Un especialista en la realización de pruebas de contraste a piezas fabricadas con metales preciosos mantuvo ante la Guardia Civil que alhajas como las que Tous comercializa con rellenos de material no metálico se pueden vender como "bisutería" pero nunca como joyas, dado que la legislación vigente en España no lo permite.
Es por ello por lo que el Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional ha abierto un procedimiento para determinar si, como sostiene la Fiscalía, la empresa catalana pudo cometer delitos de estafa continuada, falsedad documental, corrupción en los negocios y publicidad engañosa al vender supuestamente como de primera calidad piezas de menor categoría. Como ha desvelado El Independiente, el juez Santiago Pedraz ha citado a declarar este miércoles en calidad de investigados a un representante de la empresa catalana y a otro del laboratorio barcelonés que certifica sus obras (Applus Laboratories).
El director del laboratorio Ensayos y Contraste de Metales Preciosos de Andalucía SLU (Ecomep), Fernando López Gómez, prestó declaración como testigo el 15 de enero de 2019 ante la unidad orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil en Córdoba en el marco de la Operación Kodiak. Esa diligencia se practicaba a raíz de la denuncia que la asociación de consumidores y usuarios de joyería Consujoya había interpuesto el 14 de diciembre de 2018 al sospechar que Tous comercializaba como piezas de oro de 18 o 24 quilates o de plata de primera ley colgantes que poseían en su interior material no metálico.
Se trata del experto que dos meses antes había analizado dos piezas de Tous -concretamente una con forma de oso y otra de elefante- y había comprobado que las joyas no alcanzaban el mínimo de 925 milésimas de plata que se exige para las consideradas de 'primera ley’. Esa cota tan sólo se registraba en el exterior de la alhaja, detalló entonces el técnico.
Ese trabajo fue fundamental para que Consujoya diera el paso y presentara la denuncia, tramitadas inicialmente como diligencias de investigación por la Fiscalía de Córdoba. Ésta finalmente terminó inhibiéndose en favor de la Fiscalía de la Audiencia Nacional al entender que es el órgano competente por tratarse de un presunto fraude que "puede afectar a multitud de productos, distribuidos por todo el territorio nacional y la Unión Europea". La dispersión de la "investigación de la trama", justificó, podría comprometer la eficacia de las pesquisas.
El especialista que analizó las piezas dice que no se puede realizar el contraste a un objeto fabricado en oro o plata si tiene material no metálico en su interior
En su declaración ante la Guardia Civil, obligado a decir verdad por su condición de testigo, Fernando López se ratificó en los ensayos que su empresa había realizado el 12 de noviembre de 2018 a petición de Consujoya y defendió que, "en principio", no es posible contrastar como objeto fabricado con metal precioso (oro y plata) de una pieza de joyería cuyo interior esté relleno de un material no metálico.
En este sentido, el director de Ecomep mantuvo que la Ley sobre objetos fabricados con metales preciosos y el Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos -en vigor desde 1985 y 1988, respectivamente- se promulgaron "precisamente para evitar el relleno en piezas de joyería", con lo que el legislador trataba de reforzar la seguridad del consumidor a la hora de adquirir este tipo de productos.
En el comunicado difundido en la noche de este lunes tras desvelar este diario que estaba siendo investigada por la Audiencia Nacional, Tous defendió que "la legislación de metales preciosos" permite "incorporar núcleos no metálicos que ayuden a conferir estabilidad a la pieza, manteniéndose siempre la primera ley". Y todo ello -garantiza- "certificado y garantizado por terceros independientes".
Excepciones a la ley
La compañía catalana no lo precisa, pero con esa afirmación debía de estar haciendo referencia al artículo 55 del citado reglamento. Este precepto admite el uso de materiales no metálicos (yeso, masilla, plástico…) para situaciones muy concretas como unir piezas de metales industriales a otras de metales preciosos, rellenar fondos de vasijas o candelabros para darles estabilidad o rellenar mangos de cubertería, pero prohíbe expresamente que los materiales no metálicos puedan "colorearse" o "recubrirse para darles la apariencia de metales preciosos". Esta práctica es precisamente por la que Tous ha sido denunciada.
El testigo también desacreditó otro de los argumentos esgrimidos por Tous en la nota con la que ha tratado de defender públicamente la legalidad de su actuación: la utilización de la técnica del electroforming (por electro-deposición) para crear piezas "de mayores volúmenes a la vez que ligeras y sin soldaduras".
La técnica del 'electroforming'
A este respecto, el director de Ecomep explicó que toda joya que se haya fabricado por el procedimiento del electroforming "no se puede contrastar como metal precioso" y expuso el caso de un industrial que utilizaba materiales naturales como soporte para realizar piezas con dicha técnica. "No le permitieron contrastarlas como plata al tener en su interior materia orgánica como hojas de plantas y otros elementos", indicó.
A través de sus redes sociales, Tous ha difundido este martes a través de sus redes sociales vídeos en los que explica este proceso de fabricación. "El electroforming es una técnica incluida en Tous durante los años 90 para crear joyas resistentes, de gran volumen y sin soldaduras. A partir de un molde de metacrilato o resina, que se cubre de oro o plata mediante un proceso electrolítico, obtenemos piezas ligeras y de calidad", explica.
En su declaración en sede policial, el testigo explicó que todas las piezas fabricadas a través de dicho procedimiento deben presentar "un orificio" para poder extraer el material que haya servido de molde una vez fundido a fin de que no quede nada dentro. "Su interior debe quedar hueco", recalcó.
Según consta en el acta de su manifestación, Fernando López dijo al teniente de la Guardia Civil que le tomó declaración que "cabe la posibilidad" de que alguna pieza incluida en grandes lotes "no cumpla con los requisitos", pero ello "no es posible" en joyas sueltas. "Es muy raro que en un volumen tan grande de piezas no se haya detectado en ninguna ese núcleo no metálico", indicó.
El agente le preguntó si en su trayectoria profesional había conocido algún caso de que una empresa hubiese logrado colocar en el mercado alhajas supuestamente fabricadas con metales preciosos y rellenadas por otro material. El especialista contó que en cierta ocasión un fabricante le consultó si podía contrastar unas pulseras que incluían en su interior un nervio de acero para darles flexibilidad. Su respuesta fue clara: "No podía contener un material diferente al metal precioso con el que estuviese fabricado, pero que podía venderlas sin contrastar, como bisutería".
El testigo explicó que las marcas tienen la obligación de ofrecer información "clara desde un principio" sobre los compuestos de las piezas que comercializan, hasta el punto -detalló- de que los artículos fabricados con un metal u otro deben estar separados en las vitrinas de los establecimientos comerciales.
También precisó que la información sobre composición y técnica de contraste figura en la factura que el laboratorio emite al cliente por lotes. En aquélla también debe aparecer el peso total del metal contrastado, el número de piezas individuales y la aleación media del metal.
El juez Santiago Pedraz toma esta miércoles declaración como investigados a representantes de Tous y del laboratorio que le certifica las piezas
Junto a Tous, el titular del Juzgado Central de Instrucción 1 de la Audiencia Nacional ha citado a declarar también este miércoles en calidad de investigado a un representante legal de Applus Laboratories, la empresa barcelonesa que habría realizado el contraste al fabricante del conocido oso redondeado. Esta pieza, emblema de la compañía catalana desde hace 35 años, se vende actualmente en más de 700 tiendas de medio centenar de países.
El instructor también ha librado un oficio al departamento de Delitos Económicos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil al objeto de conocer si tuvieron contestación los oficios que la Fiscalía de Córdoba envió al Ministerio de Industria y Energía y a la Consejería de Industria de la Generalitat de Cataluña requiriéndoles información cuando la investigación se llevaba a cabo en dicha provincia andaluza.
De otro lado, Santiago Pedraz ha aceptado la personación de Consujoya -denunciante de los hechos- como acusación popular en la causa sin necesidad de depositar fianza alguna. La asociación de consumidores y usuarios de joyería ha hecho un llamamiento a los posibles afectados para que contacten con ellos a través del despacho cordobés de abogados (Sanivo Abogados) que les asesora.
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