El Tribunal Constitucional acaba de tumbar algunos de los preceptos clave de la regulación del autoconsumo eléctrico del Gobierno. Una decisión que puede acabar poniendo patas arriba el negocio de la generación eléctrica doméstica y que da más poder a las comunidades autónomas para regular algunos aspectos que pueden allanar esta forma de producir y consumir tu propia electricidad en casa. ¿Qué cambia y qué no tras el vuelco del Constitucional? Así queda ahora el autoconsumo en España.
¿Qué es el autoconsumo eléctrico?
Consiste en generar la electricidad para consumo propio, ya sea en una vivienda o en una empresa. Los usuarios que optan por él colocan una instalación de producción, generalmente de producción solar fotovoltaica (la de las famosas placas solares), y generan su propia electricidad. Es difícil conseguir ser totalmente autosuficiente y generar toda la electricidad necesaria para cualquier momento del día –a no ser que se cuente con una batería de almacenamiento-, así que aunque se genere la electricidad suele hacer falta estar conectado a la red eléctrica convencional también.
¿Cuánto cuesta?
Depende de las características de la vivienda y de las características de la instalación fotovoltaica, fundamentalmente de su potencia. Por lo general, el sector calcula que el coste de una instalación de autoconsumo ronda los 1.500 euros por cada kilovatio de potencia. La potencia media que tienen los hogares españoles es de 4,4 kw, así que el coste se situaría en torno a los 6.600 euros. Si le suma una batería para almacenar parte de la electricidad generada, el precio puede prácticamente duplicarse.
¿Qué cambia la última sentencia del TC?
El real decreto que regula el autoconsumo eléctrico, aprobado a finales de 2015 por el Gobierno, incluye –según sus detractores- toda una serie de trabas que dificultan el desarrollo de esta práctica. El Tribunal Constitucional ha anulado los artículos que incluían algunas de esas trabajas, pero en su sentencia no entra en el fondo de la cuestión y no valora el contenido mismo de la regulación (de eso se encargará el Tribunal Supremo cuando aborde la multitud de recursos presentados contra la norma).
El Constitucional ha dado la razón a la Generalitat de Cataluña y entiende que el decreto invade competencias autonómicas, así que anula el artículo que prohibía que varios vecinos pudieran compartir una misma instalación de producción y los que regulaban el registro centralizado de instalaciones. Ambos ámbitos ahora deben ser regulados por las comunidades autónomas.
¿Puedo ahora hacer autoconsumo si vivo en un piso?
Ya se podía, lo que estaba vetado es que varios vecinos compartiera una misma instalación. Ahora la decisión del Tribunal Constitución de anular el artículo 4.3 del real decreto hace que el autoconsumo compartido esté permitido en España. Así que a la espera de que cada comunidad autónoma regule la materia, sí, los vecinos de un bloque de viviendas pueden compartir las placas solares.
La prohibición de que varios consumidores usaran una misma instalación para producir electricidad hacía prácticamente imposible el autoconsumo en los bloques de viviendas, y lo circunscribían a las viviendas unifamiliares y a las empresas. En España, dos tercios de la población vive en pisos de comunidades de vecinos.
¿Habrá un boom de placas en bloques de viviendas?
No será tan fácil. El desarrollo normativo que ahora queda en manos de las comunidades autónomas va a ser difícil de ejecutar, ya que el aval al autoconsumo compartido choca con otros decretos y leyes en vigor. “Todo el sistema está montado para hacer posible el autoconsumo individual y para que el titular de un contador sea el consumidor efectivo de la energía”, avisa Daniel Pérez, abogado experto en el sector energético. “Probablemente habrá que reformar otras normas españolas para regular cómo compartir la red, los contadores y la energía misma”.
Además, existe el riesgo de colocar unas placas solares entre varios vecinos y que posteriormente algunas administraciones regionales también pongan pegas al autoconsumo compartido. Los expertos ven en esta incertidumbre regulatoria el principal freno para que este tipo de producción colaborativa se empiece a extender.
Y el ministro de Energía, Álvaro Nadal, directamente advierte sobre la euforia creada sobre el eventual boom del autoconsumo compartido: "El TC elimina la prohibición, pero les dice a las comunidades que deben regular el autoconsumo compartido de manera que no afecte al equilibrio financiero y técnico del sistema. Pueden regularlo, pero no como quieran, sino respetando estos límites". Y les reta: "A ver cómo lo hacen".
¿Hay que seguir inscribiéndose en un registro?
Hasta ahora existía en un registro central gestionado directamente por el Ministerio de Energía en el que todas las instalaciones de autoconsumo tenían que inscribirse (tanto las que ya existían antes de 2015 cuando se aprobó el decreto como todas las nuevas). En este tiempo, según fuentes del sector, apenas un 15% de las instalaciones están registradas, aprovechando que las comunidades autónomas por lo general no estaban haciendo las inspecciones para asegurarse de ello.
Tras la sentencia del TC, el registro estará gestionado por las propias comunidades, que tienen que comunicar los datos al Ministerio para que éste mantenga un registro único estatal. En la práctica, el sector fotovoltaico augura que las administraciones seguirán abriendo la mano y que alguna incluso flexibilizará la normativa para obligar a que se registren sólo las instalaciones de mayor potencia.
¿Hay que seguir pagando el impuesto al sol?
Los autoconsumidores han de pagar los peajes de acceso que sirven para cubrir los costes reconocidos del sistema eléctrico (distribución, transporte, ayudas a las renovables…) tanto de la electricidad que consumen de la red como de la que generan con sus propias placas solares. Es este último peaje lo que los críticos han denominado impuesto al sol. El pago de este recargo sigue vigente, y han de abonarlo todos los autoconsumidores salvo los de Baleares, Canarias y los que tienen instalaciones de menos de 10 kw (que son prácticamente todas las que se utilizan para una casa particular).
En cualquier caso, el registro centralizado es el que utiliza el Ministerio de Energía como vía para poder cobrar el impuesto al sol, así que habría que esperar a que las comunidades autónomas regulen cómo gestionar el registro a partir de ahora en sus territorios. Además, el Gobierno central aún tiene que aprobar el reglamento que permite el cobro efectivo de esos peajes de respaldo.
¿Qué trabas al autoconsumo persisten?
Todas las demás. El decreto vigente también contempla un sobrecargo específico para los que cuenten con baterías para almacenar parte de la electricidad producida por sus paneles solares; incluye barreras burocráticas como la solicitud de un informe de conexión a las compañías eléctricas; recoge barreras técnicas como la obligación de colocar los equipos de medida en un lugar accesible y cerca del punto de conexión a la red de distribución, lo que encarece la instalación… El Ministerio de Energía se ha mostrado abierto a negociar con el resto de partidos políticos fórmulas que permitan aligerar los trámites y eliminar algunas de estas trabas.
¿Puedo vender la electricidad que me sobra?
La norma aprobada por el Gobierno no recogió la principal reclamación del sector: el balance neto. Esto es, que los autoconsumidores pudieran verter a la red la electricidad sobrante producida y que se le descontara de la factura, pagando sólo por la diferencia entre lo consumido de la red y lo aportado por sus placas solares al sistema. Una fórmula que se aplica en muchos países.
Según la norma, los pequeños productores, con instalaciones con una potencial inferior a los 100 kilovatios, pueden verter a la red el sobrante de su energía, pero no percibirán nada (ni un euro) por ello. Y los grandes productores, sí cobran por la electricidad vertida y lo hacen a precio del mercado mayorista. Pero el tratamiento de esta actividad es jurídica y fiscalmente igual al que recibe cualquier otro gran generador de energía del país. “Te tratan igual que si tuvieras una central nuclear en casa”, bromea un ejecutivo del sector.
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