El Tribunal Supremo ha declarado inaplicable el régimen de financiación del bono social de la luz, al considerarlo incompatible con la directiva europea sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. Por ello, estima que no debe ser financiado por las eléctricas, como ocurre desde 2014, a las que reconoce el derecho a ser indemnizadas. El bono social consiste en un descuento de hasta el 25% en el recibo de la luz de familias con todos los miembros en paro, familias numerosas, pensiones mínimas y potencias inferiores a 3 kilovatios (kW). El coste total de las ayudas ronda los 200 millones de euros al año.
En dos sentencias, en las que estima los recursos interpuestos por Endesa y Viesgo -la antigua EON España-, la sala tercera de lo Contencioso-Administrativo reconoce el derecho de los demandantes a cobrar una indemnización por las cantidades abonadas en concepto de bono social en aplicación del real decreto de 2014 por el que se fijó la metodología de financiación, e impugnado hasta la fecha de ejecución de la sentencia.
El Tribunal falla que se debe reintegrar a los demandantes todas las cantidades
De esta manera, el Alto Tribunal falla que se debe reintegrar a los demandantes todas las cantidades que hayan abonado por este concepto, que se determinarán en ejecución de la sentencia, más los intereses legales correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro.
Para el Supremo, el régimen de financiación del bono social incumple la exigencia establecida en las directivas europeas sobre las normas comunes para el mercado interior de la electricidad, que establece que "las obligaciones de servicio público deberán definirse claramente, ser transparentes, no discriminatorias y controlables, y garantizar a las empresas eléctricas el acceso, en igualdad de condiciones, a los consumidores nacionales".
Recursos desde 2014
Desde la fijación de la nueva metodología, las grandes eléctricas, que son las que deben financiar el bono social en virtud de su carácter verticalmente integrado, habían ido recurriendo todos los repartos anuales de costes fijados en distintas órdenes ministeriales de Industria. Esta decisión del Supremo versa sobre el real decreto de noviembre de 2014 en el que se establecen los principios de la nueva metodología de financiación.
Las principales compañía eléctricas, que son Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, Viesgo y EDP España, han dedicado cerca de 500 millones de euros a costear en 2014, 2015 y los primeros nueve meses de 2016 el bono social de la luz, indicaron a Europa Press en fuentes de las empresas. Estas indican que deberán recibir como compensación 184 millones por el dinero dedicado en 2014, 188 millones por el de 2015 y una cantidad adicional por los nueve primeros meses de 2016 que elevará la cifra total a unos 500 millones.
Las compañías aseguran que han destinado 500 millones a costear el bono
Desde las empresas destacan que el fallo responde a los criterios fijados por la normativa comunitaria y que "las eléctricas no están en contra del bono social, sino de la manera con la que se ha ido aplicando, que es discriminatoria".
También califican de "victoria" la resolución judicial y consideran "bastante justo" que la ayuda a los consumidores vulnerables no se cargue sobre las eléctricas, sino sobre otras fuentes como los Presupuestos Generales del Estado (PGE).
"Las empresas ya están haciendo los deberes por su cuenta para proteger a los consumidores vulnerables mediante acuerdos con distintas administraciones públicas e iniciativas propias", aseguran.
Conforme al esquema de reparto, en el que se tienen en cuenta aspectos como el número de suministros conectados a la red de distribución y de clientes de las filiales de comercialización, Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa deben financiar el 93% de la ayuda, destinada a colectivos vulnerables.
En concreto, Endesa financiará un 41% del bono social en 2016, frente al 37,9% de Iberdrola y el 14,7% de Gas Natural Fenosa. Otras 21 sociedades participarán en la asunción de este coste, entre ellas EDP España, con 3,2%, y Viesgo, con un 2,2%.
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