Algo más de 1.400 municipios de toda España, alrededor de un 20% del total, actualizarán en 2018 el valor catastral de los inmuebles urbanos no revisados al menos en los cinco años previos, antes de 2013. La relación de este nuevo catastrazo se recoge ya en la orden preceptiva aprobada por el Ministerio de Hacienda.
Sin embargo, falta por saber qué coeficientes se aplicarán, puesto que estos se recogerán los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para el próximo año, que se aprobarán previsblemente en el Consejo de Ministros de la próxima semana y se presentarán la siguiente en el Congreso de los Diputados.
La cifra de municipios que han solicitado una revisión catastral es un 43% inferior a la del pasado año, cuando hasta un tercio del total, hasta 2.500 procedieron a aplicar los nuevos coeficientes. No obstante, la cifra que se cerró hace un año era un 27% superior a la de 2016.
El valor catastral de una vivienda es la referencia sobre la que se tributa a nivel municipal por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), una de las principales fuentes de financiación de los ayuntamientos. De esta forma, a menos que los ayuntamientos decidan introducir cambios en el impuesto, bonificaciones o exenciones, una subida del valor catastral de los inmuebles supone una mayor carga para el bolsillo de los ciudadanos y, en paralelo, más ingresos para los municipios.
Además, estas revisiones afectan a otras cargas tributarias como la plusvalía municipal que ha venido pagando el vendedor de un inmueble por la revalorización catastral implícita del suelo en el que está construido a lo largo del tiempo.
Fuentes del Catastro consultadas por El Independiente, señalan que no existe relación entre esta reducción en el número de municipios que aplicarán el catastrazo en 2018 y la decisión del Tribunal Constitucional de prohibir la aplicación de la plusvalía municipal en los casos en los la venta de un inmueble se realice con pérdidas, ante la posibilidad de que los ayuntamientos desistieran de actualizar los valores catastrales a la espera de reducciones que luego no permitieran cobrar el impuesto. Recuerdan que la sentencia fue posterior al envío de las solicitudes de revisión por parte de los ayuntamientos. En cambio, señalan que año tras año el número de municipios que aún queda por actualizar sus valores catastrales se va estrechando.
La mayor parte de estos municipios se encuentran en Burgos (134 municipios), Ávila (114), Segovia (99), Valencia (89) y Barcelona (71), donde se concentran más de un tercio de los ayuntamientos que se acogerán a catastrazo.
Subidas o bajadas
Para el próximo año, la instrumentación de esta revisión catastral será más sencilla que en 2016, cuando la convulsiones políticas y la ausencia de Gobierno obligaron a aprobarlo de forma atípica por la vía del Decreto Ley. Y, como todos los años, en virtud del coeficiente que se aplique, el valor catastral de los inmuebles puede revisarse al alza o a la baja.
La razón es que los coeficientes se fijan en función del año de entrada en vigor de la última ponencia de valores del municipio, que básicamente es el documento en el que se recogen los criterios con los que se han llevado a cabo las últimas valoraciones en el territorio. Las mismas fuentes de Hacienda sostienen que "tradicionalmente estos coeficientes dan lugar de una bajada de los valores catastrales de forma global".
En el caso de la vivienda libre, el precio del metro cuadrado comenzó a bajar desde sus niveles máximos en 2008, al inicio de la crisis, y tocó suelo en 2014, para repuntar a finales de ese año. Fruto de esas subidas, actualmente ha vuelto a los niveles de 2004. Así, el valor catastral, que habitualmente se sitúa en el 50% del valor de mercado, se debería revisar a la baja, con carácter general, si se compara con las valoraciones realizadas a partir de ese año hasta 2012.
Con estas consideraciones, la lista existente para 2018 muestra que en alrededor de 320 municipios se da la circunstancia de que la última valoración se realizó en ese intervalo de tiempo.
¿Cómo solicitan los ayuntamientos estas revisiones?
Para poder llevar a cabo esta revisión, los municipios realizan una solicitud que debe cumplir tres supuestos: que hayan transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de la última valoración, que existan diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para determinar dichos valores catastrales, y que el ayuntamiento efectúe la solicitud antes del 31 de mayo.
La Dirección General del Catastro ha recibido, por tanto, miles de solicitudes y ha dado vía libre a los que cumplen las condiciones, poniendo especial atención a la existencia de diferencias entre la valoración pasada y la actual de mercado.
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