando los trámites y las declaraciones fiscales que exige la ley.
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