La Audiencia Nacional ha convocado para el próximo viernes a Miguel Blesa y Rodrigo Rato a petición, el primero, de la fiscalía anticorrupción y el segundo a requerimiento de la acusación CIC tras la condena de seis años y cuatro años y medio que les ha impuesto por las tarjetas black.
La fiscalía anticorrupción solo ha pedido la presencia de Blesa. El fiscal puede solicitar su ingreso en prisión, libertad bajo fianza, retirada de pasaporte o comparecencias en el juzgado al entender que ha aumentado su riesgo de fuga.
Blesa, además de esta condena está pendiente de juicio por haber autorizado sobresueldos a miembros de esta entidad y también esta imputado en la causa que investiga la comercialización de preferentes por esta caja de ahorros. Este banquero ya estuvo en dos ocasiones en prision por orden del ex juez Elpidio Silva que perdió la toga por ordenar su encarcelamiento en la causa en la que investigaba la compra del banco de Miami.
Por su parte, Rato no dispone de su pasaporte que ha entregado en el juzgado de Madrid que investiga su patrimonio personal y familiar. Además, este juez le ha embargado 18 millones de euros en concepto de responsabilidad civil.
La condena
La Audiencia Nacional condenó a ambos como autores de un delito de apropiación indebida por haber actuado como "los dueños" de Caja Madrid y no como "sus gestores" cuando autorizaron que 62 consejeros (también condenados) usaran durante años las tarjetas black "para todo tipo de gastos".
Esta es la primera condena que reciben ambos banqueros en la complicada situación judicial a la que se enfrentan. El tribunal condenó al resto de los miembros del consejo de administración a penas que oscilan entre los tres meses y los seis años de prisión. Y aplicó la atenuante de reparación del daño, es decir, haber devuelto el dinero que gastaron con estas tarjetas a 31 de ellos.
Esta sentencia será revisaba por el Tribunal Supremo que tendrá una papeleta difícil de resolver, según fuentes jurídicas. La Audiencia Nacional ha dado validez a la hoja Excel que recoge los movimientos de estas tarjetas por parte de los ex banqueros y que fue elaborada por Bankia en una auditoría. El Supremo puede anular esta prueba lo que significaría la absolución de los condenados u ordenar que se repita la sentencia si entiende que el delito cometido es de administración desleal y no de apropiación indebida.
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