La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) lleva tiempo alertando sobre malas prácticas comerciales en la captación de clientes en los sectores de la electricidad y el gas. Prácticas que desarrollan las compañías energéticas tanto para quitarles clientes a sus rivales como para sacar a clientes propios de las tarifas reguladas para llevárselos a las tarifas del mercado libre, que salen más caras al consumidor.
Tras publicar listados de buenas prácticas, tras elaborar guías informativas sobre los cambios de compañía y/o tipo de tarifa, tras poner en marcha comparadores online para que los clientes puedan conocer qué tipo de contrato y qué compañía le convienen, la CNMC ahora también impone sanciones a las grandes eléctricas por cambiar contratos a los consumidores sin contar con su consentimiento previo.
El supervisor ha anunciado hoy multas a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa y Viesgo por un importe conjunto de 155.000 euros por infracciones leves. Según detalla la CNMC en los expedientes, las compañías eléctricas iniciaron contratos de luz y gas con clientes sin tener el consentimiento previo de los clientes. O al menos sin tener garantías suficientes de que ese consentimiento existía. Cambios de contrato sin la firma del consumidor, o con firma sin saber que el documento servía para un cambio de comercializador.
El montante de las multas es muy menor (100.000 euros para Endesa por cuatro sanciones; 30.000 euros para Iberdrola; 15.000 para Viesto y 10.000 euros para Gas Natural), pero se enmarca en la estrategia de la CNMC de que el efecto disuasorio no sea tanto el castigo económico como el problema de imagen que genera a las compañías dar publicidad a esas sanciones.
Las infracciones fueron denunciadas por siete particulares directamente en el buzón de denuncias de la CNMC o a través de las oficinas municipales de información al consumidor. En todos los casos, el supervisor considera acreditado que las grandes eléctricas “no respetaron el procedimiento de contratación y no contaron con el consentimiento de los clientes”.
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