Con el cierre de año es momento de revisar cuestiones que podrían compensar los resultados en la declaración de IRPF. Desde la asesoría empresarial Arrabe Integra han realizado una recopilación con los diversos factores que un autónomo o emprendedor debe tener en cuenta, para obtener un resultado más acorde con su actividad real.
En primer lugar, cabe recordar que las inversiones en empresas de nueva creación pueden ayudar con la factura fiscal. En concreto, se podrá deducir un 30% de la inversión (hasta 60.000 euros) que se haya hecho para financiar a nuevas empresas. Eso sí, será preciso cumplir una serie de requisitos como que este autónomo que invierte no podrá superar el 40% del capital social de dicha empresa; que la inversión se haga cuando se crea la empresa o en los tres siguientes ejercicios; que dicha inversión se mantenga más de 3 años (nunca podrá superar los 12) y que los fondos propios del negocio emprendedor no supere los 400.000 euros.
Planes de pensiones en autónomos
Aquellos profesionales que hagan aportaciones a sistemas de previsión social (planes de pensiones, mutualidades de previsión social, seguros privados, etc.) también podrán beneficiarse. Por norma general estas aportaciones deberán ser de un mínimo de 8.000 euros al año o el 30% de las cantidades recibidas entre rendimientos de trabajo y actividades económicas.
Esta reducción, que se hará sobre la base imponible general, podrá ser de hasta 2.500 euros cuando las aportaciones se hagan hacia sistemas de previsión social del cónyuge. Será necesario que este obtenga una cifra inferior a 8.000 euros anuales por rendimientos de trabajo o actividades económicas.
Del mismo modo, los posteriores rescates del plan de pensiones también pueden ayudar a reducir el IRPF, ya que se podrán declarar como rendimientos de trabajo. Las aportaciones a estos planes hasta el final de 2006 podrán tener una reducción de hasta un 40%, por lo que es muy importante tener esto en cuenta.
Otro tipo de cuestiones a tener en cuenta en el IRPF de un autónomo
También desgravarán las aportaciones a partidos políticos o a entidades sin fines lucrativos. Tal y como explican los expertos de Arrabe Integra, en el caso de las formaciones políticas la reducción será del 20%, siempre y cuando la donación no supere los 600 euros. Aquí también se engloban las federaciones, las coaliciones y las agrupaciones de lectores.
Por otro lado, los donativos a ONGs se rigen por la Ley 49/2002, y ésta indica que la cuota del IRPF será reducida en un 75% en los primeros 150 euros, y de un 30% sobre el resto de la donación. Y si las fundaciones y asociaciones no están incluidas en esa ley, la deducción sería de un 10%, sea cual sea la cantidad donada.
Los profesionales autónomos también deben saber que pueden optar a una deducción de hasta un 5% de la cantidad que decidan reinvertir en elementos nuevos de inmovilizado material o en inversiones inmobiliarias, siempre procedente de los beneficios que les haya reportado su actividad económica.
Y aquellos profesionales por cuenta propia que tributen por el Régimen de Estimación Objetiva, conocido popularmente como el Régimen de Módulos, deberán revisar que no hayan superado los límites que le dejarán fuera de dicho sistema. Es decir, que no hayan facturado más de 250.000 euros a particulares o 125.000 euros a empresas, o que no haya efectuado compras por encima de los 250.000 euros.
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