La multipropiedad o contratos de régimen compartido, un régimen a caballo entre alquilar un apartamento turístico y pernoctar en un hotel que se introdujo en España a finales de los años setenta, atraviesa un pésimo momento. Esta modalidad, por la cual uno se convierte en dueño de una suerte de apartahotel durante un lapso concreto y a lo largo de varios años, ha sufrido un varapalo tras otro desde enero de 2015 hasta hoy ante el Tribunal Supremo. Y las empresas del sector, muchas de ellas radicadas en paraísos fiscales e implantadas en la costa turística, van a pagar las consecuencias.
El pasado mes de julio se disparó el número de sentencias del alto tribunal resolviendo la nulidad de estos contratos, lo que abre la puerta a miles de demandas potenciales de -fundamentalmente- turistas británicos. En concreto y desde que el Supremo resolviera un primer juicio a comienzos de enero de 2015, se han producido 66 fallos del Supremo dando siempre la razón a los estafados por casos de multipropiedad; esto implica que se anulan los contratos firmados en el pasado. Y los bufetes especializados hablan de cientos de miles de extranjeros con este tipo de contratos en España, encabezados por los oriundos del Reino Unido y seguidos de noruegos, belgas, alemanes...
Las sentencias del Supremo a favor de los clientes se han disparado en julio
La proliferación de sentencias se ha acelerado y una decena de ellas se han producido el pasado mes de julio, según ha podido comprobar este medio. Casi todos los resorts de multipropiedad se hallan en Canarias, pero también ha habido escándalos en la Costa del Sol: de hecho, en paralelo a los dictámenes del Supremo, una treintena de personas dedicadas al negocio han sido recientemente detenidas en Málaga acusadas de un fraude de 17 millones. Las empresas niegan la estafa: "No hay estafa. No se actúa en el ámbito penal, sino civil. Hay contratos mutuos firmados por ambas partes y algunos están siendo anulados", dice un abogado de Anfi, una de las demandadas y la única que ha respondido a este medio.
"El quid de la cuestión es que este negocio se puso en marcha antes de que hubiese ninguna legislación al respecto", evoca el letrado grancanario Javier Correa Guimerá, uno de los abogados más prestigiosos en lo que respecta a casos de multipropiedad. La idea del tiempo compartido (time sharing, del inglés) nació en Estados Unidos en los sesenta; España fue uno de los países más tardíos de la UE en contar con este régimen turístico, pero la expansión del negocio fue fulgurante y hoy es el país con más usuarios de viviendas de multipropiedad: más de un millón de familias ha optado por esta modalidad vacacional en España, una afluencia que deja 60.000 puestos de trabajo. Canarias está en primer lugar, seguida de la Costa del Sol, Levante y Cataluña.
Las empresas obligaban a sus clientes a contratar la multipropiedad a perpetuidad
El vacío legal de la multipropiedad fue limándose con los años: en enero de 1999 se traspuso una directiva europea de 1994 (la Ley 42/98), "la cual trató de poner orden a la locura, completamente desregulada", afirma Correa Guimerá. Aquella ley trató fundamentalmente de atajar dos problemas que se daban con el time sharing: "la cuestión del plazo y la indeterminación del objeto", destaca el letrado. Y después se traspuso la segunda directiva comunitaria, en 2012. Pero las firmas del negocio -no todas-, especialmente las asentadas en paraísos como la Isla de Man, han incumplido la ley sistemáticamente hasta que el Supremo dio por primera vez un puñetazo sobre la mesa en enero de 2015.
Las empresas, entre otras cosas, obligaban al cliente a contratar prácticamente a perpetuidad la multipropiedad, la mayoría a 50 años; además, muchos clientes no obtenían los apartamentos que querían en la semana que pedían, a pesar de habérseles comunicado lo contrario. "La multipropiedad en España es algo que se asocia a la estafa en Inglaterra cuando mencionas el asunto a cualquier persona", ironiza Graham Hunt, un agente inmobiliario británico en España y fundador de la web Valencia Property.
Uno de los abogados más prestigiosos, Correa Guimerá, habla de "locura desregulada"
"El consumidor era objeto continuo de abusos", recuerda María L. de Castro, de Costaluz Lawyers, un bufete de Algeciras relacionado con abusos a extranjeros. "Presiones al contratar, incumplimiento de la legislación, irregularidades en las reservas y condiciones, falta de mantenimiento de los resorts, subida de las cuotas de mantenimiento, sometimiento a contratos de perpetuidad e imposibilidad de resolución del contrato en caso de conflicto".
"Se trata de una situación legal algo complicada", concede la empresa Anfi, la única que ha accedido a responder sobre este tema con total transparencia, a diferencia de las otras firmas. Anfi aboga en su respuesta por correo electrónico la perpetuidad del contrato: "La Ley de 1998 estipuló que estos derechos podrían tener una duración de hasta 50 años. No obstante, la citada Ley especifica con claridad que los regímenes de tiempo compartido creados antes de 1998 podrían seguir comercializándose del mismo modo en que se habían establecido originariamente, siempre que se hubiesen declarado ante notario y se hubiesen inscrito en el Registro de la Propiedad".
Anfi, una de las empresas del sector en España, defiende los contratos de por vida
La situación cambió radicamente en enero de 2015, cuando el Supremo confirmó la nulidad del contrato firmado entre una ciudadana noruega y la empresa grancanaria Anfi (cuya base no está en ningún paraíso fiscal sino que su capital es 100% canario), prohibiendo que los contratos tuvieran una duración mayor de medio siglo. El marido de la denunciante había muerto y ella trató de revertir el contrato de multipropiedad alegando que no podía pagar las costas de mantenimiento.
De acuerdo con la decena de sentencias obtenidas por El Independiente, estos gastos de mantenimiento de los apartahoteles y resorts superan tranquilamente los 1.000 euros anuales. "Más 1.370 euros por gastos de mantenimiento del año 2010 del Beverly Hills Club", reza un fallo de este año del alto tribunal. "No es siempre el caso", alegan en Anfi. "No se gasta lo mismo para un apartamento de 300 metros cuadrados que para uno de noventa".
Anfi carga contra esta interpretación y hace una defensa cerrada de los contratos de por vida. "La interpretación que hace el Tribunal Supremo no tiene en cuenta que los contratos que declara nulos pertenecen a un Régimen creado con anterioridad a la Ley 42/1998 cuya disposición transitoria sí permitía la duración ilimitada de los contratos. La sentencia del Tribunal Supremo pilló por sorpresa a toda la industria del Tiempo Compartido en Europa".
Decir multipropiedad en España se asocia a estafa en Inglaterra", dice Graham Hunt.
Las cantidades a devolver varían según el tipo de contrato suscrito. Y actúan con retroactividad. Una familia británica con un contrato de tiempo compartido contraído con la empresa Silver Point desde 2003 fue agraciada por el Supremo con la devolución de casi 30.000 euros, también este año. "Examinados los contratos se puede apreciar que en nada respetan los dictados de la Ley 42/1998. Se exigen anticipos que el contrato denomina "depósito". Es decir, más que incumplimiento parcial de la ley estamos ante una falta de cumplimiento sistemático de la misma", expone la sentencia antes de declarar la nulidad contractual.
"Está prohibido exigir cualquier tipo de fianza, depósito, reserva o gasto de gestión", recuerda Guadalupe Sánchez, de GM Legal Experts, un despacho de Alicante. "Los estafadores se saltaban muchas veces las disposiciones de la ley aprovechando que los compradores eran foráneos", dice esta abogada.
Las firmas denuncian que los bufetes de abogados aprovechan la situación para lucrarse
Según Anfi, el Supremo "ha dado pie a la aparición de despachos de abogados que aprovechan esta situación para convencer a turistas propietarios de tiempo compartido a demandar", deplora la empresa tras perder todas las batallas judiciales en el alto tribunal. "Hemos tenido conocimiento de algunas clientes que fueron abordados sin su consentimiento por estos abogados para interponer demandas".
De acuerdo con la información recabada, unas 35 sentencias del Supremo afectan a Anfi, 19 a Silverpoint y cinco a Palm Oasis. Hay más, hasta superar ampliamente la sesentena. "El negocio de la multipropiedad no tiene que cerrar: Anfi, por citar un caso, tiene muchos clientes satisfechos con el servicio que nunca van a denunciar", concede Javier Correa Guimerá. "Probablemente las firmas del sector tengan problemas de contabilidad en adelante, ya que las devoluciones impuestas por los jueces se refieren a muchos años atrás".
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